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PROYECTO DE PRESUPUESTO ANUAL DEL DISTRITO CAPITAL 2005 Ver Acuerdo Distrital 132 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C. MENSAJE PRESUPUESTAL HONORABLES CONCEJALES, En cumplimiento de lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, se presenta a consideración del Honorable Concejo de Bogotá el Proyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2005. Este proyecto de presupuesto fue aprobado por el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal .CONFIS., en cumplimiento de las normas vigentes. El Proyecto de Presupuesto está acorde con las políticas y objetivos generales del Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", refleja la política de la actual administración de darle especial importancia a la inversión social, de proveer los recursos necesarios para hacer de Bogotá una ciudad moderna y humana, incluyente, solidaria y comprometida con el desarrollo del Estado Social de Derecho y que brinde una alta calidad de vida a sus habitantes. Incluye además, los criterios con los que se pretende hacer más eficiente y responsable el manejo de las finanzas distritales mediante la aplicación de los principios básicos de esta administración: solidaridad, respeto, probidad y equidad. El principio de responsabilidad que se ha seguido en este Presupuesto es el de asignar prioritariamente los recursos al cubrimiento de todas las necesidades de operación y mantenimiento de los proyectos existentes, con énfasis en la inversión social. En este sentido, se ha hecho especial énfasis en los procesos de programación de las entidades, teniendo como objetivo el financiar prioritariamente los gastos necesarios para conservar la infraestructura de la ciudad y mantener la oferta actual de los principales bienes y servicios públicos. Este criterio favorece la sostenibilidad de los resultados en el tiempo y permite construir las bases de información para realizar las proyecciones de gasto de mediano y largo plazo. De igual manera, se tiene como objetivo que la realización de planes y programas públicos debe insertarse en un marco de presupuestación plurianual, en donde se debe tener en cuenta la limitación de recursos, proceso que exige una mayor planeación y predictibilidad para la asignación de los mismos. Por esta razón, en el Distrito, la priorización de los recursos indispensables para operar y mantener tanto las diversas obras de infraestructura como las inversiones sociales se determinan identificando las necesidades de financiamiento en un horizonte más amplio al de la vigencia actual, así como también las acciones y metas específicas para realizar los pagos y las inversiones programadas, constituyéndose en base fundamental para la toma de decisiones en la programación presupuestal. Adicionalmente, se presenta el Presupuesto en términos de metas y de resultados a través de una integración entre un presupuesto que refleje la entrega de productos, bienes y servicios, con los recursos que se invertirán durante la vigencia. De otro lado, la Administración tiene como otro de sus objetivos orientar sus políticas fiscales al fortalecimiento de los ingresos corrientes, mantener la austeridad en los gastos corrientes, un manejo adecuado de la deuda que permita mantener en un nivel sostenible los indicadores de endeudamiento, la priorización de la inversión bajo el criterio de asignación eficiente, acorde a las metas y prioridades del Plan de Desarrollo, un manejo prudente de la caja y las reservas y la gestión pública humana centrada en el fortalecimiento y eficiencia institucional para adecuarse a los nuevos objetivos de la ciudad. El Distrito ha mantenido una política fiscal y financiera responsable. La firma Duff & Phelps de Colombia S.A. otorgó la calificación de AAA al Distrito Capital, para todas las emisiones de deuda pública interna. Igualmente, la agencia calificadora BRC Investor Services S.A. asignó calificación de AAA al Programa de Emisión y Colocación de Bogotá D.C., lo cual confirma la buena percepción de riesgo por parte de los agentes con respecto a las emisiones del Distrito Capital. Gracias a la buena gestión de la Administración, se ha logrado mantener esta percepción de riesgo, lo cual permitirá ratificar estas calificaciones. Es importante resaltar que el logro de estas calificaciones refleja la buena gestión fiscal de la administración y mantiene al Distrito como una de las entidades territoriales de mejor desempeño fiscal en Latinoamérica. El presente Mensaje Presupuestal contiene los temas mencionados y comprende tres grandes secciones. En la primera se presenta el contexto macroeconómico de la ciudad. La segunda sección, describe brevemente la composición del Presupuesto Anual para la vigencia 2005, incluyendo los principales productos y metas para la vigencia 2005. La tercera sección, presenta el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el cual incluye la evaluación y los resultados fiscales del año 2003 y la proyección del 2004, el nivel de deuda pública y su sostenibilidad, el plan financiero proyectado, el superávit primario y la información relacionada con los pasivos pensionales y los pasivos contingentes de la Administración Distrital. I. CONTEXTO MACROECONÓMICO La actividad económica de Bogotá pasó de una severa crisis en 1999, con una caída de 6,0%, a una lenta recuperación en los siguientes tres años, con un crecimiento promedio anual de 2,8%. No obstante, según cálculos preliminares, en el 2003 logró un importante repunte, alcanzándose un crecimiento de 4,6%, el más alto registrado en los últimos nueve años. El sector de mayor dinámica fue el de la construcción, que creció 18,1%, seguido de transporte, almacenamiento y comunicaciones, con 5,1%, y financiero con 4,8%; mientras que los sectores de industria, comercio y servicios inmobiliarios se ubicaron por debajo del promedio de crecimiento de 2003, con 3,7%, 1,4% y 2,4%, respectivamente. La inflación doce meses en junio de 2004 fue de 6,3%, cifra que, a pesar de superar la meta fijada por el Banco de la República (entre 5,5% y 6,0% al finalizar el año), se ubicó por debajo de la inflación registrada en junio de 2003 (6,6%). Alimentos con 1,9 puntos, fue el grupo de la canasta familiar que más contribuyó al incremento de la inflación en los últimos 12 meses. Le siguió vivienda con 1,7 puntos y transporte con 1,2 puntos. Se debe tener en cuenta que hacen parte del grupo de vivienda los rubros de combustibles y servicios públicos, cuyos precios están regulados, pero que han tenido incrementos significativos en el último año. El buen comportamiento de la actividad económica, si bien ha llevado al crecimiento del empleo y una reducción de la tasa de desempleo tanto a nivel nacional como local, la recuperación económica no ha sido suficiente para conseguir un crecimiento sostenido del empleo. En el primer semestre de 2004, la tasa de desempleo de la ciudad llegó a 16,1%, nivel que si bien resultó inferior al 17,4% registrado en el mismo período de 2003, fue superior al 14,7% registrado en la Nación. Entre abril y junio de 2004, la Población Económicamente Activa (PEA) nacional superó los 20 millones de personas, 17,3 millones ocupadas y 2,9 millones desocupadas. En Bogotá la fuerza laboral está conformada por 2,9 millones de ocupados y 536 mil desocupados. Luego del buen comportamiento registrado en 2003 las cifras de 2004 muestran una pérdida de dinamismo en la generación de empleo; en el primer semestre de este año, la población ocupada bogotana creció 4.24% frente a 12.1% en el mismo período del año anterior. Entre junio de 2003 y junio de 2004 se crearon en total 42 mil puestos de trabajo, principalmente en los sectores de industria y servicios, y cayó el empleo en el comercio y la construcción. Por otra parte, en marzo de 2004 las exportaciones de Bogotá, en dólares FOB registraron el mayor crecimiento de los últimos diez años, con una variación año corrido de 394,2%, al pasar de US$17,7 millones en el período enero-marzo de 2003 a US$87,6 millones en el mismo período de 2004, valor que es superior en US$14 millones a las exportaciones totales realizadas por la ciudad en 2003 (US$73,4 millones). Esta situación se explica por la fuerte recuperación de las exportaciones a Venezuela y Estados Unidos, las cuales crecieron en el mismo período 723,8% y 477,6%, respectivamente, en relación con el mismo período del año anterior. Con respecto a las importaciones realizadas por la ciudad, éstas fueron de US$1.485 millones en el primer trimestre de 2004, presentando un crecimiento de 40,7% con respecto al primer trimestre de 2003. Se destacan las importaciones de bienes de capital (clasificación CUODE), por US$699,1 millones (47,1% del total), las materias primas (33,4% del total) y los bienes de consumo (19,5%). Finalmente, el sector financiero también presentó un buen año en 2003. Como es tradicional, su cartera se concentró principalmente en el área comercial, seguida por el crédito hipotecario, mientras que la financiación de vivienda de interés social y de los proyectos de pequeños empresarios no se estima rentable para el sector financiero, dados los altos riesgos que conlleva. En efecto, el aporte del sector financiero al crecimiento de la economía colombiana en 2003 fue el mayor entre los sectores económicos, 0,73 puntos porcentuales, aporte que casi se duplica durante el primer trimestre de 2004 período en que su contribución al crecimiento económico fue de 1,32 puntos porcentuales. II. PROYECTO DE PRESUPUESTO ANUAL DEL DISTRITO CAPITAL VIGENCIA 2005 1. PROYECTO DE PRESUPUESTO VIGENCIA 2005 El Presupuesto Anual del Distrito Capital para la vigencia 2005 asciende a $7.598.703 millones, de los cuales $5.449.326 millones corresponden a la Administración Central y $2.149.377 millones a los Establecimientos Públicos, incluyendo a la Contraloría ($53.405 millones) y a la Universidad Distrital ($139.102 millones). Los ingresos de la Administración Central ascienden a $5.449.326 millones y presentan una variación de 22% nominal frente al recaudo esperado para el 2004. Dentro de los ingresos corrientes, los más representativos son los ingresos tributarios con una participación 97% ($2.439.958 millones), y una variación de 8% con respecto al recaudo esperado para la vigencia 2004. Se destacan principalmente el impuesto de Industria y Comercio con una participación del 49%, Predial Unificado con 23%, la Sobretasa a la Gasolina con 10% y Consumo de Cerveza con el 8%. Con relación a las transferencias, se destacan las provenientes del Sistema General de Participaciones que representan el 98% de los recursos programados ($1.304.661 millones) con una variación de 7% nominal con respecto a los esperado para el 2004. Por otra parte, las transferencias de Entidades Distritales comprenden los recursos de Estratificación y los del Fondo Cuenta de Financiación del Plan de Gestión Ambiental, los cuales representan el 1% dentro del total de las transferencias. Dentro de los recursos de capital, se destacan principalmente los Excedentes Financieros y Utilidades de Empresas que representan el 28% ($448.935 millones), los recursos por Disminución de Capital de Empresas (EMGESA, Gas Natural y CODENSA) que participan con el 18% ($286.576 millones), los Recursos del Crédito con 29% ($457.547 millones) y Otros Recursos de Capital 20% ($315.515 millones). Es importante señalar que, dentro de los recursos de inversión se incluyó la proyección del 30% de reservas presupuestales que establece el artículo 8 de la Ley 819 de 2003. Dicho valor asciende a la suma de $236.312 millones. Con relación a los gastos de la Administración Central, los gastos de funcionamiento representan un 17% ($901.014 millones) dentro del total de gastos, el servicio de la deuda representa el 13% ($701.571 millones) y los más representativos son los gastos de inversión cuya participación dentro del total de gastos de la Administración Central es de 71% ($3.846.741 millones). Frente al Presupuesto de la vigencia 2004, los gastos de la Administración presentan una variación de 27% nominal con relación al 2004, dentro de los cuales, los gastos de funcionamiento se incrementan en 6%, el servicio de la deuda aumenta 8% y los gastos de inversión presentan una variación de 38%. Con relación a los gastos de inversión, se destaca principalmente la variación en la inversión en entidades como:
Los ingresos de los Establecimientos Públicos ascienden a $2.149.377 millones (incluyendo a la Contraloría y a la Universidad Distrital) y presentan una variación de 39% nominal frente al recaudo esperado para la vigencia 2004. Los ingresos corrientes representan el 18% ($381.491 millones) y presentan una variación de 14% frente a lo esperado para el 2004, las transferencias representan el 77% ($1.653.475 millones) con un incremento de 44% frente a lo esperado para la presente vigencia, destacando principalmente las transferencias provenientes de la Administración Central, ($1.484.824 aporte ordinario) y los recursos de capital representan el 5% ($114.410 millones), con un incremento de 92% frente al 2004. En los ingresos No Tributarios, se destacan principalmente las participaciones provenientes de licores, cerveza, loterías, apuestas permanentes y juegos de suerte y azar, con un 35% ($132.878 millones), seguido de las rentas contractuales originadas en la celebración de convenios básicamente con las localidades, con una participación de 24% ($92.736 millones) y las multas que representan el 15% de los ingresos corrientes ($58.950 millones). Es importante destacar que para esta vigencia, el rubro de contribuciones no incluye valorización nueva y por esto representa el 11% de los ingresos corrientes de los Establecimientos Públicos ($42.760 millones, de los cuales $17.969 millones corresponden a valorización local). Con relación a los gastos de los Establecimientos Públicos, los más representativos son los gastos de inversión con una participación de 87.4% ($1.876.054 millones) y un incremento de 46% frente a la inversión esperada para el 2004, seguido de los gastos de funcionamiento ($269.855 millones) que participan con el 12.5% dentro del total de gastos y presentan una variación de 11% frente al 2004 y por último, el servicio de la deuda, cuya participación es mínima, 0.2% del total de los ingresos, equivalente a $3.468 millones, con una disminución de 73% con respecto al 2004 . Con relación a los gastos de inversión de los Establecimientos Públicos, se destaca principalmente la variación en la inversión en entidades como:
