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Proyecto de Acuerdo 50 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 050 DE 2007

Ver Acuerdo Distrital 279 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Por el cual se insta al Alcalde Mayor expedir una Política de Promoción y Uso del Software Libre en el Sector Central, el Sector Descentralizado y el Sector de las Localidades del Distrito Capital y se trazan lineamientos sobre el contenido de dicha política.

A. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

INTRODUCCIÓN

1. EL SOFTWARE LIBRE EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

1.1 La evolución de los sistemas de cómputo

1. 2 El software libre

2. EXPERIENCIAS INTERNACIONALES EN EL USO DE SOFTWARE LIBRE

2.1 Por iniciativa de las grandes empresas y otras organizaciones

2.2 Por iniciativa gubernamental

3. USO DE SOFTWARE LIBRE EN ENTIDADES Y EMPRESAS NACIONALES

4. CONVENIENCIA DEL USO DE SOFTWARE LIBRE EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

5. SUSTENTO JURÍDICO

6. SENTIDO DE LA PROPUESTA

B. ARTICULADO

3. A. EXPOSICION DE MOTIVOS

4. INTRODUCCIÓN

La dinámica de la sociedad actual ha incorporado elementos que registraron un gran avance a partir de mediados del siglo pasado, entre ellos, la disponibilidad de nuevas tecnologías para crear y divulgar información por medios digitales. Hoy, es indiscutible el papel que juegan la información y la tecnología en la producción y circulación del conocimiento y su impacto en el desarrollo social de los países, no sólo por ser consideradas como una consecuencia del progreso, sino también porque constituyen un factor fundamental para alcanzarlo.

Una de las herramientas con mayor potencial para estos efectos es el software libre, por sus implicaciones en la democratización de la información, la promoción de la autonomía tecnológica, el acceso al conocimiento, el impulso a la industria y mano de obra locales, la transparencia y la modernización de la gestión pública, la reducción de costos por uso de licencias y la seguridad informática.

El proyecto de Acuerdo que se sustenta a continuación se inspira en los esfuerzos de múltiples organizaciones y comunidades tecnológicas que han promovido la utilización de software libre para los propósitos mencionados, y en la información divulgada por expertos de todo el mundo, cuyas referencias se presentan en la parte final de la presente exposición de motivos.

1. EL SOFTWARE LIBRE EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

5.1.1 La evolución de los sistemas de cómputo

6. Antes de iniciar una explicación de la naturaleza y las características del software libre, vale la pena hacer una breve reseña sobre el funcionamiento de los computadores actuales, con énfasis en lo que se ha popularizado como software o programa de computador.

A lo largo de la historia, el ser humano ha hecho uso de su ingenio e inteligencia para crear instrumentos que le han servido como ordenadores. Existen vestigios que constatan que la civilización sumeria utilizaba tablas de arcilla para registrar sus transacciones comerciales desde el año 4000 A.C. Desde entonces, la humanidad ha desarrollado una enorme variedad de procedimientos e invenciones para perfeccionar los sistemas de cómputo, que incluyen los ábacos chino y babilonio (miles de años atrás), la máquina mecánica para sumar (1642), la máquina analítica (1834), y todos los avances realizados durante el siglo XX. Precisamente a mediados de esa centuria, y gracias a un fluido conocimiento científico en el campo, se empieza a hablar de los primeros computadores. Estos equipos, diseñados a partir de los años cuarenta, eran de gran tamaño y tenían programas que funcionaban de manera integrada a la máquina.

Posteriormente, innovaciones como las tarjetas perforadas y otras permitieron separar la máquina del programa, es decir, el hardware del software. Si se permite una analogía, podría decirse que en la música el hardware lo constituirían los instrumentos y el software, las partituras y la destreza para interpretarlas.

El software es, entonces, el conjunto de instrucciones que hace que el computador pueda manipular datos. Una vez se carguen los programas al computador, este empieza a operar.

Paulatinamente, el desarrollo del software cobró mayor relevancia y motivó posteriormente a empresas como IBM y otras a venderlo por separado del hardware, a través de las licencias de uso. Esta situación se consolidó a partir de los años ochenta. Hoy, la industria y las entidades públicas gastan mucho más dinero en el software que lo que invierten en el equipo sobre el cual se ejecuta.

Para comprender cómo funciona el software, habría que decir que comprende generalmente tres elementos: sistemas operativos, lenguajes de programación y programas de aplicación (algunos autores dividen esta última categoría en software de uso general y software de aplicación).

