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Proyecto de Acuerdo 101 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/04/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/04/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. _____ DE __________ DE 2005

Ver Acuerdo Distrital 186 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA POLITICA DISTRITAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 175 de 2005

De acuerdo con las proyecciones del DANE, Bogotá se ubica como la ciudad más poblada de Colombia, registrando entre 1998-2003, una tasa de crecimiento poblacional promedio anual de 2,4% frente a 1,8% nacional; de hecho Bogotá presenta una de las tasas más altas comparada con las cuatro principales ciudades del país. En el 2003, la población de Bogotá ascendió a 6.865.997 de habitantes, lo que representa el 15,3% de la población nacional.

Para el año 2001 el D.A.P.D., estimo la población de la ciudad en 6.495.873, repartidos en 1.170.978 viviendas y 1.732.118 hogares. El porcentaje de población se distribuye en estratos así: 1- 6.86%, 2- 36.62%, 3- 42.95, 4- 7.36%, 5- 3.03% y 6- 2.13%, con una ocupación geográfica de 20 localidades en 4 zonas y un índice de N.B.I compuesto (Necesidades básicas insatisfechas) de alrededor de 7.8%.

Bogotá D.C., capital de la nación, imagen de la misma, representante comercial y económico del país y territorio donde se asienta la mayor parte de establecimientos educativos, de salud y gubernamentales, cuyo régimen especial se encuentra enmarcado en la Constitución Política y reglamentado en el Decreto Ley 1421 de 1993, en donde se crean derechos y deberes a todas las instancias Distritales. Le da atribuciones al Alcalde Mayor y alcaldes menores, a Ediles y Concejales de la ciudad. Al Concejo de Bogotá le dá una serie de atribuciones y reglas de funcionamiento, entre las que se encuentra la aprobación de proyectos de Acuerdo, que serán lineamientos de ruta para la ciudad.

Dentro del papel del Concejo y primordial línea de trabajo se encuentra el defender y crear las pautas de acción para mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable. Desde esta perspectiva Administración y Concejo deben trabajar mancomunadamente para atender la ciudad.

En la capital los problemas son múltiples y variables. Uno de los de mayor profundidad y base para otra serie, es el de la pobreza. El Distrito aporta el 21% del PIB nacional, concentra el 19% de los hogares y presenta una tasa de migración del 41% donde la mayoría de desplazados incrementa la población en pobreza, la cual se estima en los últimos años en:

AÑO

POBLACION TOTAL

INDICADOR DE POBREZA POR L.P

INDICADOR DE POBREZA POR L.I.

1993

5,446,005

2,443,411

44.9%

434,973

8%

1995

5,720,541

2,387,940

41.7%

440,190

7.7%

1997

5,948,039

2,087,762

35.1%

404,467

6.8%

1999

6,294,072

2,737,921

44%

711,230

11%

2000

6,449,980

3,220,053

50%

971,279

15%

2001

6,557,752

3,242,835

50%

962,150

15%

2002

6,698,167

3,366,542

50%

1,140,904

17%

2003

6,861,499

3,585,875

52.2%

997,627

14.5%

Fuente: DANE, Encuesta Nacional de Hogares

El crecimiento de la proporción de personas en situaciones de miseria en Bogotá, que en el año 2000 se ubica en 14.9%, se duplica en relación con 1998. Para el año 2002 este indicador superó el nivel de 17%, lo que equivale a decir, que más de 1.100.000 habitantes de la ciudad se encuentran en situación de miseria.

La distribución de la línea de pobreza y de indigencia para el año 2003 según cálculos del CID con base en la encuesta Nacional de Hogares DANE 2003, bajo un total de 6.861.499 de personas, determino que el 52.26% de la población se encontraba bajo la línea de pobreza, es decir 3.585.875 habitantes; mientras que la población en situación no pobre llegaba a los 3.275.624 habitantes (47.74%). Bajo la línea de indigencia se encuentran 997.627 habitantes (14.54%) y no indigentes 5.863.872 (85.46%) de la población.

La distribución de hogares (1.934.828) determinó que el 45.47% de estos se encontraba bajo la línea de pobreza (879.704 hogares), es decir que 1.055.124 hogares no son pobres. Bajo la línea de indigencia se encuentran 231.743 hogares (11.98%).

