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Proyecto de Acuerdo 226 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/10/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/10/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO N° DE 2004

PROYECTO DE ACUERDO N° 226 DE 2004

Ver Acuerdo Distrital 194 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 2º Y 3º DEL

ACUERDO 25 DE 1998"

EL CONCEJO DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y,

CONSIDERANDO

Que el Acuerdo 28 de 2001 "por el cual se modifica la estructura del Concejo de Bogotá D.C., se asignan funciones a sus dependencias..." en su artículo cuarto estableció tres (3) Comisiones Permanentes así: Primera del Plan, Segunda de Gobierno y Tercera de Presupuesto, cuyas funciones son las contenidas en el Reglamento Interno, Acuerdo 95 de 2003 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.

Que el Acuerdo 29 de 2001 "Por el cual se modifica la planta de personal del Concejo de Bogotá D.C..." en su artículo segundo incluyó dentro del nivel directivo de la planta global de empleos, tres (3) Subsecretarios de Despacho Código 045, Grado Salarial 01, para cada una de las tres (3) Comisiones Permanentes.

Que la Resolución Nº 000276 de 2001 expedida por la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, actual Manual Específico de Funciones y Requisitos, exigió para los cargos de Subsecretario de Despacho 045-01 con nomenclatura funcional de Secretario de Comisión Permanente, los requisitos de educación y experiencia, teniendo en cuenta el perfil y responsabilidad necesarios para el cumplimiento de las funciones de las comisiones permanentes.

Que el Acuerdo 25 de 1998 adoptó los grados de asignación básica mensual para los diferentes niveles jerárquicos del Concejo de Bogotá y en sus artículos segundo y tercero incluyó en el nivel directivo, la nomenclatura administrativa Subsecretario de Despacho Código 045, Grado Salarial 01, que para la vigencia 2004 tiene una asignación básica mensual de $2.531.773,oo, la cual no concuerda con la complejidad de las funciones y el nivel de responsabilidad misional de estos empleos en la Corporación.

Que se hace necesario modificar los artículos 2º y 3º del Acuerdo 25 de 1998, en el sentido de asignar a los tres (3) empleos denominados Subsecretario de Despacho Código 045 del Concejo de Bogotá, la asignación básica de $ 3.568.719,00, correspondiente al grado 04 de la escala salarial del Nivel Directivo del Sector Central de la Administración Distrital, asignación que corresponde a los cargos de Subsecretario de Despacho y Subdirector de Departamento de las Secretarías y Departamentos Administrativos respectivamente.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió el concepto técnico favorable 04147 del 26 de octubre de 2004 y la Secretaría de Hacienda Distrital expidió la certificación de viabilidad presupuestal No.851 del 29 de 0ctubre de 2004 para esta modificación, con cargo al presupuesto del Concejo de Bogotá.

ACUERDA

Artículo 1°. Modificar en lo pertinente, los Artículos 2º y 3º del Acuerdo 25 del 29 de diciembre de 1998, en el sentido de asignar al grado salarial 01 del Nivel Directivo del Concejo de Bogotá la asignación básica mensual de $3.568.719,oo correspondiente al año 2004.

Parágrafo. La asignación básica mensual señalada en este artículo regirá a partir del 1 de enero de 2005, la cual deberá ser actualizada de conformidad con el incremento salarial fijado por el Alcalde Mayor, teniendo en cuenta los límites máximos establecidos por el Gobierno Nacional.

Artículo 2º. Los gastos que ocasione el presente Acuerdo serán con cargo al Presupuesto del Concejo de Bogotá

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los días de del año 2004

BRUNO ALBERTO DÍAZ OBREGÓN

CARLOS ALBERTO SAAVEDRA WALTERO

Presidente

Secretario General

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

PROYECTO DE ACUERDO N° DE 2004

"POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 2º y 3 DEL

ACUERDO 25 de 1998"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Inspirados en los principios mínimos fundamentales del trabajo y del derecho a la igualdad, principalmente la proporcionalidad a la cantidad y calidad de trabajo, se presenta esta iniciativa a consideración de los honorables concejales de la ciudad.