El sistema operativo es lo primero que debe cargarse en la memoria central del computador pues determina las operaciones básicas que realiza el procesador y funciona como un intermediario entre los programas y el hardware, es decir, es el programa que sirve como plataforma para que puedan ser leídos los programas de aplicación. Uno de los sistemas operativos más conocidos es Windows, de la empresa Microsoft.

Los lenguajes de programación permiten que el computador entienda las órdenes para realizar las tareas. El producto resultante del proceso de elaboración de cada lenguaje de programación se llama código fuente. El código fuente se traduce al lenguaje que es capaz de procesar el computador, a través de otro programa denominado compilador, de manera que se obtiene un "programa ejecutable" o "código objeto". En síntesis, los lenguajes de programación traducen las instrucciones en términos que puedan ser comprendidos por la máquina.

Los programas de aplicación son los dispositivos que el usuario comprende y utiliza, porque organizan y presentan la información en los términos que él requiere. El software de uso general se refiere a aplicaciones como la hoja de cálculo, el procesamiento de texto, el manejo de bases de datos, etc., que ofrecen un amplio rango de posibilidades de empleo. El software de aplicaciones permite adaptar esos dispositivos generales a las necesidades de un usuario determinado, para realizar tareas específicas de tipo personal, empresarial o científico, como el procesamiento de nóminas o el control de inventarios, entre otros.

1. 2 El software libre

Los primeros desarrollos del software fueron públicos hasta que las grandes firmas de computadores decidieron bloquear el acceso a los códigos fuente, que constituyen la información básica para la elaboración de los programas, de manera que se empezó a cobrar el uso del software a través de las licencias y se impidió que los usuarios exploraran sus programas, lo cual ha alimentado el mercado de la actualización y mejora del software, en beneficio de aquellas grandes firmas. La licencia especifica que la empresa productora sigue siendo la propietaria del programa y que el usuario no está facultado a analizar su funcionamiento, a realizar cambios, ni a transferir la titularidad de la misma a terceros. Adicionalmente, la productora se exime de la responsabilidad por fallas en el producto debidas a errores en la elaboración. El software resultante de estas restricciones ha sido denominado software propietario.

Sin embargo, ante este panorama favorable a la monopolización del desarrollo informático, algunos programadores vinculados a las universidades estadounidenses y europeas, intentaron nuevos desarrollos que contrarrestaran la lógica del software propietario y fomentaran procesos de cooperación tecnológica. De esta manera, en 1986 surgió el proyecto GNU (siglas que significan GNU in Not Unix) dirigido a crear un sistema operativo compatible con UNIX (software propietario). En principio, un grupo de expertos encabezado por Richard Stallman logró desarrollar un conjunto de herramientas (programas), como un compilador, un editor de texto, herramientas para trabajo en red y un intérprete de lenguajes. Posteriormente, en 1990, el finlandés Linus Torvalds desarrolló la parte que le faltaba a las herramientas GNU para tener un verdadero sistema operativo, el kernel, que es como el corazón del sistema, y que se denominó Linux. Surge, entonces, lo que hoy se conoce como GNU/Linux.

Gracias a la accesibilidad al código fuente y a la naturaleza misma del software libre, se permiten a los usuarios las siguientes libertades:

1. La libertad de ejecutar el programa para cualquier propósito.

2. La libertad de estudiar la manera en que el programa opera y adaptarlo a sus necesidades particulares.

3. La libertad para redistribuir copias del programa (incluido su código fuente) a quien desee.

4. La libertad de mejorar el programa y distribuir sus mejoras al público bajo las mismas condiciones del programa original.

Como afirma la Fundación Software Libre, los usuarios tienen la libertad para "ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el software", lo cual contrasta completamente con el software propietario.

Pese a que tradicionalmente el software libre ha sido desarrollado por los programadores en el marco de actividades académicas o por afición durante los últimos años, el panorama actual ofrece condiciones para desarrollar el potencial de esta tecnología debido a varios factores: algunas empresas fabricantes de software propietario han comenzado a cambiar sus políticas de desarrollo y a utilizar licencias libres como insumo para sus productos; otras, han tomado los desarrollos libres de programadores independientes como base de sus soluciones informáticas, o se dedican a mejorar y dar soporte a estos programas; y algunos grupos que desarrollan software libre se han organizado mejor y han constituido empresas exitosas debido a la calidad y avance de sus productos.

