ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
MARCO
NORMATIVO QUE REGULA LA SITUACIÓN DE LA POBLACIÓN RECICLADORA DE OFICIO EN LA
CIUDAD DE BOGOTÁ, D.C.
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NORMATIVIDAD
NACIONAL
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NORMA
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CONTENIDO
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El numeral 32 del
artículo 2.3.2.1.1 ibidem, define el Plan de Gestión Integral de Residuos
-PGIRS-, como:
“el instrumento de
planeación municipal o regional que contiene un conjunto ordenado de
objetivos, metas, programas, proyectos, actividades y recursos definidos por
uno o más entes territoriales para el manejo de los residuos sólidos, basado
en la política de gestión integral de los mismos, el cual se ejecutará
durante un período determinado, basándose en un diagnóstico inicial, en su
proyección hacia el futuro y en un plan financiero viable que permita
garantizar el mejoramiento continuo del manejo de residuos y la prestación
del servicio de aseo a nivel municipal o regional, evaluado a través de la
medición de resultados. Corresponde a la entidad territorial la formulación,
implementación, evaluación, seguimiento y control y actualización del PGIRS.”
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El artículo 2.3.2.2.3.87
establece que los municipios y
distritos deberán elaborar, implementar y mantener actualizado un plan
municipal o distrital para la gestión integral de residuos o desechos sólidos
en el ámbito local o regional según el caso.
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El artículo 2.3.2.2.3.95 ejusdem, los
municipios y distritos en ejercicio de sus funciones, en relación con el
PGIRS, deberán:
“(…)5. Adoptar en los PGIRS
las determinaciones para incentivar procesos de separación en la fuente,
recolección selectiva, acopio y reciclaje de residuos, cómo actividades
fundamentales en los procesos de aprovechamiento de residuos sólidos. (…)
(…)9. Formalizar la
población recicladora de oficio, para que participe de manera organizada y
coordinada en la prestación del servicio público que comprende la actividad
complementaria de aprovechamiento, con el fin de dar cumplimiento a lo
previsto en este decreto y en la regulación vigente.
10. Adoptar y fortalecer
las acciones afirmativas en favor de la población recicladora.
11. Adelantar la
actualización del censo de recicladores en su territorio, así como
identificarlos y carnetizarlos con el fin de identificar la población
objetivo y focalizar las acciones afirmativas para esta población vulnerable.
(…)
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Decreto
Único Reglamentario 1077 de 2015
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El artículo 2.3.2.5.3.4 adicionado por el Decreto número 596 de 2016, en el parágrafo 1 del artículo 12 menciona que “(…) las
organizaciones de recicladores de oficio en proceso de formalización como
personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento con el fin de
demostrar ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD)
que están conformadas por recicladores de oficio, deberán suministrar un
archivo en medio magnético con los datos de identificación de todos los
miembros de la organización de manera que sea posible verificar que al menos
el 80% de los mismos se encuentran registrados en el censo de recicladores
del municipio o distrito donde presta el servicio la organización de
recicladores”.
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El artículo 2.3.2.5.5.1 estableció
para los entes territoriales la responsabilidad de consignar en el Plan de
Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS, el programa de inclusión de
recicladores de oficio, con un proyecto de apoyo a la formalización de estos,
el cual deberá considerar los diferentes niveles de vulnerabilidad
identificados en el respectivo censo del PGIRS e incluir las metas de
formalización, las cuales deberán ser evaluadas anualmente.
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El artículo 2.3.2.2.3.92 del Decreto 1077 de 2015, definió que los entes
territoriales, acorde con el régimen de servicios públicos, deberán
establecer una estrategia técnica, operativa y administrativa que garantice
la gestión diferencial de residuos aprovechables y no aprovechables.
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Decreto
Nacional 596 de 2016
(Abril 11)
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Modifica y adiciona el Decreto número 1077 de
2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del
servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de
los recicladores de oficio, y se dictan otras disposiciones.
