RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 602 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 602 DE 1993

(octubre 7)

por medio del cual se reajusta el valor para efectos de la exención del impuesto de delineación urbana.

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el parágrafo del artículo 3 del Acuerdo 2 de 1979.

Ver el art. 78, Decreto Distrital 352 de 2002, Ver el Concepto de la Sec. de Hacienda 1263 de 2008

DECRETA:

Artículo 1º.- Estarán exentas del pago de impuesto de delineación urbanas las obras correspondientes a los programas y soluciones de vivienda de interés social. Para los efectos aquí previstos, se entenderá por vivienda de interés social la definida por la Ley 9 de 1989.

 Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital, deroga el Decreto Distrital 10 de 1992 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 7 de octubre de 1993.

Alcalde Mayor, JAIME CASTRO. El Secretario de Hacienda, JULIO ROBERTO PIZA. El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, ANDRÉS ESCOBAR URIBE.

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 803 de noviembre 22 de 1993.