Una vez revisada la escala salarial de los cargos de Subsecretario de Despacho 045-01 y Secretario de Despacho 020-02, de la planta global de cargos del Concejo de Bogotá, establecidos en el Acuerdo 29 del 15 de junio de 2001, se encuentra que los primeros conforme el artículo 2º del Acuerdo 25 de 1998, tienen para la vigencia 2004, una asignación básica mensual de $2.531.773,oo y $4.013.304,oo para el segundo, constituyendo una gran diferencia frente a los requisitos de educación y experiencia solicitados, las funciones asignadas y las responsabilidades exigidas, a la luz del Acuerdo 95 de 2003, Reglamento Interno de la Corporación, en armonía con la Resolución No.00276 de 2001, Manual Específico de Funciones y Requisitos.

Así mismo, se presenta una diferencia representativa entre la asignación básica de los subsecretarios de despacho, que como se indicó es de $2.531.773.oo, en relación con cargos del nivel asesor código 105 de las unidades de apoyo normativo, específicamente para los grados salariales 06 y 05, los cuales devengan una asignación básica mensual de $3.568.718,oo, y $3.162.682.oo para el año 2004, respectivamente; sin tener en cuenta que los cargos de subsecretario de despacho tienen a su cargo manejo de personal.

Por otra parte, es importante resaltar que los 13 cargos de Subsecretario de Despacho contemplados en la planta global de la Administración Central, también tienen una asignación básica muy superior a la de los Subsecretarios de Despacho del Concejo, toda vez de los 13 cargos, 4 tienen asignación mensual de $3.568.719.oo. y de $3.568. 721,oo para los 9 restantes.

En relación con la descripción de funciones de los Subsecretarios de las comisiones permanentes, establecidas en el Acuerdo 095 de 2003, se destacan las de garantizar el buen funcionamiento de los asuntos de la Secretaria a su cargo, dirigidos todos al cumplimiento de la atribución misional normativa y de control político en cabeza del Concejo de Bogotá y ejercida por todos y cada uno de los concejales de la ciudad; debiendo para ello convocar a sesiones por instrucción de los respectivos Presidentes; asesorar y asistir a la mesa directiva de la comisión en los temas pertinentes; responder los requerimientos formulados por los organismos de control y vigilancia sobre los asuntos de competencia de la comisión; certificar la asistencia de los concejales a las sesiones, los resultados de las votaciones durante las mismas y los demás hechos obrantes en los documentos archivados; preparar los informes de gestión y los planes de acción; elaborar las actas suscintas para aprobación y el resumen ejecutivo con destino a los organismos de control y funcionarios citados, entre otras, las cuales se asemejan en su mayoría a las del Secretario General del Concejo de Bogotá, en quien reposa de manera exclusiva la dirección de los Anales del Concejo.

Para ajustar los requisitos de experiencia y formación académica, el grado de responsabilidad y complejidad de funciones a la remuneración percibida por los tres (3) Subsecretarios de Despacho Código 045 del nivel directivo de la Corporación de las Comisiones Permanentes del Concejo de Bogotá, y en últimas preservar condiciones de equidad real y efectiva, se requiere modificar los Artículos 2º y 3º del Acuerdo 25 del 29 de diciembre de 1998, en el sentido de asignarle el grado salarial 01 del Nivel Directivo, la asignación básica mensual de $3.568.719,oo., que responde a las exigencias del cargo de Subsecretario de Despacho de las comisiones permanentes del Concejo de Bogotá.

Recordemos que en el ámbito laboral, es el artículo 53 de la Constitución Política el que incluye el principio de la igualdad al establecer la remuneración proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, el cual según la Corte Constitucional es un derecho que tiene por fundamentación la dignidad de la persona humana, su núcleo es incondicional e inalterable (sentencia T- 047 de febrero 14 de 1995 Magistrado Ponente Vladimiro Naranjo Mesa).