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Resolución
276 de 2016
(Abril
29)
Ministerio
de Vivienda, Ciudad y Territorio
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Reglamenta
los lineamientos del esquema operativo de la actividad de aprovechamiento del
servicio público de aseo y del régimen transitorio para la formalización de
los recicladores de oficio acorde con lo establecido en el Capítulo 5 del
Título 2 de la parte 3 del Decreto número 1077 de 2015 adicionado por el
Decreto número 596 del 11 de abril de 2016.
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Ley
2294 de 2023
(Mayo
19)
Congreso
de la República de Colombia
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Expide
el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de
la Vida”
(…)
Artículo 227. Programa Basura Cero. Créese el Programa Basura Cero, en
cabeza del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en un término máximo
de 1 año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el cual articulará
las instancias de Gobierno nacional, las entidades territoriales, las
empresas de servicios públicos y la sociedad civil; garantizará la
participación de la población recicladora y sus organizaciones, impulsando su
inclusión e inserción socioeconómica; determinará los aspectos regulatorios,
de supervisión y control, y las inversiones requeridas para avanzar en la
eliminación del enterramiento hacia la implementación de parques tecnológicos
y ambientales, de tratamiento y valorización de residuos, promoción del
desarrollo tecnológico, conservación del ambiente y mitigación del cambio
climático; definirá un plan estratégico para el cierre definitivo de los
botaderos a cielo abierto y las celdas transitorias, promoviendo soluciones
que prioricen el tratamiento y aprovechamiento de residuos; e impulsará la
economía circular. (…)
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NORMATIVIDAD DISTRITAL
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Acuerdo
Distrital 257 de 2006
(Noviembre
30)
Concejo
de Bogotá, D.C.
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El Artículo 116
determina que la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP
tiene por objeto: “(...) garantizar la prestación, coordinación, supervisión
y control de los servicios de recolección, transporte, disposición final,
reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos, la limpieza de vías y áreas
públicas; los servicios funerarios en la infraestructura del Distrito y del
servicio de alumbrado público. (...)”.
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Acuerdo
Distrital 287 de 2007
(Junio
28)
Concejo
de Bogotá, D.C.
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Establece
lineamientos para aplicar las acciones afirmativas que garantizan la
inclusión de los recicladores de oficio en condiciones de pobreza y
vulnerabilidad en los procesos de la gestión y manejo integral de los
residuos sólidos.
Establece los objetivos y principios de las acciones
afirmativas, así:
“(…) Artículo
4º objetivos. “(…) Las entidades públicas distritales vinculadas a
la gestión y manejo de los residuos sólidos adelantarán acciones afirmativas
orientadas a lograr los siguientes objetivos: (…) 1. Establecer mecanismos
que permitan condiciones de igualdad real de los recicladores en procesos
contractuales vinculados a la gestión y manejo integral de los residuos
sólidos.(…) Artículo 5º Principios (…)
Este Acuerdo, con fundamento en lo dispuesto en el Plan Maestro para el
Manejo Integral de Residuos Sólidos, PMIRS, se orientará en su aplicación por
los principios de solidaridad, dignidad humana, igualdad material,
sostenibilidad ambiental, participación, proporcionalidad y temporalidad de
la diferenciación positiva. En caso de conflicto en la aplicación o
interpretación de una disposición de este Acuerdo o de su reglamentación se
atenderá siempre a estos principios. (…)”
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Acuerdo
Distrital 344 de 2008
(Diciembre
23)
Concejo
de Bogotá, D.C.
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Dispone
diseñar y ejecutar un programa para la gestión de los residuos sólidos
orgánicos y se dictan otras disposiciones.
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Acuerdo
1 de 2012
(Enero
18)
Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP
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Modifica
la estructura organizacional y se determinan las funciones de las
dependencias de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, el
Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos
dispuso: “(...) Artículo 11”. SUBDIRECCIÓN DE APROVECHAMIENTO. Son
funciones: 1. dirigir el desarrollo de las políticas, planes, programas y
proyectos en materia de reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos
(...)”.
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Decreto
Distrital 345 de 2020
(Diciembre
30)
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Adopta
la actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS-
del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones.