Desde sus orígenes, el proyecto GNU de Stallman promovió la estructura legal para proteger el software que había generado mediante la Licencia Pública General (GPL), que permite a toda persona utilizar el sistema operativo con cualquier fin sin restricciones. Una herramienta de esta licencia fue lo que se denominó copy left (literalmente, "izquierdo de copia"), en alusión al copy right o derecho de copia, y que implica que cuando se redistribuye el programa no se pueden agregar restricciones que afecten las cuatro libertades características del software libre. En otras palabras, impide que los programas licenciados bajo GPL se conviertan en programas de propiedad privada o privativos, a medida que se les introducen nuevos desarrollos.

Como se observa, el software libre no significa software gratis. En algunos medios se presenta esta confusión debido a la polisemia del término original en inglés "free software", ya que "free" quiere decir tanto libre como gratis. En el caso del software libre, el sentido de concepto se refiere a las libertades para los usuarios y a la obligación de mantener los programas sin restricciones, y no tiene ninguna relación con el precio. En consecuencia, el mercado informático ofrece copias de software libre pagas o gratuitas, pero su característica esencial es la libertad de copiar, modificar o transformar los programas, lo cual proporciona nuevas posibilidades de democratización de la información, innovación técnica, expansión y comercialización. Por otra parte, el mundo informático ha acuñado el término free ware para designar al software que se distribuye gratuitamente y diferenciarlo del software libre.

La utilización del código abierto permite adelantar una amplia gama tareas, desde las más complejas, como desarrollo de aplicaciones, producciones de cine y televisión, servidores de internet y operaciones de misión crítica, hasta las más sencillas, como aplicaciones de ofimática, entretenimiento y usos en el hogar y la oficina. Al revisar los informes sobre software libre que elaboran empresas, gobiernos y organizaciones internacionales, se observa que los expertos consideran el Linux como un sistema operativo muy estable, que no presenta problemas para interactuar con otros sistemas, gracias a la arquitectura abierta y a la flexibilidad.

7. El argumento más frecuente de los detractores del software libre, que generalmente están representados por las empresas desarrolladoras de software propietario o sus agentes, es el que se refiere a los riesgos para la propiedad intelectual. Sin embargo, en el software libre se promueve la lógica de la cooperación y la necesidad de compartir el conocimiento para reducir la inequidad en el avance tecnológico, por lo cual los programadores autorizan el uso de sus programas sin reservas, tal como lo hizo Stallman, por ejemplo cuando creó y autorizó el uso de la licencia GPL. Además, los autores originales nunca quedan relegados por otros o por una empresa más grande que use sus productos, puesto que se convierten en los ejes del proyecto al ser quienes recopilan los reportes de errores, los requerimientos de los usuarios y las contribuciones de los demás programadores.

8.2. EXPERIENCIAS INTERNACIONALES EN EL USO DE SOFTWARE LIBRE

9. Un reconocimiento a la confiabilidad en el sistema operativo y los programas de software libre se ha dado en la práctica gracias al uso extendido de éstos por parte de grandes empresas internacionales y de un significativo número de gobiernos de distintos países de todos los continentes.

10. El 27% de los servidores vendidos en el mundo durante el año 2000 tenían instalado el sistema Linux, mientras que el 41% venía con Windows, y más de la mitad de los sitios de internet están alojados sobre máquinas con Linux.

11. A continuación se presenta un resumen de los principales avances en ese sentido.

12. 2.1 Por iniciativa de las grandes empresas y otras organizaciones

Coincidencialmente, IBM, una de las empresas pioneras en la venta de licencias de software propietario es hoy reconocida por ser promotora de la investigación y desarrollo de Linux. Otras firmas del sector informático, como Hewlett Packard y Silicon Graphics, Inc. también han desarrollado proyectos de software libre.

Algunos sistemas de información de firmas reconocidas a nivel mundial, para las cuales la confiabilidad en el procesamiento de datos es fundamental, funcionan con software libre o han iniciado el proceso de migración hacia él. Tal es el caso de los bancos Merill Lynch en Estados Unidos, Banrisul en Brasil (para sus operaciones de cajeros electrónicos) y TSB en Nueva Zelanda, así como empresas como British Petroleum, DreamWorks y Disney.

El software libre ha sido un soporte fundamental en el desarrollo de sistemas de información ampliamente consultados en los computadores de todo el mundo. Entre los ejemplos más destacados se pueden mencionar la librería en línea Amazon, el TiVO, primer grabador de vídeo digital doméstico, el motor de búsqueda Google, el portal Yahoo y muchos otros proveedores de internet, que usan Linux y otras herramientas de software libre.

