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Acuerdo 914 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/09/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/09/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7820 del 29 de septiembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 914 DE 2023

 

(Septiembre 25)

 

Por el cual se dictan lineamientos para la promoción musical en el espacio público y se crea el día de la música

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que les confiere el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y numeral 7 del artículo 211 de la Ley 1801 de 2016


Ver Proyecto de Acuerdo 461 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA

 

Artículo 1.- OBJETO. Promover la oferta artística y musical en el espacio público y privado, con el fin de brindar un espacio para la exposición de músicos, aficionados y profesionales locales. En aras de cumplir dicho objetivo el Distrito podrá no solo realizar convenios con universidades o eventos similares, sino también podrá abrir una convocatoria para que los artistas de la ciudad se puedan inscribir y presentar su muestra musical. 

 

Artículo 2.- OBJETIVO GENERAL. Crear los lineamientos para la expansión de un día musical en la ciudad como espacio de exposición del talento de artistas locales. Esto con el fin de fomentar la cultura musical en la ciudad y brindar un espacio de recreación y apreciación del arte musical.

 

Artículo 3.- ENFOQUE.

 

a) ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS. En el marco de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se busca garantizar los derechos culturales, los cuales incluyen el derecho de todos y todas de participar libremente de la vida cultural, a disfrutar las artes y a compartir los avances científicos y sus beneficios.

 

b) ENFOQUE POBLACIONAL Y DE JUVENTUDES. Pretende promover el talento musical de la población bogotana. De igual manera, busca un acercamiento de las juventudes, personas mayores y niños a la cultura y la música, con el fin de generar valores de pertenencia a la ciudad.

 

Artículo 4.- APROVECHAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO. Propiciar que el espacio público sea un escenario para la música y la cultura, de tal manera que parques, plazas y otros lugares de la ciudad aptos sean utilizados para la promoción de artistas locales.

 

Artículo 5.- DÍA DE LA MÚSICA. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y entidades como el Instituto Distrital de Artes (IDARTES), coordinará un día para la exposición musical, el cual tendrá lugar en los espacios públicos y privados aptos de las localidades de Bogotá. Este día tendrá lugar el 1° de octubre de cada año, fecha que estableció la UNESCO como el día Internacional de la Música, y contará con escenarios y elementos necesarios para que músicos de las distintas localidades puedan exponer los diversos géneros musicales.

 

Artículo 6.- CONVOCATORIA DE MÚSICOS Y ARTISTAS. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte brindará las herramientas y procedimientos para que músicos, aficionados y profesionales locales puedan inscribirse para el Día de la Música. Asimismo, brindará la orientación necesaria para que la inscripción sea satisfactoria.

 

Parágrafo. La selección, distribución y organización de los artistas le corresponderá a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Artículo 7.- ESCENARIOS. La Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en cooperación con otros sectores y entidades, organizará y distribuirá los escenarios en donde se dará lugar la exposición de muestras musicales, haciendo uso de equipamientos culturales existentes y escenarios de música en vivo de las localidades de la ciudad. Dichos escenarios serán distribuidos en puntos estratégicos y de carácter público y gratuito, dado que el objetivo es crear sentido de pertenencia por la ciudad.

 

Artículo 8.- EXPOSICIÓN Y MEDIOS. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en coordinación con otras secretarías y/o entidades podrá crear alianzas para la organización y exposición en los diversos medios de comunicación, de tal manera que se pueda promocionar el Día de la Música. Es así como canales institucionales, redes sociales institucionales y otros medios que deseen apoyar la causa podrán cubrir y exponer las diversas muestras musicales, con el fin de obtener una mayor exposición para los artistas, promover el turismo y que otros usuarios de estos medios puedan conocer y visitar dicho evento.

 

Artículo 9.- VIGENCIA. El presente Acuerdo, rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dado en Bogotá, D.C.,  a los 25 días del mes de septiembre del año 2023.

 

EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.