Documento
Técnico de Soporte
en su artículo 6
estableció respecto a la inclusión de la población recicladora que “(…) Sin distinción del esquema de prestación que implemente el Distrito
Capital para la prestación del servicio público de aseo, la UAESP deberá
garantizar la inclusión de la población recicladora de oficio en el mismo; lo
cual deberá reflejarse en los programas, proyectos, actividades y metas
planteadas en el Documento Técnico de Soporte- DTS del Plan de Gestión
Integral de Residuos Sólidos – PGIRS.”
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Acuerdo
Distrital 761 de 2020
(Junio
11)
Concejo
de Bogotá, D.C.
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El Artículo
13
del Acuerdo Distrital 761 de 2020 “Por el cual se adopta el Plan de
Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C.
2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXT”,
contiene los Programas estratégicos del Plan Distrital de Desarrollo.
Respecto a la inclusión de la población recicladora de oficio señala: “...
7. Cuidado y mantenimiento del ambiente construido. (...) Acciones
afirmativas con los recicladores de oficio. La administración distrital
mediante la política de inclusión social del presente plan de desarrollo y de
conformidad con las sentencias y laudos de la corte constitucional a favor de
la población de recicladores de oficio, incluirá dicha población en la
estructuración y ejecución de acciones afirmativas que consoliden el
reconocimiento de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida.”
el artículo 15 de la misma norma, contempló la
definición de los Programas del Plan Distrital de Desarrollo, agrupados según
el propósito, en el cual se destaca:
“Artículo 15. Definición de programas. Programa. Los Programas del
Plan Distrital de Desarrollo se definen a continuación, agrupados según el
propósito:
(…)
38. Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de
la población recicladora. Desarrollar una estrategia de cultura ciudadana
para promover el consumo responsable, el reúso, la separación en la fuente,
valoración y tratamiento de los residuos ordinarios orgánicos e inorgánicos,
contribuyendo a disminuir la huella ambiental de la aglomeración urbana y
humana más grande del país. Abordar la gestión sostenible de todos los
residuos generados en Bogotá a través de la articulación de cada actor de la
cadena de valor en esquemas de economía circular, ecoeficiencia, reciclaje de
residuos sólidos e inclusión de la población recicladora, estrategias de
educación a la población y demás elementos necesarios para avanzar en la
implementación de una política de desarrollo sostenible. Además, de
implementar proyectos de aprovechamiento de residuos para la transformación
de energía, para enfrentar los impactos del clima a través de su
reverdecimiento, un cambio energético y una buena gestión del territorio.
(…)”
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Acuerdo
Distrital 790 de 2020
(Diciembre
23)
Concejo
de Bogotá, D.C.
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Declara la emergencia climática en Bogotá D.C., se reconoce esta
emergencia como un asunto prioritario de gestión pública, se definen
lineamientos para la adaptación, mitigación y resiliencia frente al cambio
climático y se dictan otras disposiciones.”, dispuso en el numeral 6.1.4 del artículo 5 que “El Distrito Capital
promoverá y profundizará los procesos de aprovechamiento de residuos sólidos,
avanzando en la formalización, empoderamiento y capacidad de los recicladores
de oficio de la ciudad, así como las capacidades de separación en la fuente
de la ciudadanía.
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Resolución
679 de 2021
(Diciembre
17)
Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP - Subdirección de
Aprovechamiento
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Institucionaliza
y reglamenta la mesa distrital de organizaciones de recicladores de oficio,
inscritas en el registro único de organizaciones de recicladores – RURO.
(…)
En relación a la inclusión de las Mujeres
Recicladoras, se consideró pertinente su inclusión reconociendo los
procesos participativos adelantados en el Distrito Capital, en el marco de la
Resolución 535 de 2022 “Por la cual se institucionaliza y
reglamenta la Mesa Distrital de Organizaciones de Recicladores de Oficio,
inscritas en el Registro Único de Organizaciones de Recicladores-RUOR”, por medio de la cual se reconoce “(…)la
importancia de la participación activa de la población recicladora como
aportantes propositivos fundamentales para la mejora continua en la acción
pública encaminadas al desarrollo de las acciones afirmativas y de las
políticas públicas dirigidas a incluir a los recicladores de oficio, con el
fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o
económico que los afectan(…)”.
