RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Concepto 19 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/06/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/06/2005
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

2214200

Bogotá, D.C.

Junio 13 de 2005

Concepto 019 de 2005

H. Magistrada

MARIA DEL CARMEN JARRIN CERRON

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Sección Segunda Subsección D

Diagonal 22 B No. 53-052 Torre C-D 2 Piso

Ciudad

Radicación 2-2005-24493

Asunto: Oficio No. 2005-SD-890-MCJC

Proceso No. 2003-04106

Demandante Alvaro Ernesto Moros Acosta C.C. No. 11.405.769

Demandado Distrito Capital - Secretaría de Educación de Bogotá.

Rad. 1-2005-27877, 3-2005-15809

Cordial Saludo

En atención a la solicitud de la referencia, atentamente le manifiesto que esta Dirección Jurídica atenderá el tema relacionado con con la vigencia de las siguientes normas:

  1. Decreto Distrital No, 440 de 2001, "Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2001 - 2004 "BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado".

    Este Decreto fue publicado en Registro Distrital No. 2403 del 01 de junio de 2001 y corresponde al Plan de Desarrollo adoptado en la anterior Administración por el Dr. Antanas Mockus, para el período comprendido entre el año 2001 y 2004, razón por la cual no se encuentra vigente. Es de señalar que este Plan concreta el programa de gobierno propuesto para el período por el cual fue elegido. El procedimiento para la expedición se encuentra regulado por la Ley 152 de 1994 y el Acuerdo 12 de 1994.

    Por medio del Acuerdo 119 de 2004, se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social y de obras públicas para Bogotá D.C. 2004-2008 Bogotá sin indiferencia un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", el cual se expidió el 29 de mayo de 2004, entrando en vigencia el 3 de junio del mismo año.

  2. Con respecto al Decreto Distrital 816 de 2001, "Por el cual se reestructura la Secretaría de Educación de Bogotá y se establece su organización administrativa y funcional" le informamos que una vez revisados los archivos y en el sistema Régimen Legal, se puede certificar que en la actualidad se encuentra vigente. La publicación se realizó en el Registro Distrital 2500 de 24 de octubre de 2001.

De igual forma le informamos a su Despacho, que por medio del Decreto 033 de 2002, se precisó una atribución propia del Secretario de Educación, y por el Decreto 85 del mismo año se determinó la dependencia encargada de tramitar y decidir las inscripciones y ascenso en el Escalafón. Las anteriores normas fueron derogadas expresamente por el Decreto 101 de 2004, el cual asigna en el art. 7 unas facultades a la Secretaría de Educación.

Adicionamos a esta comunicación los siguientes anexos:

  1. Copia certificada del Decreto 440 de 2001 y sus anexos en 85 folios

  2. Copia Certificada del Decreto 816 de 2001 en 73 folios.

  3. Copia del Decreto 33 de 2002 en 2 folios.

  4. Copia del Decreto 85 de 2002 en 2 folios.

  5. Copia del Decreto 101 de 2004 en 6 folios.

Cordialmente,

MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO

Directora Jurídica Distrital

Anexos: 168 folios

Copia de información: Dra. ALBA DE LA CRUZ BERRIO BAQUERO Jefe oficina Asesora Jurídica Secretaría de Educación

MYQV/MAO/Zulma Rojas S./1444