En conclusión, se busca hacer realidad el sentido de proporcionalidad en la remuneración laboral, la cual se materializa en una asignación básica mensual justa para los tres (3) cargos de Subsecretarios de Despacho, frente al grado de responsabilidad y requisitos del empleo.

Con relación al costo de la modificación propuesta, el incremento mensual de la asignación básica para cada cargo es la suma de $1.036.946,oo a pesos de 2004. El incremento propuesto surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2005 incluyendo el ajuste que se autorice para este año.

Por todo lo anterior, consideramos que la modificación propuesta es pertinente, por lo que se solicita el respaldo de la iniciativa.

Cordialmente,

JOSE JUAN RODRÍGUEZ RICO

GERMÁN GARCÍA ZACIPA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

SAMUEL ARRIETA BUELVAS

Concejal de Bogotá

Doctor

HECTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario de Hacienda Distrital (e)

Ciudad.

Respetado Señor Secretario:

Con el fin de dar trámite al Proyecto de Acuerdo "POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 2º DEL ACUERDO 25 de 1998", en el sentido de asignar a los tres (3) cargos de Subsecretario de Despacho código 045, el grado 04 del nivel directivo de la escala salarial del Concejo de Bogotá, con una asignación básica mensual de $3.568.719,oo para la vigencia 2004; atentamente me permito solicitarle la expedición de la viabilidad presupuestal y/o aval del administración según corresponda.

Es de agregar que el doctor HECTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ, Director Distrital de Presupuesto, el 20 de noviembre de 2003, remitió al Presidente de la Corporación para la época, el certificado de viabilidad presupuestal No. 001346, sobre la citada modificación (anexo copia en 4 folios). Así mismo, la doctora NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA, Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil emitió el concepto técnico DIR 07509 del 12 de septiembre de 2004, frente al cual se ha solicitado en la fecha su ratificación (adjunto copia en 2 folios).

Finalmente, me permito enviar el cuadro con el costo de la propuesta de la modificación de la planta administrativa, frente a su asignación presupuestal 2004.

Cordialmente,

BRUNO ALBERTO DIAZ OBREGÓN

Presidente

Bogotá D.C. Octubre 13 del 2.004

Doctora

MIRTHA PATRICIA VEJARANO

Directora

Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

Ciudad.

Respetada Señora Directora:

Con el fin de dar trámite al Proyecto de Acuerdo "POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 2º DEL ACUERDO 25 de 1998", en el sentido de asignar a los tres (3) cargos de Subsecretario de Despacho código 045, el grado 04 del nivel directivo de la escala salarial del Concejo de Bogotá, con una asignación básica mensual de $3.568.719,oo para la vigencia 2004; atentamente me permito solicitarle la ratificación del concepto técnico DIR 07509 del 12 de septiembre de 2004, del cual adjunto copia en 2 folios.

Es de agregar que el doctor HECTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ, Director Distrital de Presupuesto, el 20 de noviembre de 2003, remitió al Presidente de la Corporación para la época, el certificado de viabilidad presupuestal No. 001346, sobre la citada modificación (anexo copia en 4 folios).

Finalmente, me permito enviar el cuadro del costo de la propuesta de la modificación de la planta administrativa, frente a su asignación presupuestal 2004.

Cordialmente,

BRUNO ALBERTO DIAZ OBREGÓN

Presidente

Bogotá D. C., 29 de octubre de 2004

Doctor

CARLOS ALBERTO SAAVEDRA WALTERO

Secretario General

Concejo de Bogotá D.C.

Respetado doctor Saavedra:

Atentamente nos permitimos remitir para el trámite respectivo, el proyecto de acuerdo "POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 2º y 3 DEL ACUERDO 25 de 1998", autoría de los honorables concejales Presidentes de las tres Comisiones Permanentes del Plan, Gobierno y Presupuesto del Concejo de Bogotá.

Adjuntamos escrito original, junto con el concepto técnico y la viabilidad presupuestal en ___ folios, copia y medio magnético.

Cordialmente,