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CIRCULAR 029 DE 2005 (Abril 25)
De conformidad con lo establecido en el artículo 41 (parágrafo 3) de la Ley 80 de 1993, artículos 24 y 25 del Decreto 679 de 1994 y el Decreto 327 de 2002, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expidió la resolución No. 423 del 3 de julio de 2002, las circulares No. 064 del 6 de septiembre de 2002 y la No. 083 del 26 diciembre 26 de 2002, por medio de las cuales se reglamentó el trámite para la publicación de extractos de contratos en el Registro Único de Contratación del Registro Distrital. Con el fin de garantizar la eficiente publicación de los extractos de los contratos de las entidades distritales y mejorar el proceso de diligenciamiento vía internet de la plantilla diseñada en el módulo "Solicitud de publicación extractos de contratos" del Sistema de Información del Registro Distrital, se aclaran algunos de los procedimientos que deben realizar los servidores encargados de diligenciar las solicitudes de publicación, así: 1. El valor de la consignación debe ser igual al liquidado por el aplicativo. 2. En caso de que el contratista pague un valor diferente al establecido en las tarifas vigentes en la fecha de pago, la entidad distrital debe solicitar al contratista el trámite respectivo, es decir: Si el pago efectuado es menor, se debe consignar el valor faltante. Si el pago es mayor, se realizará el trámite para la devolución del dinero, de acuerdo al procedimiento establecido por la Dirección Distrital de Tesorería. Para el trámite de reembolso, el contratista debe solicitar la devolución por escrito a la Unidad de Imprenta Distrital, relacionando nombre de la persona jurídica o natural, nit o cédula, dirección, teléfono, número de la cuenta y clase de cuenta, banco y sucursal. Adicionalmente, debe anexar a la solicitud fotocopia del contrato y original del recibo de pago. Estos documentos son revisados para establecer la viabilidad de devolución y en caso de ser favorable, se autoriza el trámite ante la Dirección Distrital de Tesorería. Si es viable o no el reembolso, se informa por escrito al contratista. 3. Las tarifas de publicación las pueden consultar en la página web www.bogota.gov.co. sección Contratación Pública, ícono Registro Distrital. 4. En el espacio "Contrato Número", de la plantilla "Solicitud de Publicación", se debe escribir el número del mismo, seguido del número de la adición, prórroga, modificación, otrosí, aclaración etc., si hay lugar a ello. Ejemplos:
Los documentos a publicar que tengan número, deberán ser registrados en el respectivo espacio. 5. En el espacio de la plantilla "Tipo de Contrato", se selecciona el tipo de contrato que corresponde al documento a publicar. TABLA DE CLASIFICACIÓN DE CONTRA TOS DESPLEGADA POR EL MÓDULO SOLICITUD DE PUBLICACIÓN EXTRACTOS DE CONTRATOS -. ADICIONAL DE EMPRESTITO 1 -. ADICIONAL DE INTERADMINISTRATIVO 1 -. ADICIONAL DE CONCESION 1 -. ADICIONAL DE FIDUCIA 1 -. AGENCIA COMERCIAL -. ARRENDAMIENTO -. ATIPICO O INNOMINADO -. COMODATO -. COMPRAVENTA -. CONCESION -. CONSULTORIA -. CONTRATOS Y CONVENIOS INTERADMINSITRATIVOS CORRETAJE DEPOSITO -. DOCUMENTO ADICIONAL DE CONCESION 2 -. DOCUMENTO ADICIONAL DE EMPRESTITO 2 -. DOCUMENTO ADICIONAL DE FIDUCIA 2 -. DOCUMENTO ADICIONAL DE INTERADMINISTRATIVO 2 -. EMPRESTITOS O ASIMILADOS -. FIDUCIA Y/O ENCARGO FIDUCIARIO -. INTERMEDIACION DE SEGUROS -. LEASING (Arrendamiento Financiero) -. MANDATO -. OBRA PUBLICA -. PERMUTA -. PRESTACION DE SERVICIOS -. SEGURO -. SUMINISTRO -. TRANSPORTE Aquellos contratos que no se puedan incluir en alguna de las clasificaciones anteriores, se registrarán como "ATIPICOS O INNOMINADOS". Adicionalmente, se deben tener en cuenta las siguientes notas, según corresponda: Nota 1. Se selecciona esta alternativa, cuando se trate de adición por incremento del valor del contrato. Nota 2. Se selecciona esta alternativa, para prórrogas, aclaraciones, modificación, entre otros, cuando no incremente el valor del contrato. Cuando se trate de adiciones al valor de los contratos, el costo de la publicación se establecerá con base en el valor adicionado. Cuando se efectúen modificaciones, prórrogas, aclaraciones y demás documentos que no impliquen un incremento en el valor inicialmente pactado, se aplicará la tarifa de cuantía indeterminada (Consultar tarifas vigentes del Registro Distrital). 6. En los espacios de la plantilla "Objeto" y "Obligaciones", única y exclusivamente deberán relacionar la información que se solicita. Si se va a publicar una prórroga, adición u otro documento diferente al principal, en el espacio "Objeto", deberán relacionar solamente la información concerniente al respectivo documento. Si están adicionando o modificando obligaciones, deberán relacionarlas en el espacio "Obligaciones". No se requiere que suministren nuevamente la información ya publicada. Ejemplo:
La información que se diligencie en la plantilla del módulo "Solicitud de publicación extractos de contratos", debe corresponder al texto del documento objeto de publicación. 7. Los anexos al oficio donde solicitan la publicación deberán presentarse en el siguiente orden: - Documento emitido por el sistema con el número de radicación (el número de radicación indica que el documento quedó registrado en el sistema). - Fotocopia completa de la consignación, que permita verificar en forma legible, los sellos del banco. - Fotocopia del documento a publicar (completo, legible, firmado y foliado en la parte superior derecha, en forma consecutiva). - El número de anexos relacionados en el oficio remisorio debe ser igual al número de documentos foliados. 8. Para la publicación de los extractos de los contratos (Artículo 148 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la Resolución 423 de 2002 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.), en el Registro Único de Contratación del Registro Distrital, las entidades deben adicionalmente al diligenciamiento vía Internet de la Solicitud de publicación de extractos de contratos", presentar la solicitud también por escrito, indicando el nombre de la entidad solicitante, el correo electrónico y el número telefónico del funcionario remitente, al cual se pueda contactar en caso de cualquier inquietud, así como la relación de cada uno de los contratos a publicar, anexando los documentos soportes señalados en el numeral siete (7) 9. En el evento en el que las radicaciones emitidas por el módulo "Solicitud de publicación extractos de contratos", requieran ser anuladas, las entidades lo deberán informar por escrito a la Unidad Imprenta Distrital. 10. PLAZO PARA EL ENVÍO DE DOCUMENTOS A LA UNIDAD DE IMPRENTA DISTRITAL. Dentro de los diez (10) días siguientes a la cancelación de los derechos de publicación, las entidades Distritales remitirán a la Unidad de Imprenta Distrital la información de los extractos de los contratos para su publicación. Decreto 1477 de 1995 Artículo 3 Fallo Consejo de Estado 11795 de 1998. La Unidad Imprenta Distrital continuará brindando todo el apoyo requerido por las Entidades Distritales en la dirección electrónica imprentadistrital@alcaldiaboqota.gov.co o en la sede ubicada en la Calle 11 sur 1 - 60 este, Barrio La María, teléfono 381 3000 Ext.5232, y/o en el teléfono directo 289 79 00. Agradezco difundir el contenido de esta circular al interior de su entidad. Cordial saludo, ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General |