1.1 Vigencias Futuras A continuación se presentan las vigencias futuras para el período 2006 . 2007 de las diferentes entidades. Cuadro 1 Vigencias futuras 2006 . 2007 En pesos constantes de 2004
Fuente: Entidades. 1.1.1 Funcionamiento a. Secretaría de Hacienda - Unidad Ejecutora 03 Estas vigencias futuras fueron aprobadas por el CONFIS en reunión N° 11 del 17 de agosto de 2004. Se destinarán a los gastos de comisión ocasionados por la administración del Patrimonio Autónomo del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá D.C., para el cual se efectuará una nueva Licitación Pública que permita contratar con otra entidad el manejo de los recursos del Fondo de Pensiones. Por esta razón, con las vigencias futuras se asegurará el proceso licitatorio, la adjudicación de la licitación, la conformación del Patrimonio Autónomo tal como lo ordena la Ley, el manejo y rentabilidad de los recursos del Fondo, el pago de las obligaciones pensionales con redes bancarias especializadas y la atención de los pensionados actuales y futuros del Distrito, en los Centros de Atención al Pensionado-CAPD. 1.1.2 Inversión a. Secretaría General . Despacho Se destinarán para consolidar el Sistema Distrital de Información fortaleciendo la infraestructura y la definición de políticas, estándares, indicadores y mecanismos de seguimiento y control compartidos para garantizar la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía y con el propósito de cubrir los gastos ocasionados por la contratación de estudios, diseños y construcción de un edificio sobre la calle 11 de la Manzana Liévano, ubicada entre las carreras 8 y 9 con calles 10 y 11 de Bogotá, así mismo por la contratación de obras para el reforzamiento del Palacio Municipal (Sede de la Alcaldía Mayor de Bogotá) y la recuperación de su fachada. b. Secretaría de Hacienda . Unidad Ejecutora 01 Despacho: Se destinarán para las líneas de apoyo y fortalecimiento a la Micro y Pequeña Empresa, específicamente para las líneas de crédito (Microcrédito Empresarial, Agro Industrial y Línea Bogotá). c. Secretaría de Educación Se destinarán para el mejoramiento integral de infraestructura y prevención de riesgos en las Instituciones Educativas Distritales y la construcción y dotación de Plantas Físicas Distritales". La meta de la Secretaría de Educación es la de construir 38 sedes educativas oficiales nuevas durante el período 2004 . 2008, las cuales estarán situadas en las localidades que presentan mayores faltantes de oferta, altas tasas de crecimiento poblacional y en donde se concentra gran parte de la población de estratos 1 y 2, como son: Bosa, Ciudad Bolívar, Suba, Kennedy, Usme, Fontibón y Usaquén. Estas vigencias contribuyen a ampliar la oferta de cupos especialmente en la población en edad escolar de las zonas con mayor déficit de atención educativa y los recursos aprobados serán asignados para la adquisición de lotes, mejoramiento y reforzamiento de Instituciones Educativas, ampliación de infraestructura de 358 sedes educativas y legalización de 450 predios, entre otros. d. Departamento Administrativo de Bienestar Social DABS Se destinarán para remodelar 34 Centros de Desarrollo Social, realizar 78 obras de reforzamiento estructural en centros de desarrollo DABS, realizar 55 estudios de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento estructural en centro de desarrollo DABS, construir y dotar un centro de desarrollo comunitario en la localidad de suba y construir un jardín. e. Instituto de Desarrollo Urbano IDU Se destinarán para rutas alimentadoras de TransMilenio, corredores movilidad local, calle 29 sur Santa Inés - acción popular, Programa de Desmarginalización, Pavimentos Locales, para Plan bacheo, ciclorutas y andenes, distrito de mantenimiento, ampliación malla vial arterial y para Fortalecimiento Institucional. f. Fondo de Vigilancia y Seguridad Se destinarán para la adquisición del lote, construcción y dotación de la Estación de Policía de Puente Aranda, la construcción del centro de convivencia de Bosa y la Unidad Permanente de Justicia que reemplazará a la que existe actualmente en el centro de la ciudad. Adicionalmente, se destinarán para el desarrollo de las inspecciones de policía para la resolución de conflictos. III. MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO El Marco Fiscal de Mediano Plazo - MFMP es un instrumento que con una perspectiva de diez años sirve como referencia para la toma de decisiones fiscales en la elaboración de los presupuestos anuales. En este sentido, el MFMP permite obtener una visión de las necesidades de financiamiento a mediano plazo, así como también las acciones y metas específicas para realizar los pagos y las inversiones programadas. Incluye también un análisis de los resultados de la vigencia fiscal inmediatamente anterior. Con la Ley 819 de 2003, el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) debe presentarse a título informativo en el mismo período en el cual se debe presentar el Proyecto de Presupuesto ante el Concejo de Bogotá y se constituye en un referente para la elaboración del Presupuesto. En cumplimiento de esta Ley, las entidades territoriales deben incluir en el Marco Fiscal de Mediano Plazo . MFMP, la evaluación y los resultados fiscales en el período anterior, el nivel de deuda pública y su sostenibilidad, el plan financiero, el superávit primario y la información relacionada con los pasivos pensionales y los pasivos contingentes de la Administración Distrital. El Marco Fiscal de Mediano Plazo debe contener como mínimo: a) El Plan Financiero. b) Las metas de superávit primario así como el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad. c) Las acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas, con sus correspondientes cronogramas de ejecución. d) Un informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior: este informe debe incluir, en caso de incumplimiento de las metas fijadas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo del año anterior, una explicación de cualquier desviación respecto a las metas y las medidas necesarias para corregirlas. Si se ha incumplido la meta de superávit primario del año anterior, el nuevo Marco Fiscal de Mediano Plazo tiene que reflejar un ajuste tal que garantice la sostenibilidad de la deuda pública. e) Una estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias existentes en la vigencia anterior. f) Una relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación financiera de la entidad territorial. g) El costo fiscal de los proyectos de ordenanza o acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior. 1. RESULTADOS FISCALES 2003 Y PROYECCIÓN 2004 1.1 Situación Presupuestal Administración Central y Establecimientos Públicos A diciembre 31 de 2002, el cierre presupuestal de las entidades que conforman el Presupuesto Anual Distrital1 ascendió a $204.594 millones2; y a 31 de diciembre de 2003 el cierre presupuestal ascendió a $216.457 millones (Cuadro 2). Cuadro 2 Situación Presupuestal Administración Central y Establecimientos Públicos 2002 - 2003 Millones de pesos
Fuente SHD- Dirección Distrital de Presupuesto-SFD Este resultado refleja el comportamiento de los ingresos de la Administración Central y los Establecimientos Públicos, consecuente con las políticas de fortalecimiento de los ingresos y de un manejo prudente de las decisiones de gasto. La situación presupuestal neta de los Establecimientos Públicos en el 2003 ascendió a $109.068 millones, debido principalmente al control de los gastos de funcionamiento y al fortalecimiento de los ingresos (Cuadro 3). Cuadro 3 Establecimientos Públicos Situación presupuestal a diciembre 31 de 2003 Principales entidades Millones de pesos
Fuente SHD- Dirección Distrital de Presupuesto-SFD 1.1.1 Gestión de los ingresos 1.1.1.1 Administración Central A diciembre 31 de 2003, la ejecución de ingresos ascendió a $4.050.814 millones, incluidos los reconocimientos; lo que significa una variación del 15.92% frente al 2002. La participación de los ingresos corrientes dentro del total de ingresos fue del 52.1% ($2.112.950 millones). Por su parte, las transferencias participaron en 29.6% ($1.198.022 millones) y los recursos de capital contribuyeron con un 18.2% ($739.843 millones), Cuadro 4. El comportamiento de los ingresos obedeció principalmente al fortalecimiento del recaudo de los impuestos de Industria, Comercio y Avisos, Vehículos Automotores, Sobretasa a la Gasolina y Predial Unificado; y a las transferencias de la Nación, siendo las más representativas las del Sistema General de Participaciones. Cuadro 4 Administración Central Comportamiento de Ingresos 2002-2003 Millones de pesos
Fuente SHD-Dirección Distrital de Presupuesto a. Ingresos Corrientes Dentro de los ingresos corrientes, los ingresos tributarios presentaron una ejecución del 105.4% frente al presupuesto definitivo. Comparativamente con el año 2002, tuvieron una variación del 29.3% (Cuadro 5). Cuadro 5 Administración Central Ejecución Ingresos Corrientes 2002-2003 Millones de pesos
Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto El dinamismo de los ingresos corrientes obedeció a un mejor entorno económico, y a una política tributaria que introdujo cambios en las bases gravables, en las tarifas y en la gestión antievasión. A continuación se presenta una breve descripción del comportamiento de algunos ingresos tributarios.
Mediante el Acuerdo 77 de 2002 se racionalizaron los beneficios tributarios eliminándose el descuento del 15% por pronto pago, quedando vigente un descuento de 10%; así mismo, se delimitó el universo de beneficiarios del sistema preferencial de pago y se corrigieron regresividades que tenía este sistema.
Por su parte. los Ingresos No Tributarios durante el año 2003 incluidos los reconocimientos, alcanzaron una ejecución del 112% frente al presupuesto definitivo ($63.591 millones). Dentro de este agregado sobresalen el recaudo del impuesto de Registro y la Sobretasa al ACPM. El impuesto de Registro presenta una variación de 16.7% comparativamente con el recaudo del año 2002. Este comportamiento obedece al efecto de la recuperación del sector de la construcción en la ciudad. Por su parte, el Consumo de Cigarrillos Nacionales alcanzó un recaudo de $8.313 millones, con una ejecución del 99.2%. Comparativamente con el año 2002, aumentó en 4.9%, como consecuencia de la implementación de campañas para atacar el contrabando de cigarrillos, favoreciendo de esta manera el consumo de cigarrillos nacionales. La Sobretasa al ACPM presentó un recaudo de $11.299 millones, con una ejecución del 121% y una variación del 19.2% con respecto a lo recaudado en el 2002. b. Transferencias Para el año 2003, las transferencias ascendieron a $1.198.022 millones con una ejecución del 99.2% del presupuesto definitivo y presentaron un incremento de 17.23% con respecto al año 2002. Las transferencias más representativas son las provenientes del Sistema General de Participaciones. En este sentido, es importante señalar que la Ley 715 del 21 diciembre de 20013, modificó la estructura de Ingresos por Transferencias de los entes territoriales, determinando una nueva composición y distribución entre los sectores de Educación, Salud y Propósito General. A diciembre 31 de 2003 el recaudo del Sistema General de Participaciones ascendió a $1.173.432 millones. De estos recursos se destinó el 60.6% ($711.868 millones) para el sistema educativo, 24.5% ($287.267 millones) para el sector salud, 14.5% ($170.195 millones) para Propósito General y 0.3% ($4.102 millones) para restaurantes escolares (Cuadro 7). Cuadro 7 Presupuesto Anual del Distrito - Sistema General de Participaciones Millones de pesos
Fuente: Dirección Distrital de Presupuesto Vale la pena señalar que el porcentaje de variación (48%) del componente Propósito General, está influenciado por la partida de $36.314 millones correspondientes a recursos de la vigencia 2002, los cuales fueron adicionados al Presupuesto del 2003, debido a que la Superintendencia de Servicios Públicos no autorizó cambiar el porcentaje destinado para el sector de agua potable y saneamiento básico. En consecuencia, estos recursos fueron apropiados para dicho sector. c. Recursos de Capital Para el 2003 la ejecución acumulada incluidos los reconocimientos, alcanzó la suma de $739.843 millones, equivalente al 62.6%. Respecto a la ejecución del año 2002, presentó una variación de -11.68%, debido principalmente a que en el año 2003 no hubo recursos provenientes de la reducción de capital de CODENSA, razón por la cual el rubro de Excedentes Financieros de los Establecimientos Públicos y Utilidades Empresas para el año 2003 disminuyó en un 63%. Cuadro 8 Recursos de Capital Millones de Pesos
Nota: La ejecución de dividendos ETB 2002 incluye reconocimientos por $88.150 millones. Cabe anotar que inicialmente se estimaron $90.009 millones, pero se ajustó al recaudo real. Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto - SFD A continuación se detallan los principales rubros de capital:
1.1.1.2 Establecimientos Públicos En la vigencia 2003, la ejecución de ingresos de los Establecimientos Públicos4 incluidos los reconocimientos fue de $1.620.276 millones, que representó una variación del 12.3% ($154.219 millones) con relación al año 2002 ($1.442.805 millones). Dicho incremento obedeció a un mejor comportamiento de las transferencias que aumentaron 17.5% (Cuadro 9). Cuadro 9 Establecimientos Públicos Ejecución Ingresos 2002-2003 Millones de pesos $
Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto Al cierre del 2003, los Ingresos Corrientes No Tributarios incluidos los reconocimientos, disminuyeron en un 2.2% con respecto al año 2002, debido principalmente a que la participación del rubro contribuciones disminuyó en un 48.5%, esto es, se obtuvieron menores recursos por $61.526 millones (Cuadro 10). Cuadro 10 Establecimientos Públicos Ejecución Ingresos Corrientes 2002-2003 Millones de pesos $
Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto A continuación se presenta una breve explicación del comportamiento de los principales agregados.