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Resolución
196 de 2022
(Mayo
18)
Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP - Subdirección de
Aprovechamiento
Derogada por el art. 22, Resolución
492 de 2023
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Realiza una nueva compilación y actualización
de los criterios, mecanismos y el procedimiento para la actualización del
Registro Único de Recicladores de Oficio- RURO y del Registro Único de
Organizaciones de Recicladores de Oficio- RUOR, y se dictan otras
disposiciones para el fortalecimiento de las Organizaciones de Recicladores
de Oficio.
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Resolución
535 de 2022
(Septiembre
28)
Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP - Subdirección de
Aprovechamiento
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Modifica
y adiciona la Resolución 679
de 2021 “Por la cual se institucionaliza y reglamenta la Mesa Distrital de
Organizaciones de Recicladores de Oficio, inscritas en el Registro Único de
Organizaciones de Recicladores – RUOR”.
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Resolución
492 de 2023
(Junio
23)
Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP
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Deroga la Resolución 196 de
2022 y se definen los criterios, mecanismos y el procedimiento para la
actualización del Registro
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Decreto
Distrital 304 de 2023
(Julio
12)
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Modifica el Decreto Distrital 364 de 2021, en
los artículos 5, 25, 26 y 27 en lo relacionado con las
representaciones que integran el Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá -
Espacio Autónomo, el proceso eleccionario y el período de las consejeras
consultivas.
(…)22. Una (1) representante de las mujeres
recicladoras.
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Acuerdo
Distrital 870 de 2023
(Febrero
06)
Concejo
de Bogotá, D.C.
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Dicta
lineamientos para la sustitución de manera sostenida y progresiva de la
tracción humana en la labor de los recicladores de oficio de Bogotá y se dictan
otras disposiciones.
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Decreto
Distrital 342 de 2023
(Agosto
09)
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Actualiza los parámetros de la línea base y
se modifica el numeral 3.9. Programa
de disposición final del Documento Técnico de Soporte, del Decreto Distrital 345 de 2020 - Plan de Gestión
Integral de Residuos Sólidos -PGIRS y se dictan otras disposiciones.
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Resolución
541 de 2023
(Julio
14)
Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP - Subdirección de
Aprovechamiento
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Actualiza
el Registro Único de Recicladores de Oficio - RURO
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Resolución
820 de 2023
(Septiembre
25)
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Resolución
865 de 2023
(Octubre 23)
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Resolución
1070 de 2023
(Diciembre
13)
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JURISPRUDENCIA
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Sentencias T-724 de 2003, T- 291 de 2009 y T-783 de 2012, así como en
los Autos No. 268 de 2010, No. 183 de 2011, No. 189 de 2011, No. 275 de 2011, No. 366 de 2014, No. 587 de 2015 y No. 736
de 2017
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Corte Constitucional se pronunció respecto a los recicladores de
oficio como sujetos de especial protección y sobre la necesidad de promover
acciones afirmativas a su favor.
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Sentencia T-724 de 2003
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Previno a la UAESP, para que en los términos del artículo 24 del Decreto 2591 de 1991, incluyera acciones
afirmativas a favor de los recicladores de Bogotá a fin de lograr condiciones
reales de igualdad y dar cumplimiento a los deberes sociales del Estado,
cuando se trate de la contratación de servicios públicos de aseo, debido a
que la actividad que ellos desarrollan está ligada con dicho servicio.
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Auto 736 del 18 de diciembre de 2017
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La Corte Constitucional resaltó que, para garantizar el
desarrollo de las acciones afirmativas, se estableció que el “Distrito implementará un Programa de Apoyo Técnico para la
formalización de organizaciones de recicladores de oficio, dirigido a los
recicladores presentes en su ASE. Para esto, establecerá los lineamientos del
programa a desarrollar incluyendo metas, actividades, recursos e indicadores
de cumplimiento y seguimiento y el cronograma en que se brindará el apoyo
técnico”
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