La distribución de los hogares bajo la línea de pobreza por localidad de 2003 es:

LOCALIDAD

Pobre

%

No Pobre

%

Total

Usme

52.752

82.08

11.516

17.92

64.268

San Cristóbal

93.506

73.96

32.927

26.04

126.433

Ciudad Bolívar

113.504

73.19

41.582

26.81

155.086

Bosa

94.330

66.45

47.628

33.55

141.958

Rafael Uribe

68.566

61.06

43.732

38.94

112.298

Tunjuelito

35.874

57.79

26.203

42.21

62.077

Santa Fe

20.365

49.36

20.891

50.64

41.256

Kennedy

111.356

46.75

126.843

53.25

238.199

Candelaria

4.418

47.75

4.832

52.25

9.252

Mártires

13.029

46.21

15.167

53.79

28.196

Antonio Nariño

11.866

40.73

17.265

59.27

29.131

Fontibón

31.508

39.66

47.943

60.34

79.451

Engativa

76.198

33.62

150.441

66.38

226.639

Puente Aranda

26.950

33.85

52.667

66.15

79.617

Suba

72.261

30.14

167.520

69.86

239.781

Barrios Unidos

14.974

26.65

41.217

73.35

56.191

Usaquén

25.243

18.41

111.852

81.59

137.095

Teusaquillo

6.390

11.63

48.537

88.37

54.297

Chapinero

6.612

12.48

46.630

87.57

52.972

TOTAL

879.704

45.47

1.055.124

54.53

1.934.828

Fuente: Calculo CID

La distribución de los hogares bajo la línea de indigencia por localidad de 2003 es:

LOCALIDAD

Indigencia

%

No Indigencia

%

Total

Usme

17.556

27.32

46.712

72.68

64.268

San Cristobal

31.705

25.08

94.708

74.92

126.433

Ciudad Bolivar

33.874

21.84

121.212

78.16

155.086

Bosa

23.647

16.66

118.311

83.34

141.958

Candelaria

1.544

16.69

7.708

83.31

9.252

Rafael Uribe

18.104

16.12

94.194

83.88

112.298

Martires

4.461

15.82

23.735

84.18

28.196

Santa Fe

6.274

15.21

34.982

84.79

41.256

Tunjuelito

8.583

13.83

53.494

86.17

62.077

Kennedy

25.506

10.71

212.693

89.29

238.199

Antonio Nariño

2.382

8.18

26.749

91.82

29.131

Fontibon

6.932

8.72

72.519

91.28

79.451

Suba

17.658

7.36

222.123

92.64

239.781

Puente Aranda

5.031

6.32

74.586

93.68

79.617

Barrios Unidos

3.278

5.83

52.913

94.17

56.191

Engativa

14.753

6.51

211.886

93.49

226.639

Usaquen

5.870

4.28

131.225

95.72

137.095

Chapinero

2.606

4.92

50.336

95.08

52.972

Teusaquillo

1.980

3.6

52.947

96.4

54.297

TOTAL

231.743

11.98

1.703.085

88.02

1.934.828

Fuente: Calculo CID

El indicador de necesidades básicas insatisfechas, es la base de la planeación Distrital. Para 1997, el 14.52% de la población del Distrito presento NBI; ubicadas principalmente en las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, san Cristóbal y Bosa, zonas consideradas como críticas. Las localidades que presentaron menores porcentajes de NBI fueron Teusaquillo, Barrios Unidos y Puente Aranda.

Según el DNP, en el año 2000 el 14% de la población de Bogotá tenía al menos una Necesidad Básica Insatisfecha y el 2.6% se encontraba en miseria. A escala nacional estos porcentajes eran del 22.9% y 6.5% respectivamente.

Para el año 2003 la encuesta de calidad de vida calcula que el indicador NBI se encuentra alrededor del 7.8%, en donde las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, San Cristóbal, y Santa Fe presentan los índices más altos (superiores a 14%), mientras que las localidades de Chapinero y Teusaquillo presentan los índices más bajos (inferiores a 2%).

LOCALIDAD

Total

NBI compuesto %

Usme

37.291

14.8

San Cristobal

7.284

15.8

Ciudad Bolivar

97.447

16.2

Bosa

51.135

9.7

Candelaria

2.418

9.0

Rafael Uribe

35.142

8.3

Martires

5.166

5.1

Santa Fe

16.117

12.8

Tunjuelito

20.965

9.3

Kennedy

81.523

9.1

Antonio Nariño

3.104

3.0

Fontibon

19.243

6.8

Suba

22.808

2.8

Puente Aranda

10.620

3.7

Barrios Unidos

6.234

3.5

Engativa

29.994

3.8

Usaquen

17.34

3.9

Chapinero

2.150

1.6

Teusaquillo

313

0.2

TOTAL

536.279

7.8

Según la FAO el 13% de la población del planeta sufre de desnutrición. Bogotá presenta una tasa de alrededor del 14.4%, mientras que la desnutrición aguda se mantiene alrededor de un 0.5%1. Dichos resultados están bastante alejados de los reportados por el Sistema de Vigilancia Alimentaria y Nutricional (SISVAN) de la SDS, en la población atendida en las empresas sociales del Estado, los cuales muestran para el promedio de las veinte localidades, una desnutrición aguda del 23% y una desnutrición crónica del 41% con tendencia al aumento en varias localidades2.