Cuadro 11 Establecimientos Públicos Transferencias de la Administración Central 2002-2003 Millones de pesos
Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto 1.1.2 Gestión de los gastos 1.1.2.1 Administración Central La ejecución presupuestal de gastos de la Administración Central para la vigencia 2003 presentó una variación del 17 % con respecto a los gastos del año 2002, al pasar de una ejecución de $3.369.068 millones a una de $3.943.425 millones (Cuadro 12). La variación general en los gastos obedeció principalmente al incremento en la inversión. Los gastos de funcionamiento en el 2003, en términos corrientes, conservaron el nivel presentado en el 2002 y los gastos por concepto del servicio de la deuda bajaron en un 5.9% en el año 2003 con respecto a los del año 2002. Cuadro 12 Administración Central Comportamiento de Gastos 2002-2003 Millones de pesos
Fuente: SHD- Dirección Distrital de Presupuesto a. Servicio de la Deuda La política de endeudamiento del Distrito Capital se ha orientado a obtener recursos de crédito mediante instrumentos de deuda, que por un lado garanticen el financiamiento de las inversiones y por el otro preserven la capacidad de pago de Bogotá Distrito Capital. La administración del portafolio de la deuda del Distrito Capital se realiza en la actualidad bajo lineamientos técnicos de gestión financiera de administración de riesgos, en un contexto de intercambio entre costo y riesgo. Actualmente, la deuda del Distrito Capital presenta niveles bajos y sostenibles. El servicio de la deuda de la Administración Central para la vigencia 2003 presentó una disminución de -5.90% ($27.476 millones) con respecto al año 2002, al pasar de una ejecución de $465.085 millones a una de $437.609 millones. A diciembre de 2003 el saldo de la deuda ascendió a $1.833 millones (US$659.9 millones), que equivalen a casi un centésimo de la deuda del Gobierno Nacional (Cuadro 13). Cuadro 13 Evolución del Saldo de la Deuda 2002 . 2003 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Crédito Público El saldo de la deuda de la Administración Central tuvo una disminución de 1.74% debido a dos factores, por un lado, un endeudamiento neto negativo (el monto de desembolsos menos amortizaciones por $32 mil millones) y por otro, el efecto producido por la revaluación del peso frente al dólar en 3,02%. En el período 2001 . 2003 el saldo de la deuda creció en US$ 59.2 millones, mientras que en el período 1998 . 2000 su incremento fue de US$ 25 millones y en el período 1995 . 1997 aumentó en US$ 203 millones. Gráfico 1 Evolución del saldo de la deuda de la Administración Central Millones de dólares Fuente: SHD - Dirección Distrital de Crédito Público De otra parte el Servicio de la Deuda disminuyó 6,77%, debido principalmente a menores amortizaciones durante la vigencia 2003 (Cuadro 14). Cuadro 14 Servicio de la Deuda Ejecución Presupuestal 2002 . 2003 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Crédito Público De igual forma, la composición de la deuda está referenciada a tasa variable, es decir, la deuda se ha contratado con las Tasas internas como DTF e IPC y a nivel externo con la Tasa Libor, cuyo comportamiento durante la vigencia 2003 fue menor que la presentada durante el año 2002 y con una relativa estabilidad. b. Inversión La inversión social5 ejecutada a 31 de diciembre de 2003 ascendió a $2.619.404 millones, lo cual significó un incremento del 28.2%, es decir 576.589 millones más que en el 2002 ($2.042.815 millones). Los sectores salud, educación y bienestar social participaron con un 67.5% (Cuadro 15). Cuadro 15 Presupuesto Anual del Distrito Capital Inversión Social 2002 - 2003 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto Los proyectos que demandaron una mayor asignación de recursos fueron los siguientes: Cuadro 16 Proyectos que demandaron mayor asignación 2003 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto 1.1.2.2 Establecimientos Públicos La ejecución presupuestal de gastos del 2003 de los Establecimientos Públicos6 presentó una variación del 11.9 % con respecto a los gastos del año 2002, al pasar de una ejecución de $1.350.540 millones a una de $1.511.209 millones. Esta variación obedeció principalmente al incremento en la inversión, debido a que los gastos de funcionamiento en el 2003, en términos corrientes se mantuvieron al mismo nivel de los presentados en el 2002 y los gastos por concepto del servicio de la deuda bajaron en un 20.5% en el año 2003 con respecto a los del año 2002 (Cuadro 17). Cuadro 17 Establecimientos Públicos Comportamiento de Gastos 2002- 2003 Millones de pesos
Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto 1.2 Situación Fiscal Administración Central y Establecimientos Públicos La situación fiscal muestra la presión real que existe frente a la caja al cierre de cada año, puesto que se compara el disponible de caja más los reconocimientos, contra las exigibilidades que se contrajeron con terceros. 1.2.1 Administración Central El cierre fiscal de la vigencia 2003 mostró una situación de equilibrio (igual a cero), de manera análoga al 2002. La disponibilidad en Tesorería ascendió a $907.071 millones que al descontar las exigibilidades por $1.166.907 millones arrojó un saldo a financiar de $259.836 millones (Cuadro 18). Cuadro 18 Situación Fiscal Administración Central A diciembre 31 de 2002-2003 Millones de pesos
Fuente SHD- Dirección Distrital de Presupuesto-SFD Entre las exigibilidades están las cuentas por pagar, las reservas presupuestales y los recursos con destinación específica no comprometidos; igualmente las cuentas por pagar sin situación de fondos del sector educación, reportadas a la Tesorería Distrital. Las reservas presupuestales constituidas a diciembre 31 de 2003 en la Administración Central, ascendieron a $1.004.351 millones7, y se discriminaron así: $33.369 millones de funcionamiento (3.3%); $276 millones del Servicio de la Deuda (0.03%) y $970.706 millones en inversión (96.7%). Las entidades en las cuales se concentró el mayor volumen de reservas fueron la Secretaría de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto con $561.419 millones, principalmente por Transferencias a los entes descentralizados, las cuales contemplan $180.345 millones a favor de los Fondos de Desarrollo Local. Igualmente sobresalió el DAMA con $228.580 millones, que incluía $216.383 millones para la compra de la Planta de Tratamiento de El Salitre para la descontaminación del Río Bogotá y la Secretaría de Educación con $97.808 millones. La fuente de financiación de las reservas se respaldaba principalmente en los recursos disponibles en tesorería que representaban el 60,4%; los reconocimientos de recursos del crédito que equivalían a 14,2%; los recursos del Fondo Cuenta del Río Bogotá (8.8%); los del Sistema General de Participaciones (5.0%); banca multilateral (10.1%), más otros recursos que sumaban el 1.5%. 1.2.2 Establecimientos Públicos Los Establecimientos Públicos a 31 de diciembre de 2003 generaron excedentes financieros por $37.974 millones incluyendo la Universidad Distrital. Al complentar el déficit del IDU por $22.562 millones, el cierre fiscal neto es de $15.413 millones, que comparado con el del 2002 ($21.206 millones), muestró una variación de 173%. Vale la pena señalar que esta situación fue influenciada principalmente por el comportamiento de la ejecución del Instituto de Desarrollo Urbano IDU la cual pasó de un déficit de $41.379 millones en el 20028 a $22.562 millones en el 2003 y por la situación del Fondo de Educación y Seguridad Vial-FONDATT, que pasó de un superávit de $3.259 millones en el 2002 a $18.458 millones en el 2003. Las reservas de los Establecimientos Públicos a 31 de diciembre de 2003, ascendieron a $607.880 millones y se discriminaron así: $14.069 millones de funcionamiento que representaron el 2.3%; y $593.812 millones de gastos de inversión que representaron el 97.7%. 1.2.3 Empresas Industriales y Comerciales La Situación de Excedentes Financieros de las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital, mostró a diciembre 31 de 2003 una situación positiva de $2.823 millones. Este resultado está influenciado por la Lotería de Bogotá, que durante el 2003 contrató el impreso de billetes cubriendo gran parte en el 2004, lo que hizo que las cuentas por pagar al cierre del 2003 aumentaran considerablemente. 1.3 Proyección Cierre Vigencia 2004 1.3.1 Situación Presupuestal A diciembre 31 de 2004 se estima en el Presupuesto Anual una situación presupuestal que asciende a $193.918 millones. 1.3.1.1 Administración Central A diciembre 31 de 2004 se proyecta en la Administración Central una situación presupuestal positiva de $193.918 millones (Cuadro 19). Cuadro 19 Situación Presupuestal Administración Central y Establecimientos Públicos 2003 - 2004 Millones de pesos
Fuente SHD- Dirección Distrital de Presupuesto-SFD Este resultado refleja el comportamiento de los ingresos de la Administración Central, es decir, $424.181 millones más que en el 2003, de los cuales $233.747 millones son ingresos corrientes, $41.286 millones corresponden a Transferencias y $149.148 millones son Recursos de Capital que incluyen los recursos del crédito. 1.3.1.1.1 Comportamiento de los Ingresos a septiembre 30 de 2004 A septiembre 30 de 2004 los Ingresos de la Administración Central presentan una ejecución de 67.8% ($2.945.517 millones), de los cuales $1.882.846 millones corresponden a Ingresos Corrientes que presentan una ejecución de 84.1% y una participación de 64%; $895.835 a Transferencias con una ejecución de 71.1% y participación de 30%; y $166.835 millones son Recursos de Capital con una ejecución de 19.5% y una participación del 6% (Cuadro 20). Cuadro 20 Administración Central Distrital Ejecución Presupuestal de ingresos consolidada a Septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Nota: No incluye recursos suspendidos por $62,135 millones. Fuente: SHD - Dirección Distrital de Presupuesto. La variación de la ejecución a septiembre 30 de 2004 frente al mismo período en el año 2003 (10.5%), equivale a $278.720 millones más durante el 2004, los cuales provienen principalmente de Ingresos Corrientes Tributarios y en menor proporción de las Transferencias (Gráfico 2). Grafico 2 Administración Central Ejecución de ingresos a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto a. Ingresos Corrientes Dentro de los Ingresos Corrientes los más representativos son los Ingresos Tributarios con una participación del 97% A septiembre 30 de 2004 presentan una ejecución del 84% y una variación de 17.3% 9 (Cuadro 21). Cuadro 21 Ingresos Tributarios Ejecución presupuestal a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
No incluye recursos adicionales por $31.000 millones (Impuesto al Servicio Telefónico Urbano Fijo) Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto A continuación se presentan las principales variaciones:
Presenta una ejecución del 101.2% con un recaudo de $514.356 millones y una variación de 16.6%, que se explica de una parte, por la actualización catastral y de otra, por la gestión realizada por la Administración para el control de la evasión y la morosidad, que ha permitido obtener $63.248 millones.
A septiembre 30 de 2004 se han recaudado $788.115 millones con una ejecución del 74.3% y una variación del 18.3%, debido a la reactivación económica: el PIB nacional creció al 4.16% real durante el primer semestre del año propiciándose un entorno macroeconómico favorable al impuesto, toda vez que los ingresos netos, base gravable del impuesto, se ajustan al comportamiento de la economía. Así mismo, por el efecto del Acuerdo 65 de 2002 que estableció un ajuste gradual de las tarifas del impuesto. Adicionalmente, se han recaudado $59.501 millones por gestión y control de la evasión y la morosidad.
Muestra una ejecución del 115.1% superando la meta presupuestada ($123.052 millones), con una variación de 32.6%, que representa un aumento de $34.818 millones en el recaudo del 2004, influenciado por el incremento del número de vehículos matriculados en Bogotá, (las matriculas están creciendo a una tasa del 19% en relación con el año anterior); y por la gestión persuasiva y coactiva que a septiembre registraba $20.128 millones de recaudo por este concepto.
Registra un recaudo de $19.178 millones con un porcentaje de ejecución del 97%, y una variación del 44.4%. El incremento se atribuye al repunte de la actividad de la construcción reportado por el DANE. La alta dependencia del impuesto con el PIB del sector se traduce en aumentos del presupuesto de obra, base gravable del impuesto de delineación urbana.
A septiembre 30 se han recaudado $140.597 millones con una ejecución del 74% y una variación de 4.9%, debido a la disminución en los volúmenes de consumo. Durante el período enero - septiembre de 2004, las unidades convertidas a 330 centímetros cúbicos presentan una reducción del 14.4% respecto al mismo período del año anterior, al pasar de 977 millones de unidades declaradas en el 2003 a 830 millones de unidades en el 2004. La caída del recaudo se ha atenuado por el alza en los precios de venta al detallista, los cuales se constituyen en parte integrante de la base gravable del impuesto.
Con un recaudo de $188.299 millones alcanza una ejecución de 82.1% y una variación de 19.8%. El aumento del recaudo debe evaluarse considerando en conjunto el efecto del consumo y el precio. El consumo de gasolina en el Distrito presenta una tendencia negativa (se ha reducido en 6.5 millones de galones). A agosto de 2004, el consumo muestra una caída de 3.3% frente al mismo período del 2003. Esta caída se compensa con el incremento en los precios de referencia. En efecto, el valor promedio del precio de referencia para la gasolina corriente se incrementó en un 17% al pasar de $3.019 por galón en agosto de 2003 a $3.543 en el 2004. Igual sucede para la gasolina extra pues el precio de referencia en promedio ha crecido un 23%, pasando el galón de $3.955 en agosto del 2003 a $4.881 en el 2004. Estas variaciones en el precio han permitido asegurar el crecimiento del recaudo. Los Ingresos No Tributarios representan el 3% dentro del total de los Ingresos Corrientes. A septiembre 30 de 2004 muestran una ejecución del 88.%, con una variación del 20.8% (Cuadro 22). Cuadro 22 Ingresos Tributarios Ejecución presupuestal a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto A continuación se presentan las principales variaciones.
El aumento en el recaudo se explica por el aumento en el precio del ACPM que presenta una variación de 19.45%, al pasar de $2.748,79 el precio del galón en junio de 2003 a $3.283,40 en junio de 2004.
El aumento en el recaudo obedece a la recuperación del mercado inmobiliario especialmente de los estratos 4, 5 y 6 y al incremento en el valor de la vivienda. b. Transferencias A septiembre 30 de 2004 muestran una ejecución de 71.7%, con una variación de 7.1%. En el ejecutado sobresale el Sistema General de Participaciones con una participación del 98% y ejecución del 72.6% (Cuadro 23). 10 Cuadro 23 Transferencias Ejecución presupuestal a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
No incluye recursos Aportes Fondo de Pensiones Públicas Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto c. Recursos de Capital Los Recursos de Capital registran a septiembre 30 de 2004 una ejecución de 19.5% con una variación negativa de .41.1%. En la ejecución sobresalen las Utilidades de las Empresas con una participación de 53%, seguida de los Rendimientos Financieros que representan el 33% (Cuadro 24). Cuadro 24 Recursos de Capital Ejecución presupuestal a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto
La variación negativa de 46.2% se debe a los mayores recursos recibidos durante el período enero a septiembre de 2003 por concepto de dividendos de la EEB ($165.087 millones). Durante el 2004 han ingresado $72.003 millones de la ETB y $16.915 millones de la EEB.
