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Resolución Reglamentaria 004 de 2024 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
15/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/01/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7912 del 17 de enero del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 004 DE 2024

 

(Enero 15)

 

Por la cual se implementa la Estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante en el entorno laboral, en la Contraloría de Bogotá D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo No. 664 del 28 de marzo de 2017[1] y,

 

CONSIDERANDO

 

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44 consagra que son derechos fundamentales de los niños, entre otros, la vida, la integridad física, la salud y la alimentación equilibrada.

 

El artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo[2], prescribió que el empleador tiene el deber de “(...)conceder a la trabajadora dos (2) descansos, de treinta (30) minutos cada uno, dentro de la jornada para amamantar a su hijo, sin descuento alguno en el salario por dicho concepto, durante los primeros seis (6) meses de edad; y una vez cumplido este periodo, un (1) descanso de treinta (30) minutos en los mismos términos hasta los dos (2) años de edad del menor; siempre y cuando se mantenga y manifieste una adecuada lactancia materna continua”.

 

Que en ese sentido, la Ley 1823 de 2017 "Por medio de la cual se adopta la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del entorno laboral en entidades públicas territoriales y empresas privadas y se dictan otras disposiciones", señaló en su artículo 2 que las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, adecuarán en sus instalaciones un espacio acondicionado y digno para que las mujeres en periodo de lactancia que laboran allí, puedan realizar la extracción de la leche materna asegurando su conservación durante la jornada laboral, de conformidad con las normas técnicas de seguridad.

 

Que en el marco de la competencia legal otorgada al Ministerio de Salud y Protección Social para vigilar, controlar e implementar las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, dicha entidad expidió la Resolución 2423 de 2018 que establece los parámetros técnicos para la operación de estos espacios y las especificaciones técnicas de higiene, salubridad y dotación mínima que deben tener.

 

Que la resolución precitada, fija los requisitos generales y específicos para la puesta en marcha de la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, con destino a garantizar la promoción y la protección de la lactancia materna, así como la determinación de acciones de vigilancia y control sanitario.

 

Que el Gobierno Nacional tiene previsto el Plan Decenal de Lactancia Materna y Alimentación Complementaria 2021-2030[3] como un “Instrumento de política pública que orienta las intervenciones de protección de las niñas y los niños desde la gestación hasta los dos años de vida, por medio de un conjunto de líneas estratégicas, productos y acciones, orientados a la mejor nutrición disponible basada en la adecuada práctica de lactancia materna y en una alimentación complementaria natural, saludable y culturalmente pertinente”.

 

Que en atención a las disposiciones anteriormente expuestas, la Contraloría de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Bienestar Social - Sistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo, adscrita a la Dirección de Talento Humano, se dispone a implementar la Sala Amiga de la Familia Lactante en el Entorno Laboral, de acuerdo con los requisitos generales y específicos referidos.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. - Implementar la Estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante en el Entorno Laboral en la Contraloría de Bogotá D.C., con la finalidad de garantizar los derechos de la mujer lactante y por ende, los derechos de los niños a una alimentación saludable mediante la practica adecuada y segura de la lactancia materna.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. - RESPONSABLES DE LA SALA AMIGA DE LA FAMILIA LACTANTE: La Subdirección de Bienestar Social será la responsable de la operación de la estrategia y de la administración del espacio físico.

 

ARTÍCULO TERCERO.- CAPACITACIÓN DIRIGIDA A MUJERES GESTANTES Y MADRES EN LACTANCIA: La Subdirección de Bienestar Social - Subsistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Contraloría de Bogotá D.C., tramitará un plan de capacitación dirigido a mujeres gestantes y madres en lactancia, con la opción de participación del padre de familia, el cual se realizará por lo menos tres (3) veces al año, en temas como: beneficios, propiedades y efectos a corto y largo plazo de la leche materna, técnicas de amamantamiento, extracción, conservación, transporte y suministro de leche humana, alimentación complementaria, riesgos de la alimentación artificial y uso de biberón, normas de protección de la maternidad, derechos a la salud reproductiva y sexual en Colombia, y los demás dispuestos en la Resolución 2423 de 2018 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

 

PARÁGRAFO. Para tal efecto, la Subdirección de Bienestar Social- Subsistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Contraloría de Bogotá D.C., establecerá un cronograma de capacitaciones dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

ARTÍCULO CUARTO. - MECANISMOS INTERNOS DE DIFUSIÓN: La difusión de la Estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, de la Contraloría de Bogotá D.C., se realizará a través de los medios internos de comunicación que dispongan la Oficina Asesora de Comunicaciones y la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Entidad.

 

ARTÍCULO QUINTO.- ADECUACIÓN DE ESPACIO FÍSICO: La Sala Amiga de la Familia Lactante de la Contraloría de Bogotá D.C., se encontrará ubicada en el segundo piso de la sede principal (carrera 32A No. 26A-10), espacio que cumple con la totalidad de requisitos exigidos en el artículo 4 de la Resolución 2423 de 2018 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, en cuanto a la infraestructura, equipos, utensilios e insumos requeridos, para que las mujeres lactantes puedan realizar la extracción y conservación de la leche materna durante la jornada laboral.

 

ARTÍCULO SEXTO. - INSCRIPCIÓN, CONTROL Y REGISTRO: La Subdirección de Bienestar Social- Sistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Contraloría de Bogotá D.C., realizará la inscripción de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la precitada resolución y creará un protocolo dentro de los tres (3) meses siguientes a la expedición del presente acto administrativo que establezca los lineamientos técnicos de uso y operación de la Sala Amiga de la Familia Lactante para esta entidad, en el cual se adopten todos los modelos de instrucción y registro señalados en el numeral 4.4 del artículo 4 ibídem.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO. - VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de enero del año 2024.

 

JULÍAN MAURICIO RUÍZ RODRIGUEZ

 

Contralor de Bogotá D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.

 

NOTAS AL PIE DE PAGINA:


[1] Modificado por los Acuerdos Nos. 881 del 2 de marzo de 2023, 888 del 22 de marzo de 2023 y 904 del 28 de junio de 2023,

[2] Modificado por el artículo 6 de la Ley 2306 de 2024.

[3] Párrafo 2, página 3 del Plan Decenal de Lactancia Materna y Alimentación Complementaria 2021-2030 https://www.icbf.gov.co/system/files/pdlmac_2021_2030.vf.pdf