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Resolución 426 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/10/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
No se publicó
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RESOLUCIÓN 426 DE 2004

(Octubre 06)

"Por la cual se autorizan los servicios del Oficial de Enlace y del personal de escoltas de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se reajusta y se ordena pagar la bonificación a los mismos, y se dictan otras disposiciones."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.,

en uso de sus facultades legales y en especial las dispuestas en el artículo 60 del Decreto 854 de 2001 y

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. requiere de la prestación del servicio de vigilancia y seguridad con el fin de preservar su integridad y la protección de las instalaciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que el Capitán de la Policía Segundo Santiago Barón Salazar, Oficial de Enlace de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio radicado con el No 3-2004-00647, remitió a la Unidad Financiera la información del esquema de seguridad del Alcalde Mayor y de las instalaciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá esta integrada por sesenta y cinco (65) escoltas que prestará el servicio desde el 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2004.

Que mediante la Resolución 057 del 02 de febrero de 2004, se autoriza el servicio del oficial de enlace y hasta sesenta y cinco (65) escoltas por el periodo comprendido entre enero de 2004 y septiembre de 2004.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Autorizar los servicios del Oficial de Enlace y de hasta sesenta y cinco (65) escoltas, quienes estarán disponibles para desempeñar labores de vigilancia y seguridad del Alcalde Mayor y de las instalaciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por el período comprendido entre octubre de 2004 y diciembre de 2004.

ARTÍCULO 2. Los cambios del personal de Escoltas serán responsabilidad del Oficial de Enlace, quien los comunicará previamente a la Dirección de Gestión Corporativa de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para efectos del control correspondiente.

ARTÍCULO 3. El gasto que ocasione la presente Resolución se imputará con cargo al Código 104-Unid.Ejec. 01-Grupo 3-Subgrupo 1-Cta. Mayor 1-Cta.Aux. 01- Cta.Sub.Aux. 20 OTRAS PRIMAS Y BONIFICACIONES, según Disponibilidad Presupuestal No. 971 de octubre 6 de 2004.

ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los 06 días de Octubre de 2004.

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General