La variación negativa de 89.2% obedece al ingreso de $56.577 millones en abril 30 de 2003, provenientes de la terminación del Contrato 082 de 1997 Encargo Fiduciario Administración Depósitos en Dinero, celebrado entre el Distrito Capital y la Fiduciaria de Crédito (Garantía titularización del IDU). 1.3.1.1.2 Comportamiento de los Gastos a septiembre 30 La ejecución de gastos consolidados del sector central a septiembre 30 de 2004 asciende a $2.298.173 millones, con una ejecución de 52.9%. Dentro del total ejecutado, los Gastos de Funcionamiento participan con un 26.%, el Servicio de la Deuda con el 14% y la Inversión con el 60% (Cuadro 25). Cuadro 25 Administración Central Distrital Ejecución Presupuestal de gastos consolidada a Septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Presupuesto a. Gastos de Funcionamiento Los Gastos de Funcionamiento a septiembre 30 de 2004 presentan una ejecución del 72.7% con una variación de 8.7%. Cuadro 26 Gastos de Funcionamiento Ejecución presupuestal a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Presupuesto La variación de los Servicios Personales obedece principalmente al pago de vacaciones en dinero al personal directivo retirado por el cambio de administración. En los Aportes Patronales, la ejecución se ve afectada por la inclusión del 10% adicional de aportes que se deben cancelar por el personal uniformado del Cuerpo Oficial de Bomberos y el Cuerpo de Custodia y Vigilancia de la Cárcel Distrital por actividades de alto riesgo. También inciden los pagos del 2003 del rubro "Cesantías Fondos" efectuados con cargo al presupuesto del 2004; y el pago del aporte patronal para los Institutos Técnicos, que en el caso de la Secretaría de Gobierno no se canceló en el 2003, sino en el 2004. Los Gastos Generales muestra una ejecución del 56.8% con una variación de 10.1% Las variaciones más significativas se presentan en los rubros de Intereses y Comisiones, Gastos administrativos Fondo de Pensiones Públicas y Cade. En Intereses y Comisiones se registran los pagos de las comisiones al Consorcio FPB (Fondo Público de Pensiones), y se estima el pago de la comisión del contrato para el manejo del Patrimonio Autónomo del Fondo de Pensiones. En el rubro Gastos Administrativos del Fondo de Pensiones, se registran los pagos para el normal funcionamiento del Fondo. El comportamiento del rubro CADE está influenciado por los gastos administrativos del Super Cade (pago de servicios públicos, vigilancia, etc). b. Servicio de la Deuda El Servicio de la Deuda a septiembre 30 de 2004 presenta una ejecución del 46.0%, con una variación de 64.9%, debido principalmente a la ejecución de Bonos Pensionales, el servicio de la deuda interna y las Transferencias al Fondo de Pensiones Territoriales .Fonpet (Cuadro 27). Cuadro 27 Servicio de la Deuda Ejecución Presupuestal a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Presupuesto La variación del Servicio de la Deuda Interna obedece al vencimiento de la décima emisión de Bonos del Distrito Capital (redención de Bonos), se realizaron pagos por $74.000 millones (Capital e Intereses). En los Bonos pensionales, por los $30.000 millones de la porción corriente de reserva girados en enero de 2004 al Consorcio del Patrimonio Autónomo del Fondo de Pensiones. Este giro se realiza en cumplimiento del Decreto 391 de 2003, el cual contiene disposiciones para preservar e incrementar las reservas con destino al pasivo pensional a cargo del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá. c. Inversión La Inversión de la Administración Central incluidas las Transferencias, registra a septiembre 30 de 2004 una ejecución de 48.8%, con una variación de 1.4% (Cuadro 28). Cuadro 28 Ejecución presupuestal de Inversión a septiembre 30 de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Presupuesto 1.3.1.2 Establecimientos Públicos La situación presupuestal del 2003 de los Establecimientos Públicos se estima en equilibrio (Cuadro 29). Cuadro 29 Establecimientos Públicos Ejecución Ingresos 2003-2004 Millones de pesos
Fuente: SHD-Dirección Distrital de Presupuesto 1.3.2 Situación Fiscal Administración Central El cierre fiscal de la Administración Central a diciembre 31 de 2004, se proyecta en una situación de equilibrio (igual que cero). El total de exigibilidades (Reservas Presupuestales y Cuentas por Pagar) se estima en $758.378 millones, y se financiaría principalmente con los recursos disponibles en Tesorería los cuales representan el 64.6% de las fuentes de financiación, al igual que con recursos de capital provenientes de créditos contratados con la Banca Multilateral (BID y Banco Mundial), pendientes de desembolsar, que representan el 17%. El restante 19% de las obligaciones se respaldará en recursos ordinarios (Reconocimientos) (Cuadro 30). Cuadro 30 Proyección Situación Fiscal Administración Central A 31 de diciembre de 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD-DDP-SFD El escenario de cierre fiscal de la vigencia 2004, se proyectó tomando como base las reservas proyectadas por las entidades y las proyecciones del Plan Financiero, con un porcentaje de ejecución del 100% en los gastos de funcionamiento y el servicio de la deuda y de 97% en la inversión. 2. ESTIMACIÓN DEL COSTO FISCAL DE LAS EXENCIONES TRIBUTARIAS EXISTENTES EN EL 2004 La política de beneficios fiscales en el Distrito Capital, en los últimos años, se ha caracterizado por la racionalización de los beneficios existentes, así como en concertar los nuevos conforme a los lineamientos de política del Plan de Desarrollo de la ciudad, procurando en cada caso que el Distrito compense el valor del beneficio otorgado. Sin embargo, y no obstante la política de racionalización, aún se encuentran vigentes las exenciones establecidas en acuerdos cuyos plazos se encuentran en curso, toda vez que el límite máximo otorgado por la ley 14 de 1983 es de diez años a partir de la aprobación del beneficio (el valor discriminado por exención para el año 2004 se presenta en los Cuadros 31 y 32). Consecuente con esta política y con el objetivo de actualizar y armonizar el régimen de exenciones del impuesto Predial para las edificaciones de conservación histórica o arquitectónica y monumentos nacionales con la normativa vigente, y específicamente con el Plan de Ordenamiento Territorial, a finales del 2003 el Concejo de Bogotá, a iniciativa de la Administración Distrital, decidió revisar lo dispuesto por el Acuerdo 6 de 199011 y demás normas reglamentarias y expidió del Acuerdo 105 de 2003. El Acuerdo, por un lado, racionaliza los incentivos concedidos a los bienes de interés cultural del Distrito Capital acotando el universo de beneficiarios, puesto que se detectó que la amplitud de la definición anterior permitía el otorgamiento de incentivos tributarios a inmuebles cuyo estado de conservación no requería mayor inversión, y en segundo lugar, estimula la inversión por parte de propietarios en el rescate y preservación del patrimonio construido, constituyéndose en una forma más eficiente de promover que los recursos que se dejan de percibir por el reconocimiento de la exención, se inviertan en el mantenimiento, restauración, conservación y mejoramiento de inmuebles y sectores de interés cultural; es decir, en beneficio del patrimonio cultural. En efecto, el Acuerdo 105 de 2003, estableció una escala gradual para el reconocimiento del beneficio tributario según los niveles de conservación de los predios, dada por el Plan de Ordenamiento Territorial, a partir de los siguientes elementos: categoría de intervención (monumental, integral o tipológica), uso, estrato (para predios residenciales) y tipo de inmueble (que distingue entre los inmuebles de hasta 5 pisos y las construcciones de más de cinco pisos: agrupaciones y conjuntos). De esta forma, sólo los predios declarados como monumentos, y cuyo uso sea dotacional o residencial de los estratos 1 y 2, mantienen el 100% de la exención sobre el impuesto a pagar. Para los demás casos, el Acuerdo estableció un porcentaje que oscila entre el 80% para los predios de conservación integral y del 10% para los inmuebles ubicados en edificios de más de cinco pisos y con uso diferente al dotacional o residencial. Por otro lado, en el impuesto de Industria y Comercio el Acuerdo 65 de 2002 limitó las exenciones del impuesto a las establecidas en el Acuerdo 16 de 1999 y a las del artículo 49 del Acuerdo 26 de 1998, es decir, que se mantuvo el beneficio exclusivamente para las personas naturales o jurídicas y sociedades de hecho víctimas de atentados terroristas o catástrofes naturales ocurridas en el Distrito Capital, así como a los sujetos signatarios de la Convención de Viena, la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana y el Distrito Capital. Sin perjuicio de lo anterior, aún se encuentran vigentes los tratamientos preferenciales sobre los cuales los derechos se encuentran causados. Es el caso de la exención del 100% del impuesto de Industria y Comercio, prevista para los negocios que exploten el servicio de parqueaderos en las edificaciones nuevas que se construyeron en el área urbana del Distrito Capital para estacionamientos públicos, entre el 21 de diciembre de 1998 y el 31 de diciembre del año 2001 y la otorgada para el mejoramiento de los parques vinculados al Sistema Distrital de Parques. Así mismo, el Acuerdo 98 de 2003 estableció una minoración tarifaria del impuesto de Industria y Comercio para la actividad industrial de edición y publicación de libros, que estaba en 3 por mil y pasó al 4.14 por mil. Sin embargo, esta menor tarifa quedó condicionada al cumplimiento de un mínimo de requisitos como la donación de ejemplares destinados a la dotación de la Red de Bibliotecas del Distrito Capital y los descuentos al Distrito en la venta de publicaciones. En el Impuesto de Delineación Urbana, por tratarse de derechos causados, se encuentran exentos de pago del impuesto las obras correspondientes a soluciones de vivienda de interés social, las edificaciones nuevas que se construyeron en el área urbana del Distrito Capital para estacionamientos públicos, entre el 21 de diciembre de 1998 y el 31 de diciembre del año 2001, así como las obras que se realicen para reparar o reconstruir los inmuebles afectados por actos terroristas o catástrofes naturales y los edificios declarados de conservación histórica, urbanística y/o arquitectónica, cuando en ellos se adelanten obras tendientes a su restauración o conservación conforme a proyectos autorizados por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital (DAPD). Finalmente, hay que mencionar que mediante el Acuerdo 124 del 9 de julio de 2004 el Concejo de Bogotá decidió otorgar exenciones tributarias a las personas víctimas de secuestro y desaparición forzada en los impuestos Predial Unificado, Industria y Comercio y sobre Vehículos Automotores. Un primer cálculo indica que el impacto promedio en el recaudo anual de este beneficio tributario sería cercano a los $191 millones de pesos.12 Cuadro 31 Costo Fiscal de las Exenciones Vigentes 2004 Millones de pesos
* Corresponde a valores proyectados. Nota: Para el Impuesto Predial Unificado los cálculos se realizaron tomando como base el avalúo catastral del inventario parcial de predios exentos construido hasta la fecha por la Subdirección de Impuestos a la Propiedad y aplicando la tarifa según el protocolo y las definiciones contenidas en el Acuerdo 105 de 2003. Fuente: SOT_Predial_Catastro, Subdirección de Impuestos a la Propiedad . SOT_ICA Subdirección de Impuestos a la Producción y al Consumo. Cálculos: Grupo de Análisis y Estadísticas . Subdirección de Impuestos a la Propiedad . Subdirección de Impuestos a la Producción y al Consumo. 3. COSTO FISCAL DE LOS ACUERDOS DISTRITALES SANCIONADOS EN EL 2004 En el impuesto Predial Unificado13 se cuantificó tanto el costo fiscal de las exclusiones como de las exenciones vigentes; el cálculo se realizó sobre el inventario parcial de predios excluidos y exentos construido hasta la fecha14. Los cálculos se realizaron tomando como base el avalúo catastral de los predios identificados, y aplicando los protocolos de prelación de usos para la identificación de la tarifa. Para los bienes de interés cultural se aplicaron los porcentajes de exención establecidos por el Acuerdo 105 de 2003. De esta forma, para la vigencia 2004 el valor por exclusiones asciende a $7.219 millones mientras que el valor de las exenciones es de $12.446 millones para la misma vigencia fiscal . Para el impuesto de Industria y Comercio, el cálculo se realizó tomando la información de las declaraciones presentadas por los contribuyentes durante la vigencia fiscal 2004, pero como el período del impuesto es bimestral y aún no ha concluido la vigencia, el cálculo corresponde a una proyección sobre lo reportado para el 2004 considerando el valor histórico y aplicando la tarifa para cada actividad. Finalmente, en el impuesto de Delineación Urbana el costo de las exenciones para el 2004 se calculó directamente de la información de las declaraciones presentadas por los contribuyentes y proyectando el valor para el segundo semestre del 2004. Así, se tiene que para el año 2004 el costo fiscal de este beneficio alcanza los $10.435 millones. Cuadro 32 Valor de las exclusiones en el Impuesto Predial Unificado Millones de pesos
Nota: Los cálculos se realizaron tomando como base el avalúo catastral del inventario de predios exentos y excluidos construido hasta la fecha por la Subdirección de Impuestos a la Propiedad y aplicando la tarifa correspondiente según los protocolos y lo dispuesto por el Acuerdo 105 de 2003. Fuente: Base de datos recopilada por el Grupo de Análisis y Estadísticas de la Subdirección de Impuestos a la Propiedad. 4. RELACIÓN DE PASIVOS CONTINGENTES Y DE LOS PASIVOS EXIGIBLES 4.1 Pasivos contingentes A continuación se presenta la relación de las demandas en contra del Distrito Capital15 así como el cálculo de las obligaciones contingentes correspondientes, con base en la metodología oficial, establecida a través de la Resolución 866 del 8 de septiembre de 2004 del Secretario de Hacienda. 4.1.1 Contingentes Judiciales de la Administración Central Cuadro 33 Contingente Judicial . Administración Central a junio 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Contabilidad Cálculos y análisis: SHD - Oficina Asesora de Análisis y Control de Riesgo Con base en la información presentada, se observa que el valor del contingente estimado asciende a $180.910 millones. 4.1.2. Contingentes Judiciales de las Entidades Descentralizadas Establecimientos Públicos En el caso de los Establecimientos Públicos, el valor del contingente estimado asciende a $45.514 millones. Cuadro 34 Contingente Judicial . Establecimientos Públicos a junio 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Contabilidad Cálculos y análisis: SHD - Oficina Asesora de Análisis y Control de Riesgo A pesar de no incidir directamente sobre las finanzas de la Administración Central, es importante presentar la valoración del contingente judicial de las Empresas Distritales. Como se presenta en el cuadro que sigue, el valor del contingente judicial para estas entidades asciende a $129.155 millones. Cuadro 35 Contingente Judicial . Empresas Distritales a junio 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Contabilidad Cálculos y análisis: SHD - Oficina Asesora de Análisis y Control de Riesgo Empresas Sociales del Estado El valor del contingente judicial para estas entidades asciende a $1.450 millones. Cuadro 36 Contingente Judicial . Empresas Sociales del Estado a junio 2004 Millones de pesos