La contribución sectorial del PIB de Bogotá, que como ya se dijo aporta el 21% del PIB Nacional, es:

SECTOR

1980

2000

Industria

16.50%

18.50%

Financiero

10.70%

15.70%

Inmobiliario

10.70%

13.40%

Admón. Pública

13%

OBJETO DEL PROYECTO

El Alcalde de la Ciudad, Sr. Luis Eduardo Garzón, ha planteado el programa denominado "Bogotá Sin Hambre", con el cual se pretende atacar los déficits de calidad de la población Bogotá, especialmente de las localidades más críticas y con los mayores índices de pobreza: Ciudad Bolívar, Usme, Tunjuelito, Bosa, Suba y San Cristóbal. Pretende el programa no sólo atender las necesidades de las comunidades más pobres, sino aplicar medidas de choque para solucionar los problemas de seguridad de estas localidades.

La alimentación es un derecho humano básico, todos y cada uno debe tener acceso a alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados, en cantidad y calidad suficientes para llevar una vida sana, completa y digna. Por este hecho, cada Administración distrital y nacional debe declarar políticas que lleven a crear pautas de acceso a los alimentos como un derecho fundamental, mejorar la calidad de vida de la población vulnerable y menos favorecida, y desarrollar la economía agrícola del Distrito, la región y la nación a través de alianzas estratégicas con los productores agrícolas, con los distribuidores comerciales, las cadenas de almacenes y la comunidad internacional.

La soberanía alimentaria requiere el cuidado y el uso sostenible de los recursos naturales, especialmente el de tierra y agua; por lo cual es necesario que dentro del programe se impulsen políticas y proyectos de desarrollo sostenible, mediante la enseñanza y la educación a cada uno de los individuos que participen en el programa, es decir a los más de seis millones de habitantes de la ciudad.

Cabe esperar, sin embargo, que éste no sea un evento aislado sino que haga parte de un proyecto completo para reducir definitivamente el hambre en la ciudad... Una cosa que llama la atención es que el alcalde impulsa la donación de mercados en las zonas más ricas para llevarlas a aquellas con hambre, en las propias palabras de Garzón, es absolutamente necesario dada la severa crisis que afronta la ciudad.

Bajo la última aseveración, de que este programa se convertirá en rasero para los nuevos gobernantes, es que el presente proyecto de Acuerdo "POR EL CUAL SE INSTITUCIONALIZA COMO POLITICA DE LA CIUDAD EL PROGRAMA BOGOTA SIN HAMBRE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES", como parte de una política de desarrollo social que trascienda en el tiempo y que permanezca en el mismo, como acción de planeación a largo plazo y con el objeto de mantener en las futuras administraciones el compromiso de que la sociedad pobre debe mejorar su calidad de vida, como fruto del esfuerzo conjunto del resto de la sociedad, no sólo local, sino distrital, regional, nacional e internacional, bajo la dirección y apoyo de la Administración pública y del Estado.

El programa pretende vincular a las personas, los dirigentes mundiales, nacionales y distritales, las organizaciones de la sociedad civil, las empresas privadas, las fundaciones, las asociaciones de agricultores, grupos comunitarios, etc., unidos con el sólo fin de mejorar la comunidad, erradicar el hambre y la miseria y hacer de Bogotá una ciudad vivible para todos.

Los compromisos y las promesas como las dadas por el nuevo Alcalde Mayor son sólo puntos de partida en el camino hacía la consecución de una ciudad sin hambre. Es necesario orientar las políticas, programas, proyectos, recursos y actividades para lograr la seguridad alimentaria de manera que se garanticen la disponibilidad y estabilidad de los suministros alimentarios y la asequibilidad de los mismos, así mismo como la calidad e inocuidad de éstos.

Pero, el hambre no sólo se erradica dando alimento a los más pobres, se necesita además una serie de políticas que den seguridad, educación, empleo, vivienda, participación en la toma de decisiones, salud, cultura, entre otros.

De esta manera y basado que dentro del papel del Concejo de Bogotá se encuentra el promover "la organización de los habitantes y comunidades del Distrito y estimular la creación de las asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares...

