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DECRETO 0634 DE 1987 (Febrero 23) Derogado por el art. 14, Decreto Distrital 139 de 2010 por el cual se dictan normas sobre la manera de proferir actos administrativos en el Distrito Especial de Bogotá EL ALCALDE MAYOR DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere el Decreto - Ley 3133 de 1968, y CONSIDERANDO: Que es conveniente diferenciar los actos administrativos que determinan situaciones generales de los que contemplan situaciones individuales.DECRETA: Artículo 1º.- Los actos administrativos que definen o resuelven situaciones generales se expedirán por Decretos sean estos creadores o modificatorios de situaciones existentes. Artículo 2º.- Se expedirán Resoluciones para adoptar los actos relacionados con el manejo de personal tales como:
Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir del 1 de marzo de 1987 Comuníquese y cúmplase Dado en Bogotá, D.E., a 23 de febrero de 1987 El Alcalde Mayor, JULIO CÉSAR SÁNCHEZ GARCÍA. El Secretario General de la Alcaldía Mayor, GERMAN PARÍS AYA. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 385 de abril 5 de 1987
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