Fuente: SHD - Dirección Distrital de Contabilidad Cálculos y análisis: SHD - Oficina Asesora de Análisis y Control de Riesgo 4.2 Pasivos Exigibles A continuación se presenta un breve resumen de los pasivos exigibles más representativos de las entidades. a. Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte Desde la vigencia 2002, en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del IDRD, se ha incorporado una apropiación de $10.331.2 millones para atender el pago de pasivos exigibles relacionados con la oferta de compra del lote Country Club. Dicho monto fue constituido como reserva presupuestal a 31 de diciembre de 2000 y no se efectuó giro alguno a 31 de diciembre de 2001, en razón a que durante la etapa de enajenación voluntaria no se llegó a ningún acuerdo con el Country Club de Bogotá y en consecuencia, se inició el proceso de expropiación mediante Resolución 549 de noviembre 16 de 2000 "Por medio de la cual se ordena acometer un predio por motivos de utilidad pública" y Resolución 190 del 2 de mayo de 2001. Actualmente, dicho proceso se encuentra en curso. Para la vigencia 2005 se apropian $5.166 millones, debido a que por Sentencia del Juzgado Segundo Civil del Circuito se ordena al IDRD el giro de dicha suma dentro del proceso de expropiación del Country Club. b. Fondatt El 30 de diciembre del 2003 se suscribió el Contrato 218 de 2003 con el objeto de prestar el servicio de cobro persuasivo de la cartera de multas por infracciones de tránsito y transporte, por valor de $2.600.000.000. El contrato inició el 23 de febrero del 2004, se pagó un anticipo de $520.000.000 para la implementación y puesta en marcha del proyecto y a partir del mes de mayo se comenzaron a realizar pagos de acuerdo a la recuperación Efectiva de la cartera. A la fecha se han pagado al contratista $993 millones y se estima que a diciembre de 2004 se pagarán aproximadamente $307 millones adicionales, por lo cual es necesario constituir un pasivo exigible por $1.300 millones para pagar el saldo de la obligación contraída. c. Instituto de Desarrollo Urbano . IDU Los Pasivos Exigibles del IDU programados en el presupuesto del año 2005 ascienden a $92.832 millones, de los cuales $25.268 millones, corresponden a pasivos de años anteriores que no se pagarán en el 2004 y $67.564 millones, a Reservas presupuestales constituidas al cierre de la vigencia fiscal 2003 y que no alcanzarán a girar en el 2004. Los pasivos de años anteriores, corresponden a reservas presupuestales del año 2002 y de años anteriores que no fueron posible girar en las vigencias siguientes. En su mayor parte corresponden a procesos de negociación de predios para ejecución de obras que presentan dificultades para su adquisición y que por ende se prolonga el proceso de compra. Así mismo, procesos contractuales de ejecución de obras que están sujetas a la adquisición de predios que deben ser aplazados. Los pasivos originados en los pagos de las reservas del año 2003 que no se alcanzarán a girar en el año 2004, corresponden en general a procesos contractuales que dieron inicio al empezar la presente vigencia fiscal por lo cual el programa de pagos de estos compromisos superaron el año 2004. 5. PLAN FINANCIERO El Plan Financiero es un instrumento de planificación y gestión financiera el cual a partir de los ingresos y gastos que se estiman para la vigencia permiten determinar el ahorro y las fuentes de financiamiento para el cumplimiento de las metas de inversión del Plan de Desarrollo. 5.1 Plan Financiero Administración Central A continuación se presenta la proyección del Plan Financiero para la Administración Central. Cuadro 37 Administración Central Distrital Plan Financiero 2005 Millones de pesos
Fuente: SHD . Dirección Distrital de Presupuesto 5.1.1 Criterios utilizados para la elaboración y proyección del Plan Financiero de la Administración Central 5.1.1.1 Ingresos corrientes vigencia 2005 Los ingresos corrientes de la Administración Central se proyectaron teniendo en cuenta perspectivas económicas y fiscales de corto plazo para las estimaciones de 2005 y de mediano y largo plazo para el período 2006-2014. Todas las estimaciones implicaron la revisión y el análisis del comportamiento histórico de cada rubro de ingreso, sus determinantes fundamentales, las relaciones de cada tributo con la actividad económica y las gestiones que realiza la Administración Distrital en cuanto al recaudo y el desarrollo de los planes de control a la evasión y recuperación de cartera. Las proyecciones de corto plazo tuvieron énfasis en el análisis de la información del comportamiento histórico de cada uno de los rubros, las bases gravables registrados en los campos de liquidación16, el plan de gestión antievasión y control a la morosidad y técnicas econométricas variadas. Las proyecciones involucran tanto supuestos generales de la economía como los particulares atribuibles a las características de cada tributo. Los supuestos generales utilizados corresponden a los establecidos por el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En este informe se estima la inflación esperada, el crecimiento del PIB, la TRM fin de período, la devaluación y la tasa libor a seis meses (Cuadro 38). El escenario económico y fiscal que enmarca las proyecciones de los ingresos, corresponde a uno en el cual se mantiene la recuperación del PIB tanto para la Nación como para Bogotá, con bajas presiones inflacionarias, disminución de las tasas de desempleo para Bogotá como propósito general del Plan de Desarrollo de la actual administración y mejoramiento de la demanda a través del impulso al consumo y la inversión pública y privada Distrital. Cuadro 38 Supuestos Macroeconómicos 2004-2014
Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, supuestos generales del 27 de mayo del 2004 A. Ingresos tributarios Predial Para el 2005 se espera un recaudo $557.228 millones. La proyección utiliza como insumo fundamental la base gravable calculada con los campos de liquidación17 de las declaraciones oportunas18 en 2004. Se simula su dinámica a partir de un IVIUR19 promedio correspondiente al 75% de la inflación proyectada para el 2005 para los predios de conservación (98% del total) que incluye efectos neutrales en el recaudo por actualización catastral. También se agregó el recaudo no vegetativo, correspondiente al plan de antievasión y control a la morosidad. Industria y Comercio Para el 2005 se espera un recaudo $1.205.858 millones. Este recaudo se descompone de la siguiente manera: i) Gestión contra la evasión y la morosidad por $75.630 millones y ii) recaudo vegetativo por un monto de $1.130.227 millones. La proyección se realizó estimando el recaudo del año a partir de su elasticidad al crecimiento del PIB, un crecimiento de la economía del 4.0% y una inflación de 4.5%. La elasticidad al recaudo vegetativo se estimó con el modelo que utiliza como variable dependiente el recaudo y como variables independiente el crecimiento del PIB. Espectáculos En el 2005 se espera un recaudo de $1.100 millones La proyección se realizó sólo con el recaudo vegetativo del 2004 y se incrementó en la misma proporción que la inflación suponiendo que las condiciones actuales para la implementación, el desarrollo y el recaudo de espectáculos en la ciudad se mantiene estable. Se agregó además el recaudo estimado por el componente de gestión del impuesto. Vehículos Automotores Para el 2005 se espera un recaudo de $151.294 millones El recaudo se calculó con la metodología de bases gravables. A partir de la base de datos de las declaraciones oportunas y de sus campos de liquidación20 del año 2004 se aplicó un incremento en el avalúo comercial correspondiente al 50% de la inflación esperada para este año21. Para el resultado final se tuvo en cuenta el recaudo esperado por plan antievasión. Delineación Urbana Para el 2005 se espera un recaudo de $25.034 millones. La proyección se realizó aplicando la tarifa efectiva al presupuesto de obra estimado para el año 2004; luego se incrementó con la inflación esperada para el 2005. La tarifa efectiva correspondió al promedio 2001-2004 y excluyó el presupuesto de obra de la Vivienda de Interés Social exenta de este tributo. Cigarrillos Extranjeros Para el 2005 se espera un recaudo de $17.695 millones. La proyección se realizó aplicando al recaudo del 2004 un factor que corresponde al 50% de la reducción observada entre el año 2003 y 2004. Tal estimación es consecuente con la continua caída de las cantidades físicas declaradas de cigarrillos extranjeros de origen legal, pues al observar los recaudos, las unidades declaradas convertidas a cajetillas de 20 unidades pasaron de 72,3 millones en el 2002, 70,3 millones en 2003 y sólo 61,62 en 200422. Consumo de Cerveza Para el 2005 se espera un recaudo $201.491 millones, el crecimiento anual del impuesto está en función de una constante del crecimiento del Producto Interno Bruto de Bogotá en el mismo período multiplicado por un factor constante que representa cuánto crecería el impuesto . Sobretasa a la Gasolina Para el 2005 se espera un recaudo de $255.439 millones. El impuesto se estimó con base en un ejercicio que proyectó el valor en pesos de la sobretasa a través de los precios internacionales del petróleo, la devaluación esperada y el consumo de combustible. El consumo se calculó teniendo en cuenta factores que hacen desacelerar su dinámica tales como la conversión a gas de vehículos automotores, el desplazamiento de quienes utilizaban antes el vehículo particular y ahora usan el servicio de TransMilenio, la chatarrización de automotores, el incremento de las horas por pico y placa. Además, se incluyó el consumo de gasolina que tendrían los vehículos nuevos en la ciudad. Adicionalmente, en la proyección se consideró el efecto para el 2005 de la Ley 693 de 200123, que se espera genere una caída adicional en los volúmenes de gasolina atribuible a la mezcla de componentes oxigenados y alcoholes carburantes que debe contener la gasolina en las ciudades de Bogotá, Calí, Medellín y Barranquilla y sus áreas metropolitanas en un porcentaje del 10±0.524 a más tardar el 27 de septiembre de 2005. Estampilla Universidad Distrital Para el 2005 se espera un recaudo para la vigencia por $24.000 millones. Este impuesto se incrementó con la inflación esperada. Publicidad Exterior Visual Para el 2005 se espera un recaudo de $758 millones. A partir de enero de 2005, termina el estado de prevención o alerta amarilla por contaminación de elementos de publicidad exterior visual que suspendió el registro de vallas en el Distrito Capital y se esperan nuevas solicitudes ante el DAMA. Sin embargo, la vigencia no corresponde a un período excepcional, como el electoral, donde normalmente se incrementa la demanda tradicional de elementos de publicidad exterior visual. También se destaca el hecho que el número de autorizaciones otorgadas siempre ha estado por debajo del potencial. La proyección se realizó a partir de los datos suministrados por el DAMA de 848 elementos esperados de publicidad exterior visual nuevos o renovados en el 2004, en condiciones normales (sin alerta amarilla), y unos 400 nuevos elementos fundamentalmente compuestos por obras en construcción. Se actualizó la tarifa del tributo con la Inflación esperada para el 2005 con un número esperado de 405 autorizaciones efectivas de registro. B. Proyección de ingresos no tributarios 2005 Para el 2005 se espera un recaudo de $75.626 millones. Todos los rubros que integran los ingresos no tributarios se incrementaron con la inflación esperada, excepto para la Sobretasa al Acpm que se incrementó adicionalmente con el PIB. Transferencias Las Transferencias del Sistema General de participaciones se proyectaron de conformidad con lo establecido en el Acto Legislativo 01 de 2001 y la Ley 715 de 2001. Se espera recibir recursos para el sector educativo del orden de $838.791 millones, lo que significa una variación de 7% con respecto a lo proyectado para el 2004. Para el sector salud se espera recibir la suma de $320.446 millones, que representa un incremento de 5% con respecto alo esperado para esta vigencia. Para propósito general, se esperan recursos alrededor de $140.639 millones, con un incremento de 5% con relación a la vigencia 2004. Para alimentación escolar se esperan recursos que ascienden a $4.785 millones con una variación de 6%. Recursos de capital Las Utilidades de las Empresas se programaron de acuerdo a las proyecciones financieras que ellas presentaron al momento de la elaboración del Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un Compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión". Los recursos por Disminución de Capital se programaron conforme a las condiciones financieras de las Empresas según estimaciones realizadas por ellas mismas. Provienen de EMGESA $168.059 millones, de Gas Natural $24.514 millones y de CODENSA $94.000 millones. Estos últimos estaban previstos para el 2004 pero se trasladan al 2005. Los recursos del Crédito por $457.547 millones, contemplan $83.254 millones ya contratados con el Banco Mundial y $374.293 millones que se contratarán con base en el nuevo Cupo de Endeudamiento acorde con la capacidad de pago de la ciudad. 5.1.1.2 Gastos Como se ha mencionado en varias ocasiones, es de particular interés del Gobierno Distrital estimar las repercusiones financieras de los proyectos sobre los presupuestos futuros y proveer recursos para financiarlos. Por lo tanto, la programación del Presupuesto 2005 se encaminó hacia los siguientes propósitos:
A. Gastos de funcionamiento El Gobierno Distrital ha orientado sus políticas económicas no solo al fortalecimiento de los ingresos corrientes, sino también hacia la racionalización de los gastos corrientes, especialmente los gastos generales; el manejo adecuado de la deuda, la priorización de la inversión y un manejo prudente de la caja. En este sentido, el cálculo de los Gastos de Funcionamiento de la Administración Central se enmarca dentro de los criterios de la Ley 617 de 2000, que a partir del 2004 establece como tope el 50% respecto de los ingresos corrientes de libre destinación. B. Pasivos pensionales Con el fin de cuantificar la necesidad de recursos presupuestales para la vigencia 2005, a continuación se presenta la proyección de cálculo de los rubros presupuestales que hacen parte de los pasivos pensionales.