...De conformidad con o que disponga la ley, el Concejo dictará normas para asegurar la vigencia de las instituciones y mecanismos de participación ciudadana y comunitaria..."3

Igualmente, la Corporación debe garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito. Razón de más del presente proyecto de Acuerdo como base sólida para el desarrollo del programa de "Bogotá Sin hambre" que esta siendo desarrollado por la presente Administración y sustento para el mantenimiento de la atención de la población pobre sin ser discrecionalidad de la Administración de turno sino como una obligación de legalidad y legitimidad.

PROGRAMA BOGOTA SIN HAMBRE

Como se ha mencionado, el proyecto de Acuerdo tiene como objeto dar sostenibilidad, piso y mantenimiento en el tiempo de largo alcance al programa de la actual Administración Distrital "Bogotá sin hambre", dada la gravedad del problema social de Bogotá. Por lo cual se busca el mantenimiento de la política de gobierno y su transformación en política Distrital; para su contribución en el mediano y largo plazo y que sus resultados y acciones se disgreguen en el largo tiempo.

El programa Bogotá Sin hambre, busca atender a la población marginal de la ciudad en campos de educación, salud, empleo, vivienda, desmarginalización, seguridad alimentaria y participación; basados en un compromiso social contra la pobreza.

Busca el programa: luchar contra la pobreza extrema y el hambre, lograr la educación primaria universal, promover la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades; garantizar la sostenibilidad ambiental y fomentar una asociación mundial para el desarrollo.

El programa se dirige a toda la ciudad reforzando su aplicación a la atención de las localidades marginales.

Como complemento del programa existe el día "Bogotá sin hambre", como estrategia simbólica, para generar conciencia sobre la gravedad del problema, despertar la solidaridad de toda la ciudadanía y promover campañas pedagógicas sobre la alimentación saludable y la educación nutricional.

Con base en las anteriores, pongo a su disposición el presente articulado.

Cordialmente,

ISAAC MORENO DE CARO

Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No. _____ DE __________ DE 2005

"POR EL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA POLITICA DISTRITAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 1°, artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,

ACUERDA

Artículo 1. Institucionalícese el programa "Bogotá Sin Hambre" como Política Distrital de Seguridad Alimentaria, fundamento de las políticas de gobierno distrital, tendiente a mejorar la calidad de vida de la población menos favorecida de la ciudad.

Artículo 2. La política de Seguridad Alimentaria se constituirá en el pilar de construcción del Estado Social de Derecho, del Sistema Integrado de Protección y Seguridad Social, de lucha contra la Pobreza Y Del Plan Maestro de Alimentos para el Distrito.

Artículo 3. Objetivos de la política:

1. Mejorar la calidad de vida de la población con mayores índices de pobreza.

2. Disminuir progresivamente los índices de desnutrición.

3. Mejorar el sistema social integral de la sociedad.

4. Crear conciencia y cultura de solidaridad con la población en situación de pobreza.

5. Adelantar acciones de mediano y largo plazo, encaminadas a atender la población vulnerable por sectores geográficos del Distrito.

Artículo 4. La Administración central por medio de el Departamento Administrativo de Bienestar Social adelantará, según la viabilidad, con Canal Capital y con otros medios de Comunicación diferentes a esté, de tipo verbal, visual y escrito; alianzas estratégicas para inculcar en la población ideas y valores de Solidaridad, de lucha contra la pobreza y de erradicación del hambre.

Artículo 5. Las Entidades de la Administración Central, especialmente la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos y el Departamento Administrativo de Bienestar Social o quien haga sus veces, implementarán estrategias para que las empresas, entidades, organizaciones, asociaciones e industrias del sector privado nacional e internacional y gobiernos extranjeros; adelanten campañas de solidaridad y apoyo con la política y sus programas.

Establecerán campañas de donación de alimentos, donación monetaria, donación de recurso humano y otras donaciones en especie; se adelantarán campañas educativas de alimentación y nutrición.

Artículo 6. Se celebrará todos los 02 de enero de cada año el día "Bogotá sin hambre, de seguridad alimentaria" como estrategia simbólica, para generar conciencia sobre la gravedad del problema del hambre, crear la cultura de la solidaridad y promover campañas pedagógicas sobre alimentación saludable y la educación nutricional.

Articulo 7. En cada período presupuestal, el gobierno Distrital, asignará los recursos para adelantar la política de Seguridad Alimentaria, definida en este Acuerdo, en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas de cada vigencia.

Articulo 8. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Profamilia 2000

2 Estado del Arte, Bogotá 1990 ¿ 2000. Libro 1. Niñez. Departamento Administrativo de Bienestar Social

3 Decreto 1421 de 1993. Artículo 6°.