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Resolución 739 de 2023 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/12/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/12/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7887 de 20 de diciembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 739 DE 2023

 

(Diciembre 18)

 

“Por la cual se adopta la metodología para implementar, adoptar y aplicar el “Protocolo de Gestión Documental de los Archivos referidos a las graves y manifiestas violaciones a los Derechos Humanos, e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, ocurridas con ocasión del Conflicto Armado Interno” en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones”

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 16 de la Ley 594 de 2000 y en el numeral 7 del artículo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política, dispone que “[l]a función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

 

Que, la Ley 594 de 2000 denominada “Ley General de Archivos” estableció reglas y principios generales que regulan la función archivística del Estado. Que el artículo 16 de la Ley en mención, indica que los secretarios generales o los funcionarios administrativos de igual o superior jerarquía, pertenecientes a las entidades públicas, a cuya carga estén los archivos públicos, tendrán la obligación de velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo.

 

Que la Ley 1448 de 2011 en su artículo 143 dispone que “[e]/ deber de Memoria del Estado se traduce en propiciar las garantías y condiciones necesarias para que la sociedad, a través de sus diferentes expresiones tales como víctimas, academia, centros de pensamiento, organizaciones sociales, organizaciones de víctimas y de derechos humanos, así como los organismos del estado que cuenten con competencia, autonomía y recursos, puedan avanzar en ejercicios de reconstrucción de memoria como aporte a la realización del derecho a la verdad del que son titulares las víctimas y la sociedad en su conjunto”.

 

Que el artículo 144, ibídem, sobre los archivos sobre violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, determina que le corresponde al Centro de Memoria Histórica — CMH diseñar e implementar el Programa de Derechos Humanos y Memoria Histórica.

 

Que el artículo 159, ibídem, creó el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), el cuál está constituido por el conjunto de entidades públicas de nivel gubernamental y estatal en el orden nacional y territorial.

 

Que en este sentido, el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo 491 de 2012, mediante el cual se creó el Sistema Distrital de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SDARIV), conformado por el conjunto de entidades públicas del nivel distrital y nacional y demás organizaciones públicas y privadas encargadas de formular o ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención, asistencia y reparación integral de las víctimas en Bogotá.

 

Que mediante el Decreto Distrital 083 de 2012, se creó el Comité Distrital de Justicia Transicional para Bogotá, D.C., como máxima instancia de articulación y coordinación con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), el cual fue actualizado mediante Decreto Distrital 339 de 2020.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. hace parte del conjunto de entidades del distrito que conforman el Sistema Distrital de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SDARIV).

 

Que el artículo 2.2.7.6.20 del Decreto 1084 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación” sobre los componentes del Programa de Derechos Humanos y Memoria Histórica, en su numeral 4, establece que:

 

“Protocolo de política archivística en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. El Centro de Memoria Histórica en articulación con el Archivo General de la Nación diseñará, creará e implementará prioritariamente un protocolo de gestión documental de los archivos referidos a las graves y manifiestas violaciones de Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario ocurridas con ocasión del conflicto armado interno de las que trata la Ley 1448 de 2011 que será de obligatoria adopción y cumplimiento por parte de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas, la administración pública en sus diferentes niveles, las entidades privadas que cumplen funciones públicas y los demás organismos regulados por la Ley 594 de 2000. (…)”

 

Que, bajo el marco normativo anteriormente expuesto, el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado — AGN y el Centro Nacional de Memoria Histórica — CNMH, expidieron de manera conjunta, mediante la Resolución 031 de 2017, el Protocolo de gestión documental de los archivos referidos a las graves y manifiestas violaciones a los Derechos Humanos, e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, Ocurridas con Ocasión del Conflicto Armado Interno.

 

Que, con base en las anteriores consideraciones, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Gestión Documental diseñó la metodología para implementar, adoptar y aplicar el “Protocolo de Gestión Documental de los Archivos referidos a las graves y manifiestas violaciones a los Derechos Humanos, e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, ocurridas con ocasión al Conflicto Armado Interno”, la cual fue aprobada mediante Acta No. 07 del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, con fecha 22 de agosto de 2023.

 

Que con fundamento en lo anterior, se encuentra procedente adoptar dicha metodología con la finalidad de establecer las acciones técnicas y administrativas para la identificación, valoración, protección, preservación, acceso y difusión de los archivos de derechos humanos, memoria histórica y conflicto armado, producidos y/o custodiados por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en concordancia con los lineamientos señalados en el protocolo de gestión documental Versión II del Archivo General de la Nación en articulación con el Centro Nacional de Memoria Histórica y la normatividad vigente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1°-: Adoptar, como documento base para la identificación, valoración, protección, preservación, el acceso y difusión de los archivos de derechos humanos, memoria histórica y conflicto armado, producidos por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la “Metodología para Implementar, Adoptar y Aplicar el “Protocolo de Gestión Documental de los Archivos Referidos a las Graves y Manifiestas Violaciones a los Derechos Humanos, e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario, Ocurridas con Ocasión del Conflicto Armado Interno”.

 

Artículo 2°-: La Oficina de la Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación; la Dirección Centro de Memoria, Paz y Reconciliación; la Dirección de Paz y Reconciliación; la Dirección de Reparación Integral; la Subdirección de Gestión Documental; y, la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, gestionarán los recursos administrativos, financieros, tecnológicos y humanos necesarios para la implementación y aplicación del Protocolo de Gestión Documental de los Archivos Referidos a las Graves y Manifiestas Violaciones a los Derechos Humanos, e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario, Ocurridas con Ocasión del Conflicto Armado Interno y su metodología.

 

Artículo 3°-: La Subdirección de Gestión Documental; la Oficina de Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación; las Direcciones Centro de Memoria, Paz y Reconciliación; de Paz y Reconciliación; y, de Reparación Integral; la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; y, la Dirección de Contratación, adelantarán las acciones correspondientes a la implementación y aplicación del protocolo.

 

Artículo 4°-: Comunicar la presente resolución a todas las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma entidad.

 

Artículo 5°-: La presente resolución rige a partir del día siguiente de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2023.

 

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE

 

Secretaria General


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