C. Inversión La inversión programada en el proyecto de Presupuesto para la vigencia 2005 tiene como marco de referencia principal los objetivos, principios y políticas del Plan, así como las estrategias y metas planteadas para cada uno de los Ejes Estructurales del mismo, incluyendo lo acordado para el objetivo Gestión Pública Humana, y los compromisos concretos señalados como proyectos prioritarios en el nuevo Plan de Desarrollo. 5.2 Plan Financiero Establecimientos Públicos A continuación se presenta el Plan Financiero 2005 para los Establecimientos Públicos. Cuadro 39 Establecimientos Públicos * Plan Financiero 2005 Millones de pesos
* No incluye Transferencias de la Administración Central. Los ingresos corrientes para los Establecimientos Públicos ascienden a $381.491 millones de pesos. El valor programado 2005 de las transferencias asciende $168.552 millones y los recursos de capital ascienden a la suma de $114.410 millones. En relación con los gastos, los de funcionamiento son del orden de $72.481 millones, mientras que los otros gastos corrientes ascienden a $11.602 millones. Por su parte, los gastos de inversión programados para el 2005 son del orden de $582.630 millones. Ingresos Corrientes No Tributarios RentasContractuales El Instituto de Desarrollo Urbano . IDU estima gestionar con las JAL Convenios de Cofinanciación para realizar obras de malla vial local por $20.441 millones en el 2005, para el 2004 se proyecta una partida de $ 6.727 millones. En el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON por concepto de Otras Rentas Contractuales se proyectaron $33.000 millones la cual corresponde a convenios con las JAL para el proyecto "Generación de empleo como herramienta de jóvenes de la calle y pandilleros" incrementando en 75% la partida programada a 31 de diciembre de 2004. Participaciones Las participaciones corresponden principalmente al recaudo que realiza el Fondo Financiero Distrital de Salud por concepto de actividades gravadas por el Estado, pero cedidas por la Constitución y la Ley al sector salud de los niveles regionales (Departamental y Distrital), estas rentas corresponden a: impuesto de IVA Licores y nuevo IVA cedido, impuesto al consumo de cerveza, explotación de lotería de Bogotá, impuesto a las loterías foráneas, explotación de apuestas permanentes, rifas y de Juegos de Suerte y Azar (ETESA) Proyección Licores La proyección para la vigencia 2005 se adelantó con base en el recaudo, aplicando el indicador IPC del 4.5%, por lo cual el Fondo Financiero Distrital de Salud proyecta recaudar recursos por IVA Licoreras departamentales la suma de $11.481 millones y por Nuevo IVA Cedido- Ley 788/02 $4.551 millones. Cerveza Se estima el ingreso por este concepto en la suma de $ 38.635 millones para la vigencia del 2005. Loterías La proyección para el año 2005 se realizó con base en el recaudo, debido a la caída de las ventas que viene afectando a todas las loterías del país y el comportamiento del recaudo durante los últimos tres años, se programan $22.569 millones para el 2005. Apuestas Permanentes Teniendo en cuenta que en la presente vigencia se ha disminuido el alto dinamismo que venía caracterizando esta renta de apuestas permanentes (Chance), en parte debido a la revisión de los convenios o contratos de concesión que se adelanta con las empresas explotadoras de este juego, se realizó la proyección considerando el crecimiento del IPC estimado para el año 2.005, sobre el recaudo esperado a diciembre de 2004. Resultado de la proyección se estima que por apuestas permanentes, el Fondo Financiero Distrital de Salud, obtendrá recursos para la vigencia 2005 por valor de $33.742 millones. Juegos de Suerte y Azar (novedosos y otros juegos) La proyección de los recursos provenientes de ETESA se adelantó de acuerdo al comportamiento de recaudo de los últimos años, especialmente con base en el 2004, donde se presenta una tendencia a la baja generada por el impacto de la aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial, por las restricciones que este presenta para la ubicación de los locales donde se desarrollen este tipo de juegos, y la respectiva autorización de uso del suelo y espacio público, por lo cual se espera obtener recursos por la suma de $9.610 millones. Transferencias Transferencias Nación Para la vigencia 2005 el Fondo Financiero Distrital de Salud en Otras Transferencias de la Nación proyecta por este concepto la suma de $ 127.346 millones, (lo programado para el 2004 es de $ 90.391 millones), recursos provenientes de la Nación con destinación especifica para proyectos de inversión, principalmente a través del FOSYGA, para régimen subsidiado, en cumplimiento de la Ley 100/93 y Ley 715/2001 y otros convenios y resoluciones de la Nación. Recursos de Capital diferentes a Crédito Rendimientos Financieros El crecimiento de los Rendimientos Financieros obedece principalmente a los recursos proyectados por el Fondo Financiero Distrital de Salud, los cuales corresponden especialmente a los generados por los recursos del Régimen Subsidiado. Es de precisar que para hacer uso de estos rendimientos se requiere autorización del CNSSS y, que deben ejecutarse para ampliación de cobertura del Régimen Subsidiado en un período de 4 a 5 años, por lo tanto en el primer año se deben garantizar en tesorería más no comprometerlos en el gasto. Según el comportamiento histórico de la DTF durante las vigencias 2003 y 2004, para el año del 2005 se espera que se mantengan en niveles promedio: 8.0% E.A.. Para la proyección de los rendimientos que puedan generar los depósitos en cuenta de ahorro y las inversiones financieras en CDT durante la vigencia 2005, como ya se dijo, solo se presupuestaran los rendimientos para la financiación de los compromisos estimados para dicha vigencia, lo que equivale a la suma de $7.149 millones en el 2004 se proyectaron $12.905 millones. Otros Recursos de Capital El incremento de Otros Recursos de Capital, esta influenciado principalmente por los recursos que estima percibir el Fondo Financiero Distrital de Salud que corresponden a los recursos con destinación específica de Régimen Subsidiado, Salud Pública, Oferta y Redes de años anteriores, que deben ser reinvertidos en los mismos componentes, para población objeto de subsidios parciales y para la ampliación de cobertura del Régimen Subsidiado, que para el 2004 se proyectaron $24.464 millones y en el 2005 se programaron $33.628 millones. Gastos En cuanto a los gastos, es el agregado de Gastos Generales que presenta variación susceptible de ser explicada, atendiendo a que algunos de sus componentes no tienen periodicidad y otros presentan incrementos superiores a la inflación como es el caso de la gasolina, especialmente en el Fondo Rotatorio de Ventas Populares, Fondo de Educación y Seguridad Vial . FONDATT y el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte . IDRD. En el Fondo Rotatorio de Ventas Populares los Arrendamientos pasaron de $410.000 pesos a $55.2 millones con una variación del 13363.41% debido a que solo hasta la presente vigencia (hace 3 meses) entro en funcionamiento la casa del vendedor ambulante. Así mismo, en Programas y Convenios Institucionales para el 2005 se presupuestaron $2.160 millones para dar cumplimiento al 10% de las multas y comparendos que deben transferirse al SIMIT, acorde con lo estipulado en el artículo 10 de la Ley 769 de 2002. En el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte . IDRD, el incremento en gastos generales, que pasa de una proyección 2004 de $3.773 millones a $4.743 millones en 2005, el 25.73%, se explica por la apropiación en Sentencias Judiciales que se incrementó en el 131.28% al pasar de $648 millones a $1.500 millones. 6. METAS DE SUPERAVIT PRIMARIO Y ESTRATEGIAS PARA FINANCIARLO Se entiende por Superávit Primario, al valor positivo que resulte de la diferencia entre la suma de los ingresos corrientes y los recursos de capital, diferentes a desembolsos de crédito, privatizaciones, capitalizaciones, utilidades del Banco de la República (para la Nación) y la suma de los gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación comercial. Es importante precisar, que para el caso del Distrito Capital se incluyen como ingresos corrientes las transferencias recibidas. Así mismo, la Ley establece que el Consejo de Gobierno debe aprobar las metas del superávit primario una vez sea aprobado por el CONFIS. Las metas de superávit primario para el periodo 2004-2014, son las siguientes: Cuadro 40 Superávit Primario 2004-2014 Millones de pesos constantes de 2005
Nota: Incluye Reservas 2004. No incluye inversión financiada con Recursos del Crédito Fuente. SHD - Dirección Distrital de Presupuesto y Dirección Distrital de Crédito Público Cuadro 40 (Continuación) Superávit Primario 2004-2014 Millones de pesos constantes de 2005
Nota: Incluye Reservas 2004. No incluye inversión financiada con Recursos del Crédito Fuente. SHD - Dirección Distrital de Presupuesto y Dirección Distrital de Crédito Público Las proyecciones para el escenario del Superávit Primario, en relación con los ingresos se efectuaron teniendo en cuenta las perspectivas económicas y fiscales de mediano y largo plazo para el período 2006-2014, las cuales involucran tanto supuestos generales de la economía como los atribuibles a las características de cada ingreso al igual que las normas legales vigentes como en el caso de las Transferencias (Sistema General de Participaciones). Los supuestos generales utilizados corresponden a los establecidos por el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 6.1 Plan de Endeudamiento 2004 - 2008 El plan de endeudamiento para el período 2004 . 2008, está orientado a obtener los recursos de crédito mediante la utilización de varios instrumentos de deuda que por un lado garanticen el financiamiento de las inversiones (cerca de $2.2 billones de pesos constantes de 2004) y por el otro preserven la capacidad de pago de Bogotá D.C. En este contexto, este plan no solo tiene en cuenta la contratación de los recursos que requiere la financiación del Plan de Desarrollo, dentro de parámetros que se ajusten a la política de control de riesgos establecida en el Distrito, sino que además continúa con el programa de mejoramiento del perfil de la deuda. Los instrumentos previstos para el financiamiento en este período, son principalmente el Programa de Emisión y Colocación de Bonos Locales .PEC y las operaciones de crédito con la Banca Multilateral. De todas formas, el plan contempla además, la realización de operaciones de financiamiento externo (bonos o créditos sindicados) y operaciones con el sector financiero local. Ante la volatilidad del mercado financiero y la necesidad de su adaptación inmediata ante nuevas expectativas o situaciones macroeconómicas nacionales, el plan de endeudamiento no pretende ser una guía inflexible que deba cumplirse de manera estricta, razón por la cual podría considerarse la posibilidad de acceder a fuentes con mayor potencial hacia futuro que redundará en una mejor relación costo-beneficio para la capital. El desarrollo y profundización de los mercados financieros y el simultáneo aumento en la volatilidad, demandan un cambio radical en los parámetros y métodos de administración financiera. La evidencia indica que las instituciones públicas y privadas deben incorporar el manejo del riesgo en su gestión financiera, más si se tiene en cuenta el desarrollo del mercado colombiano, cuya inestabilidad genera una mayor incertidumbre y exposiciones a riesgos adicionales. 6.1.1 Indicadores de Endeudamiento El Distrito Capital mantiene la política de mantener los indicadores de la Ley 358 de 1997 por debajo de los límites permitidos. El indicador de saldo de la deuda sobre ingresos corrientes presentó crecimiento hasta el año 2002, año en el cual cambió su tendencia. El comportamiento futuro de este indicador es como se muestra en la gráfica siguiente, el cual incorpora el desarrollo del plan de endeudamiento comentado en el punto anterior. Gráfico 3 Proyección del Indicador de Saldo de la Deuda / Ingresos Corrientes Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público Al igual que el indicador de sostenibilidad, la relación intereses de la deuda sobre ahorro operacional presenta una tendencia a la baja después del año 2006, tal y como se aprecia en el siguiente gráfico. Gráfico 4 Proyección del Indicador de Intereses / Ahorro Operacional Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público Con respecto a los indicadores de la Ley 358 de 1997, es importante considerar que la Ley establece que el valor de los ingresos corrientes que se toma para el cálculo del ahorro operacional del Indicador de Intereses / Ahorro Operacional, y para el cálculo, del indicador de Saldo de la Deuda / Ingresos Corrientes, es el monto recibido el año anterior indexado con la estimación de la inflación para el año en que se calcula el indicador. Esto lleva a que en años donde los ingresos corrientes se incrementan considerablemente, como es el caso del año 2003, los indicadores terminen en niveles más altos que los reales. La proyección de los indicadores al finalizar el año 2004 es de 11,33% (Intereses / Ahorro Operacional) y de 56.92% (Saldo de la Deuda / Ingresos Corrientes). Estos indicadores se muestran favorables debido a la revaluación que se presentó durante la vigencia y la recuperación de los ingresos corrientes durante la vigencia 2003 mencionada anteriormente. Cuadro 41 Desembolsos y amortizaciones
De conformidad con lo establecido por las evaluaciones de riesgo y recogiendo las observaciones de las Agencias Calificadoras de Valores, es pertinente continuar con la política de que el indicador del saldo de la deuda / ingresos corrientes no exceda el 70%. En lo referente al indicador de Intereses / Ahorro Operacional, también se espera que no supere el 30%. Finalmente, otro indicador importante para analizar el endeudamiento del Distrito Capital es el de Saldo de la Deuda / PIB, el cual, como producto del bajo crecimiento de la economía en los últimos cinco años aumentó, llegando a niveles del 4.2% en el año 2001, pero mostrando a partir de dicho año una tendencia decreciente. En el Gráfico 5 se presenta un comparativo del indicador saldo de la deuda sobre PIB, tanto a nivel de la Nación como el del Distrito Capital, en el que se puede apreciar la estabilidad en el manejo del endeudamiento de la ciudad. Gráfico 5 Proyección del Indicador de Saldo de la Deuda / PIB Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público En suma, el saldo de la deuda del Distrito frente al PIB Distrital al cierre del 2004 no tiene una participación significante, es decir, equivale a casi un centésimo de la deuda del Gobierno Nacional y representa cerca del 3,77% del PIB Distrital, mientras que la deuda de la Nación representa el 51,93% del PIB de la Nación. 6.1.2 Proyección Servicio de la Deuda El Distrito Capital tiene un gran margen de maniobra para cumplir con sus obligaciones de servir la deuda. Tal y como se aprecia en el Gráfico 6, en el escenario estimado para el marco de mediano plazo, el servicio de la deuda en ninguno de los años supera un 20% de los ingresos totales. Es importante resaltar que el servicio de la deuda incluye no solo el pago de intereses y comisiones, sino también el pago de principal. Gráfico 6 Servicio de la Deuda como % de los Ingresos Totales Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público Cabe anotar que se han adelantado importantes gestiones con el fin suavizar el servicio de la deuda en el año 2006, a través de operaciones como la sustitución de créditos que presentan vencimiento en dicho año y con operaciones de cobertura. 6.1.3 Operaciones de Manejo de Deuda El Distrito Capital - Secretaría de Hacienda - con el propósito de mejorar el perfil de la deuda frente a los principales riesgos inherentes, especialmente la concentración de vencimientos, desde el año 2002 viene realizando operaciones de cobertura y de sustitución de deuda. Las operaciones de cobertura cambiaria realizadas por la SHD le han permitido fijar el costo de devaluación del 65% de la deuda externa, por medio de la tasa de devaluación implícita en las operaciones de cobertura, la cual se encuentran alrededor del 7% anual. Estos niveles de devaluación son inferiores al promedio observado en los últimos años del 14.73%. Las operaciones de cobertura fueron realizadas para un plazo de 8 años lo que asegura la protección de las finanzas del distrito frente al riesgo cambiario en el largo plazo. De esta forma, la gestión sobre el portafolio realizada en los años 2002 a 2004, han disminuido el presupuesto de servicio de deuda de los próximos años. Específicamente para el año 2006 la diferencia entre la tasa de presupuestación del servicio de la deuda y la tasa obtenida en las operaciones de cobertura, genera un menor valor de servicio de deuda para este año aproximado de $91 mil millones de pesos, en amortizaciones. 6.1.4 Calificaciones de Riesgo De acuerdo con el Plan de Desarrollo "Bogotá sin Indiferencia", el Distrito mantendrá su calificación de riesgo nacional e internacional, si las condiciones del país lo permiten. Para la presente vigencia, entre septiembre y octubre de 2004, la administración realizó el proceso de presentación para la revisión de las calificadoras, cuyos resultados se darán a conocer en el mes de noviembre. Cuadro 42 Mejora en las calificaciones de riesgo
Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público 6.2 Estrategias en materia de ingresos para garantizar el Superávit Primario Las posibilidades identificadas de generación de mayores ingresos tributarios durante el período, 2004-2008, comprenden un grupo de medidas, distintas de aumentos tarifarios o de creación de nuevos impuestos, agrupadas en cinco componentes. 1. Mayor control a la evasión y morosidad. 2. Fortalecimiento de la administración tributaria 3. Corrección de distorsiones en el sistema tributario. 4. Acuerdo con los gremios y la ciudadanía en un Pacto por el Tesoro 5. Cobro de tributos creados en años anteriores. Con esto, la Administración planea recaudar para el 2005, $2.3 billones (pesos de 2004), así: $2.1 billones (pesos de 2004) por concepto del componente vegetativo de los impuestos Predial Unificado, Industria y Comercio, Vehículos Automotores y otros ingresos tributarios y $194 mil millones por concepto de Gestión de Control a la Evasión y Morosidad. a. Programa de "mayor control a la evasión y morosidad: todos pagan." La Secretaría de Hacienda está reorientando su estrategia de gestión de cartera para los impuestos Predial Unificado e Industria y Comercio con dos objetivos: el primero tiene que ver con la generación de capacidad para gestionar las deudas viejas y, de manera simultánea, aumentar la oportunidad en el cobro de las deudas recientes, cuya probabilidad de recuperación es mayor; el segundo, está relacionado con la estructuración de una gestión de cobro que atienda a reglas precisas de oportunidad y consistencia, que permitan un procesamiento regular y ordenado de las nuevas acreencias, con unos criterios de clasificación óptimos. Para ello, se están tomando una serie de medidas que permitirán controlar de mejor manera la evasión y la morosidad, entre las que tenemos:
b. Fortalecimiento de la administración tributaria A través de esta estrategia se realizarán las siguientes acciones:
c. Corrección de distorsiones en el sistema tributario: por la equidad Política de acercamiento de las bases gravables de los impuestos a la propiedad a sus valores de mercado:
d. Acuerdo con los gremios y la ciudadanía en un Pacto por el Tesoro Para promover la cultura tributaria y fortalecer la gestión antievasión se está implementando el "Pacto por el Tesoro", consistente en buscar que los gremios y la ciudadanía tenga clara su responsabilidad con Bogotá, generando programas que inviten a pagar oportunamente sus contribuciones y en hacer partícipes a las comunidades de los diferentes barrios y localidades para que apoyen el proceso y a su vez se transfieran mayores recursos a las localidades. Se busca entonces, un paquete de acciones tendientes a involucrar a las localidades, los gremios y la ciudadanía en general en el suministro de información, difusión de programas y construcción de una verdadera cultura tributaria que le permita a la Dirección Distrital de Impuestos contar con información actualizada y oportuna para mejorar los ingresos de la Ciudad que financian el gasto y que permitirán cumplir el compromiso social de la actual Administración con Bogotá. Para el cumplimiento de los objetivos de este programa, entre otras, se están implementando estrategias como la creación de espacios de difusión y discusión de los temas tributarios en lo local, el establecimiento de incentivos para las localidades con base en la gestión y recuperación del recaudo desde la administración local y el Fortalecimiento de los programas de cultura tributaria. e. Cobro de tributos creados en años anteriores. Se velará por la correcta administración y cobro de la participación en la plusvalía y del impuesto a la publicidad exterior visual, los cuales fueron creados recientemente por los Acuerdos 111 y 118 de 2003. 6.3 Estrategias en materia de gastos para garantizar el Superávit Primario a. Funcionamiento Se seguirán manteniendo controlados los gastos de funcionamiento, especialmente los gastos generales, el ahorro resultante se debe destinar a la financiación de la inversión sin que por ello se cambien las metas del superávit primario. b. Inversión
c. Pensiones y Bonos Pensionales 2002-2020 Como política de la Secretaría de Hacienda Distrital, se pretende que como provisión de la reserva pensional en el 2005 se apropien recursos por $31.350 millones y en adelante esta provisión crezca mínimo en el IPC. d. Cesantías Seguir provisionando el patrimonio autónomo para la financiación de las necesidades del Distrito Capital en materia de Cesantías. HONORABLES CONCEJALES, Se presenta a su consideración el Proyecto de Presupuesto Anual del Distrito Capital para la vigencia 2005, el cual tiene un especial énfasis en el manejo responsable y la asignación eficiente de los recursos, para hacer de Bogotá una ciudad moderna y humana con un desarrollo equilibrado y sostenible entre lo social y lo económico, en la que se pueda avanzar en una ciudad competitiva y atender las prioridades de la población, específicamente aquellas que están relacionadas con los crecientes problemas sociales como la pobreza y la exclusión social. De los Honorables Concejales,
Bogotá D.C., noviembre 3 de 2004 PROYECTO DE ACUERDO 244 DE 2004 "Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2005 y se dictan otras disposiciones". EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 32 del Acuerdo 24 de 1995 ACUERDA: ARTÍCULO 1º.- Fíjanse los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital de Bogotá, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2005 en la suma de $7.598.702.718.315 (SIETE BILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOS MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS) según el siguiente detalle:
ARTÍCULO 2º.- Fíjanse los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital de Bogotá, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2005 en la suma de $7.598.702.718.315 (SIETE BILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOS MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS) según el siguiente detalle:
ARTICULO 3º.- Autorízase a las siguientes entidades para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras 2006-2007 hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($720.268.221.473) pesos constantes de 2004, según el siguiente detalle:
DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I ALCANCE Y CAMPO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 4º. CAMPO DE APLICACIÓN. Las Disposiciones Generales rigen para los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, y se harán extensivas al Ente Autónomo Universitario, a los Fondos de Desarrollo Local, a las Empresas Industriales y Comerciales y a las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, cuando expresamente así se establezca. ARTÍCULO 5º. MARCO JURÍDICO. La ejecución presupuestal del Presupuesto Anual del Distrito Capital de la vigencia 2005, deberá estar acorde con lo dispuesto en los artículos 352 y 353 de la Constitución Política, con los Acuerdos 24 de 1995 y 20 de 1996, compilados en el Decreto Distrital 714 de 1996 "Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", Ley 819 de 2003 y demás normas que reglamenten la liquidación y ejecución presupuestal de los órganos y entidades para quienes rige el presente Acuerdo. CAPÍTULO II DE LAS RENTAS Y RECURSOS ARTÍCULO 6º. TRANSFERENCIAS. Las transferencias que gire la Administración Central a favor de las entidades descentralizadas del Distrito Capital y del orden nacional que por ley se establezcan, serán ordenadas por la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto -. Las transferencias para el pago de la deuda pública serán ordenadas por la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Crédito Público -. ARTÍCULO 7º. RECURSOS DE TERCEROS. Los recaudos que efectúen los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual, o los recursos que administren en nombre de otras entidades públicas o de terceros, no se incorporarán a sus presupuestos. Dichos recursos deberán presupuestarse en la entidad que sea titular de los derechos correspondientes. La entidad administradora o recaudadora deberá mantener dichos recursos separados de los propios y contabilizarlos en la forma que establezca la Secretaría de Hacienda- Dirección Distrital de Contabilidad-. ARTÍCULO 8°. CRÉDITOS ADICIONALES. La viabilidad presupuestal de la Administración Central para abrir los créditos adicionales al Presupuesto, será certificada por el Director Distrital de Presupuesto. En los Establecimientos Públicos dicha certificación será expedida por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces. ARTÍCULO 9º. APORTES DE CAPITAL DEL DISTRITO. Las transferencias de recursos que efectúe la Administración Central a favor de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital o a Sociedades de Economía Mixta y Sociedades por Acciones asimiladas a las anteriores, se constituirán en aportes patrimoniales de Bogotá D.C. Las apropiaciones del Presupuesto Anual del Distrito proyectadas para efectuar aportes patrimoniales a las mencionadas entidades, que no hayan sido legalizados a 31 de diciembre de 2005, podrán ser liberadas por el Distrito. Las capitalizaciones en especie que realice el Distrito Capital en sus entidades, que no impliquen erogaciones en dinero no requerirán operación presupuestal alguna, sin perjuicio de los registros contables correspondientes. ARTÍCULO 10º. SUBSIDIOS. Cuando el Distrito Capital otorgue subsidios, éstos serán transferidos a la entidad que se le asigne tal función. Tales recursos se incorporarán en la entidad receptora, en el Presupuesto de Ingresos como Transferencias y en el Presupuesto de Gastos como inversión indirecta. En la contabilidad patrimonial se reconocerán como operaciones por cuenta de terceros. ARTÍCULO 11º. RENTAS ESPECÍFICAS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual y General que tengan financiadas sus apropiaciones con fuentes del Sistema General de Participaciones, el Fondo Nacional de Regalías, explotación de canteras, donaciones y créditos de la Banca Multilateral, deben efectuar un control presupuestal, contable y de tesorería diferente a las demás fuentes de financiación que respaldan el presupuesto. De igual manera, dicho control se efectuará sobre los recursos destinados al pago de obligaciones pensiónales. ARTÍCULO 12º. INEMBARGABILIDAD DE RECURSOS PÚBLICOS. El servidor público que reciba una orden de embargo de los recursos incorporados en el Presupuesto Anual del Distrito Capital, está obligado a solicitar la constancia sobre la naturaleza y origen de dichos recursos a la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto-, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la respectiva orden. ARTÍCULO 13º. RENDIMIENTOS. Los rendimientos financieros originados con recursos del Distrito por parte de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, directamente o a través de negocios fiduciarios, son del Distrito y deben ser consignados en la Dirección Distrital de Tesorería dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su liquidación. PARÁGRAFO.- Los rendimientos financieros que generen los patrimonios de pensiones y cesantías, acrecentarán los recursos del mismo para atender los pagos y/o la constitución de reservas para el saneamiento del pasivo, y no deberán ser consignados en la Dirección Distrital de Tesorería. Dichos recursos solo se registrarán en la contabilidad financiera del Distrito Capital. Para todos los efectos, solo serán presupuestados cuando se requieran para atender los pagos de prestaciones económicas a cargo del Distrito Capital. ARTÍCULO 14º. FONDOS CUENTA. Los Fondos cuenta sin personería jurídica deben crearse mediante Acuerdo del Concejo Distrital y estarán sujetos a las normas y procedimientos establecidos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el presente Acuerdo y las demás normas que lo reglamenten. CAPÍTULO III LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO ARTÍCULO 15º. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. El Gobierno Distrital deberá expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto mediante el cual se detallen y clasifiquen los ingresos y los gastos, así como la definición de los últimos y adopte las medidas necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. La Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital del Presupuesto - de oficio o a petición del Jefe del órgano o entidad respectiva, efectuará mediante resolución, las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de trascripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación que figuren en el Decreto de Liquidación y sus modificatorios para la vigencia 2005. ARTÍCULO 16°. PLAN DE CUENTAS. El Plan de Cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría de Hacienda . Dirección Distrital de Presupuesto se entenderá incorporado en el Presupuesto de los órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital. Los Planes de Cuentas Presupuéstales de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Ente Autónomo Universitario, Empresas Sociales del Estado y Fondos de Desarrollo Local, antes de ser modificados o incorporados a sus presupuestos, requerirán concepto de la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto - ARTÍCULO 17º. REFLEJO PRESUPUESTAL. Cuando se expidan actos administrativos mediante los cuales se efectúen distribuciones de apropiaciones, incluido el Decreto de Liquidación del Presupuesto, que afecten el Presupuesto de una entidad que haga parte del Presupuesto Anual o General del Distrito, estos actos servirán de base para realizar los ajustes correspondientes tanto en la entidad que distribuye como en la entidad receptora. CAPÍTULO IV VIABILIDAD PRESUPUESTAL ARTÍCULO 18º. MODIFICACION PLANTAS DE PERSONAL. Las modificaciones a las plantas de personal de las entidades que conforman Presupuesto Anual del Distrito, incluido el Ente Autónomo Universitario, requerirán certificación de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto- y del concepto previo de viabilidad técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil, con observancia de lo establecido en el artículo 75 de la Ley 617 de 2000 y previo el cumplimiento de los procedimientos y requisitos establecidos para tal fin. PARÁGRAFO 1°. Las juntas, consejos directivos y consejos superiores de los establecimientos públicos del orden distrital y del Ente Autónomo Universitario, no podrán autorizar modificaciones a las plantas de personal ni incrementar asignaciones salariales y prestacionales, sin el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la aprobación previa del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Se exceptúa de este requisito el incremento salarial que determine el Gobierno Distrital para la vigencia fiscal 2005. PARÁGRAFO 2°. Las modificaciones de plantas de personal que impliquen aumento en los gastos de funcionamiento de las Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, deberán contar con concepto previo y favorable de la Dirección Distrital de Presupuesto, antes de su aprobación por parte de las Juntas Directivas. Para esta solicitud se deberá anexar los documentos que establezca Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto-, así como la certificación que respalde los mayores ingresos y/o traslados presupuéstales al interior de sus gastos con los cuales la entidad atenderá dichas modificaciones de planta de personal. ARTÍCULO 19º. RECONOCIMIENTO POR COORDINACIÓN. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito que reconozcan a sus funcionarios el reconocimiento por coordinación establecido en el Acuerdo 92 de 2003, deberán obtener concepto previo de viabilidad presupuestal de la Secretaría de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto- y de la viabilidad técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil, anexando los documentos que para tal fin se establezcan. ARTÍCULO 20º. ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS. Cuando las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito, los Fondos de Desarrollo Local y el Ente Autónomo Universitario, necesiten adquirir vehículos u otros medios de transporte, para el desarrollo de las funciones legalmente establecidas deberán obtener concepto de viabilidad presupuestal de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - previo el cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin. ARTÍCULO 21º. VINCULACION DE PERSONAL Y RECONOCIMIENTO DE PRIMA TÉCNICA. Para el nombramiento de personal en cargos vacantes y el reconocimiento de la prima técnica, el responsable de presupuesto expedirá previamente una certificación en la que conste que existe saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso. ARTÍCULO 22º. VINCULACION DE PERSONAL SUPERNUMERARIO. La vinculación de supernumerarios o empleados de carácter temporal o transitorio, requiere de certificado de disponibilidad presupuestal previo y se podrá efectuar para suplir las vacancias temporales de los empleados públicos en caso de licencia o de vacaciones y para cumplir actividades de carácter transitorio. Para tal efecto, la Secretaría de Hacienda .Dirección Distrital de Presupuesto- expedirá concepto de viabilidad presupuestal previo el concepto del Departamento Administrativo del Servicio Civil. CAPÍTULO V DE LA EJECUCIÓN DE GASTOS ARTÍCULO 23º. PROGRAMACIÓN DE PAGOS. El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) debe estar en concordancia con los ingresos disponibles para poder efectuar los pagos de la Administración Distrital. En consecuencia, los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital y Fondos de Desarrollo Local, sólo podrán efectuar pagos hasta el monto autorizado en el respectivo PAC. El PAC será exigible respecto a los gastos incorporados en el Presupuesto Anual del Distrito Capital de la vigencia 2005, como también a las reservas presupuéstales y las cuentas por pagar. ARTÍCULO 24º. PAGOS PRIORITARIOS. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito Capital, deberán cumplir prioritariamente con la atención de los sueldos de personal, prestaciones sociales, servicios públicos domiciliarios, seguros, dotaciones de ley, sentencias, laudos, pensiones, cesantías y transferencias asociadas a la nómina. ARTÍCULO 25°. BIENESTAR Y CAPACITACION. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar social no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniarios ocasionales que la ley no haya establecido para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios directos, en dinero o en especie. ARTÍCULO 26º. COMPROMISOS ACCESORIOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios. Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal, que sean afectadas con los compromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos. PARÁGRAFO. Las adiciones, reajustes, revisión de valores y reconocimientos a los contratos se efectuarán afectando presupuestalmente el mismo rubro o proyecto que le dio origen al contrato principal. ARTÍCULO 27º. IMPUTACION DE DECISIONES JUDICIALES. El pago de providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbitrales y tutelas, se atenderá con los recursos presupuéstales de cada entidad y del ente autónomo universitario. Para tal efecto, se podrán hacer los traslados presupuéstales requeridos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Así mismo, se podrán pagar los gastos accesorios o administrativos que se generen como consecuencia del fallo de las providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbitrales y tutelas. Los gastos que se originen dentro de los procesos correspondientes serán atendidos con cargo a los rubros definidos en el Plan de Cuentas. Cuando las decisiones anteriormente señaladas se originen como consecuencia de la ejecución de proyectos de inversión u obligaciones pensiónales, la disponibilidad presupuestal se expedirá por el mismo rubro o proyecto que originó la obligación principal. Las demás decisiones judiciales se atenderán por el rubro de sentencias judiciales de gastos de funcionamiento. PARÁGRAFO. Las sentencias judiciales, conciliaciones, transacciones y obligaciones originadas en procesos contractuales que superen el monto de la apropiación disponible, podrá cancelarse con títulos de deuda pública. ARTÍCULO 28º. DESTINACIÓN DE RECURSOS DE LOS FONDOS DE DESARROLLO LOCAL. Los ingresos que corresponden a los Fondos de Desarrollo Local, obtenidos por el recaudo de la sobretasa a la gasolina de conformidad con la participación a que se refiere el artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993, deberán ser invertidos por éstos en los programas de accesos a barrios y/o pavimentos locales en cumplimiento al Acuerdo 23 de 1997 modificado por el Acuerdo 42 de 1999. ARTÍCULO 29º. PROYECTOS DE INVERSIÓN LOCAL. Para la ejecución de los proyectos de inversión local registrados y viabilizados en el Banco Local de programas y proyectos, se requiere del concepto previo y favorable de viabilidad técnica expedido por la Oficina de Planeación Local y de la respectiva UEL sectorial, o quién haga sus veces. En el evento en que sea necesaria una modificación en el transcurso de la anualidad, se requerirán los mismos conceptos. ARTÍCULO 30º. RECURSOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL LOCAL. Las adiciones presupuéstales de los Fondos de Desarrollo Local deberán contar con concepto previo y favorable del CONFIS o quien este delegue y aprobación de la Junta Administradora Local, salvo las originadas por recursos de cooperación internacional que deberán incorporarse al mismo como donaciones de capital, por decreto del Alcalde Local previa certificación de su recaudo del responsable de presupuesto o quien haga sus veces. Cuando se trate de adición de recursos provenientes de convenios interadministrativos, diferentes a los de cooperación internacional, y los recursos no se encuentren en caja, dicho acto administrativo servirá de base para efectuar la correspondiente adición, previo cumplimiento de las autorizaciones correspondientes. ARTÍCULO 31º. IMPUTACIÓN Y PAGO DE OBLIGACIONES PERIÓDICAS. Las obligaciones por concepto de servicios médicos-asistenciales, así como las obligaciones pensiónales, servicios públicos domiciliarios, seguros, comunicaciones, transporte, obligaciones de previsión social y las contribuciones inherentes a la nómina causadas en el último trimestre de 2004, se podrán imputar y pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal del 2005. La prima de vacaciones, cesantías e impuestos podrán ser canceladas con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de causación. Para los funcionarios de las entidades que conforman el Presupuesto Anual, incluido el Ente Autónomo Universitario. ARTÍCULO 32º. CRUCE DE CUENTAS. Con el fin de promover el saneamiento económico, financiero y contable de todo orden, se autoriza al Gobierno Distrital y sus entidades descentralizadas para efectuar cruce de cuentas sobre las deudas que recíprocamente tengan. Para tal efecto, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto- podrá descontar la suma correspondiente a dichas obligaciones de las transferencias que se giren por cualquier concepto a las respectivas entidades. Igualmente podrá realizarse cruce de cuentas con la Nación, sus entidades descentralizadas y otras entidades territoriales, sobre las obligaciones que recíprocamente tengan. En ambos casos debe existir previo acuerdo escrito acerca de las condiciones y términos del cruce de cuentas. Estas operaciones deberán reflejarse en el Presupuesto, conservando, únicamente la destinación para la cual fueron programadas las apropiaciones respectivas. PARÁGRAFO.- Para las obligaciones de origen legal que tengan el Distrito y sus entidades descentralizadas con otros órganos públicos deben tenerse en cuenta las transferencias, salvo las de destinación específica y aportes que a cualquier título las primeras hayan efectuado a las últimas en cualquier vigencia fiscal. Si queda algún saldo en contra del Distrito, éste podrá sufragarlo a través de títulos de deuda pública sin que implique operación presupuestal alguna. Cuando se reúnan las calidades de acreedor y deudor en una misma entidad, como consecuencia de un proceso de liquidación de entidades del orden distrital, se compensarán las cuentas automáticamente sin operación presupuestal alguna. ARTÍCULO 33º. VINCULACION A ORGANISMOS. Ningún órgano o entidad que haga parte del Presupuesto Anual podrá contraer compromisos a nombre de Bogotá D.C., que impliquen el pago de cuotas o emolumentos a organismos nacionales e internacionales con cargo al Presupuesto Anual del Distrito, sin previo Acuerdo aprobatorio del Concejo Distrital. ARTÍCULO 34º. EJECUCION PRESUPUESTAL DE LOS PATRIMONIOS AUTÓNOMOS. Con la transferencia de dineros a los Patrimonios Autónomos constituidos por el Distrito Capital, responsables del manejo de los recursos públicos, se entenderá ejecutada la apropiación presupuestal. Los bonos pensiónales deberán presupuestarse para efectos de su redención. ARTÍCULO 35º. DISTRIBUCIONES AL INTERIOR DEL PLAN DE CUENTAS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, podrán realizar distribuciones al interior del mismo rubro del Plan de Cuentas del presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación y cuantía, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda . Dirección Distrital de Presupuesto-. En el caso de los establecimientos públicos estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Las distribuciones al interior de estas subcuentas que no varíen el monto total del rubro, no requerirán de concepto de viabilidad presupuestal de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. PARÁGRAFO: Copia del acto administrativo deberá ser enviado a la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición del mismo. ARTÍCULO 36º. APLICACIÓN TRANSITORIA DE RECURSOS. En virtud del principio de Unidad de Caja, salvo las excepciones de ley, los establecimientos públicos podrán pagar con sus ingresos propios obligaciones financiadas con recursos del Distrito o la Nación, mientras se reciban las respectivas transferencias. Esta medida también la podrá aplicar la Administración Central respecto de las obligaciones financiadas con recursos de la Nación, siempre y cuando no se trate de recursos provenientes de la Nación que exijan un manejo financiero, contable y presupuestal especial; y por lo tanto, no hagan parte de la unidad de caja en el Tesoro Distrital. CAPÍTULO VI DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR ARTÍCULO 37º. DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES. Las reservas presupuéstales correspondientes a la vigencia fiscal de 2004, que constituyan las entidades que conforman el Presupuesto Anual y el Ente Autónomo Universitario que no hubieran sido ejecutadas a 31 de diciembre del 2005, fenecerán sin excepción. En consecuencia, los funcionarios responsables de los respectivos órganos o entidades, reintegrarán los dineros transferidos por la Administración Central, a la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería -. Antes del 16 de febrero del año 2006, incluido el servicio de la deuda. ARTÍCULO 38º. REPORTE DE RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR. Los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito, y el Ente Autónomo Universitario deberán reportar a la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - Dirección Distrital de Tesorería - en la fecha que para el efecto se determine las reservas presupuéstales y las cuentas por pagar constituidas a 31 de diciembre de 2004, originadas en obligaciones legalmente adquiridas. Las primeras, serán constituidas por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, y las segundas por el ordenador del gasto y el tesorero de cada órgano. En casos excepcionales, se podrán efectuar las correcciones sobre la constitución de reservas presupuéstales y/o cuentas por pagar, mediante acta debidamente certificada por la respectiva entidad, a más tardar el 16 de febrero de 2005 únicamente respecto de la información suministrada a la Secretaría de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto-. Los referidos casos excepcionales serán calificados por el representante legal del órgano o entidad según el caso y deben contar con el visto bueno de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - Dirección Distrital de Tesorería -, según corresponda. CAPÍTULO VII OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO ARTÍCULO 39º. CUPO DE ENDEUDAMIENTO. Todas las operaciones de crédito público que realicen las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, y el Ente Autónomo Universitario, deberán respetar el cupo de endeudamiento autorizado por el Concejo Distrital y la normatividad distrital y nacional sobre la materia; contar con el concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda Distrital - Dirección Distrital de Crédito Público - y con la autorización del CONFIS. ARTICULO 40°. SERVICIO DE LA DEUDA. Los gastos que sean necesarios para la administración, consecución y servicio de las operaciones de crédito público, las asimiladas a ellas, las propias del manejo de la deuda, las operaciones conexas y las demás relacionadas con las operaciones de crédito, se pagarán con cargo a las apropiaciones del servicio de la deuda. ARTÍCULO 41º. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS DE SERVICIO DE LA DEUDA. Cuando la apropiación presupuestal para el servicio de la deuda pública cuente con disponibilidad de recursos suficientes, podrán atenderse compromisos de vigencias siguientes y realizar otras operaciones de crédito público con cargo al presupuesto de la vigencia. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES VARIAS ARTÍCULO 42º. DEVOLUCIONES Y/O COMPENSACIONES TRIBUTARIAS. Una vez surtido el proceso jurídico tributario o administrativo, las devoluciones y/o compensaciones de los saldos a favor que se reconozcan de los tributos u otros ingresos del Presupuesto del Distrito Capital, originados en las declaraciones tributarias, pagos en exceso o de lo no debido, se registrarán como un menor valor del recaudo en el período en que se pague o abone en cuenta. ARTÍCULO 43°. CAJAS MENORES. La Secretaría de Hacienda expedirá las disposiciones que regirán la constitución y funcionamiento de las cajas menores, cuando fuere necesario. ARTÍCULO 44º. INFORME DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL. La Administración Central, los Establecimientos Públicos, el Ente Autónomo Universitario, las Empresas Sociales del Estado, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y los Fondos de Desarrollo Local, enviarán a la Comisión Tercera Permanente de Presupuesto del Concejo de Bogotá y al Sistema Distrital de Información, la información de la ejecución presupuestal dentro de los quince primeros días (15) de cada mes. ARTÍCULO 45º. AJUSTE PRESUPUESTAL. El presupuesto de la vigencia 2005 contiene el ajuste de reservas presupuéstales dispuesto en el artículo 8 de la Ley 819 de 2003. En consecuencia, para dicho año se cumple con lo establecido en la mencionada norma. ARTÍCULO 46º. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero del 2005. NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1 Conformado por las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos, la Contraloría Distrital y el Ente Autónomo Universitario. 2 La situación presupuestal se obtiene de restarle al recaudo acumulado de ingresos a 31 de diciembre, el total acumulado de los compromisos. Este total acumulado de compromisos está conformado por los giros acumulados más el saldo comprometido aún no girado, el cual se registra como ejecutado pues corresponde a aquellos contratos que respaldan obligaciones pero cuyos bienes o servicios no han sido entregados y que por tanto no pueden ser cancelados por la Administración hasta tanto se reciban a satisfacción. 3 "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros". 4 Incluye Organismo de Control y Ente Autónomo Universitario 5 Corresponde a la inversión directa más la inversión realizada por los Fondos de Desarrollo Local y las transferencias para la CAR (descontaminación del Río Bogotá). 6 Incluye Contraloría Distrital y Universidad Distrital. 7 A abril 13 de 2004 se anularon $9.428 millones. 8 Originado en déficit acumulados de vigencias anteriores. 9 En términos reales los ingresos tributarios están creciendo a una tasa de 11.7%. 10 Son los recursos que la Nación transfiere al Distrito en cumplimiento de la Ley 715 de 2001, para la atención de los servicios de Educación y Salud principalmente. 11 Bajo las disposiciones del Acuerdo 6 de 1990 los tipos de conservación que gozaban de la exención en materia del impuesto predial unificado eran: (i) Los Predios declarados de conservación histórica en las categorías A (Monumentos nacionales) y B (Conservación arquitectónica), es decir, los previstos en el Decreto Distrital 678 de 1994, y (ii) Los de conservación arquitectónica, contemplados en los Decretos Distritales 215 de 1997, 1144 de 1997 y 091 de 1999. 12 El cálculo incluye incluso una eventual contribución de valorización. 13 Se contó con información del Departamento Administrativo de Catastro Distrital 14 El universo de predios exentos y excluidos es parcial y se encuentra en construcción. 15 Con corte a junio de 2004 16 La metodología de bases gravables de los impuestos simula la estructura de los campos de liquidación de cada impuesto con supuestos para cada uno de estos campos. En general se modela la base gravable de cada impuesto, el impuesto a cargo, descuentos, intereses de mora, sanciones, valor a pagar y total a pagar. 17 En este impuesto se tomó el TP, total a pagar, de las declaraciones con pago oportuno según reporte del 10 de agosto del 2004 de la base tributaria con que cuenta la Secretaría de Hacienda. 18 El recaudo vegetativo de un año gravable dado corresponde el impuesto pagado por contribuyentes de manera oportuna, es decir, dentro de los plazos autorizados por la Secretaría de Hacienda Distrital para cada vigencia fiscal. Por su parte, el recaudo no vegetativo corresponde al impuesto pagado de manera inoportuna. A pesar de que los contribuyentes inoportunos de todas las vigencias conforman el universo potencial que enmarca los programas de fiscalización y cobro, es importante aclarar que no todo el recaudo de los contribuyentes inoportunos es atribuible de manera directa los programas que ejecuta la DDI. Así, el recaudo no vegetativo tiene tres componentes: el impacto directo de la gestión realizada por la administración; el efecto multiplicador que genera la gestión de la administración, y un inercial, ambos generados por el riesgo subjetivo que se induce en el contribuyente mediante todas las medidas de la administración. 19 Índice de Valorización Inmobiliaria Urbano Rural. 20 En este impuesto se tomó el Total a Pagar TP, de las declaraciones con pago oportuno según reporte del 10 de agosto del 2004 de la base tributaria con que cuenta la Secretaría de Hacienda. 21 Se supone que el Ministerio de Transporte continuará con su política de reducción del diferencial entre el avaluó comercial establecido en las tablas de valoración de vehículos del Ministerio y el valor de mercado de los vehículos aunque en menor medida que años anteriores pues este diferencial se redujo en el 2003 y 2004. Al respecto la Secretaría de Hacienda Distrital realizará todas las labores necesarias para que el Gobierno Nacional continúe con esta política de acercamiento de bases gravables al valor comercial. 22 El dato de cantidades físicas del 2004 se obtuvo a partir de la meta estimada de recaudo para este año. 23 Ley 693 de 2001 "por la cual se dictan normas sobre el uso de alcoholes carburantes, se crean estímulos para su producción, comercialización y consumo, y se dictan otras disposiciones" 24 Artículo 7 de la Resolución 180687 de junio 17 de 2003 del Ministerio de Minas y Energía |