2.2 Por iniciativa gubernamental

El uso de software libre, en reemplazo o de manera simultánea con software propietario, se ha convertido en la última década en un tema de primer nivel en las agendas de los gobiernos y organizaciones de todo el mundo. El auge de estos programas es ya una tendencia mundial reconocida que muestra avances significativos en su aplicación en la administración pública y, especialmente, en la provisión de servicios a la ciudadanía. A continuación se presentan algunos casos que ilustran esta situación.

En Europa

Unión Europea: a finales del año pasado, http://www.softwarelibre.cl/modules.php?op=modload&name=News&file=index&catid=&topic=10

la Unión Europea, aprobó un presupuesto de 2,6 millones de euros para el desarrollo del proyecto COSPA (Consortium for Open Source Public Administration), con el propósito de sistematizar y apoyar las experiencias exitosas de uso de estándares abiertos de datos (ODS - Open Data Standards) y software de código abierto (Open Source) para la productividad personal y la gestión de información en la administración pública europea.

Alemania: el año 2003 registró importantes cambios en el uso de software en este país, pues en este período el gobierno alemán inició la instalación de GNU/Linux en computadores de algunas entidades públicas del nivel nacional, en tanto que ese mismo año Munich inició el cambio de 14 mil ordenadores del sistema Windows a Linux, decisión que representó uno de los primeros avances significativos en materia de migración a esquemas de programas libres y que ha marcado un hito en los procesos de autonomía tecnológica para otras ciudades en el resto del mundo. En el año 2002, el Ministerio Federal de Interior había firmado un acuerdo con IBM para promover el software libre en los puestos de la administración pública.

Austria: el Ministerio Federal de Interior participa en Microsoft¿s Shared Source Initiative,un proyecto que permite el acceso al código fuente de Windows XP.

Bélgica: se han tramitado proyectos de ley para reglamentar el uso de sistemas de información basados en software libre a nivel estatal y comunitario.

Dinamarca: el gobierno danés realizó a finales de 2002 un estudio para medir el impacto del uso de código abierto en las aplicaciones estatales, el cual determinó que la administración pública podría ahorrar aproximadamente 500 millones de euros en cuatro años si llegara a emplear este tipo de programas en lugar del software propietario. Una parte de esta investigación se realizó en la ciudad de Hanstholm, donde la municipalidad emplea 200 computadores de escritorio y se ahorraría 40 mil euros al año si migrara a software libre. Por otra parte, durante ese mismo año el Consejo Nórdico de Tecnología entregó 65 mil euros a la Agencia del Consumidor de Dinamarca para crear un sitio sobre el software de código abierto orientado a la ciudadanía.

España: los primeros avances en la aplicación de software libre para servicios estatales se presentaron a nivel de las regiones o comunidades autónomas, como Extremadura y Andalucía, con la firma de protocolos para el uso de Linux en medios electrónicos y en servicios educativos. En Canarias, el Parlamento ha enviado varias recomendaciones al gobierno local en procura de implementar medidas para la promoción del software libre. La Comunidad Autónoma de Murcia implementó el año pasado el proyecto ELISORM, Estado de Libertad del Software en la Región de Murcia, liderado por profesores de informática para investigar el nivel de utilización del software libre en la región y su impacto en la enseñanza de Tecnologías de Información y Comunicación -TIC-. La Junta de Galicia comenzó desde febrero de 2004 a dotar los establecimientos educativos públicos con el sistema Linux, de manera que los usuarios pueden optar entre este y Windows cuando hacen uso de los equipos. La región autónoma del Principado de Asturias definió la implantación de software libre en los sistemas informáticos de la administración, a través de la instalación GNU/Linux como sistema operativo u otros desarrollos informáticos libres. La Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat de Valencia, echó a andar el año pasado el proyecto denominado "Lliurex", cuyo propósito es introducir nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación -TIC- basadas en software libre en el Sistema Educativo valenciano. Unánimemente, los miembros del Parlamento Vasco aprobaron en 2003 una resolución que promueve el uso del software libre en la administración pública vasca y ordena al gobierno local la realización de estudios para la puesta en marcha de un plan de implementación de programas libres en las entidades autonómicas.

En cuanto al avance de los programas libres en las ciudades, Barcelona (Cataluña) inició en 2003 la migración a los sistemas de software libre en reemplazo del Windows para la mayoría de sus aplicaciones informáticas. En ese mismo año, la ciudad de Zaragoza (Andalucía) comenzó a desarrollar el Plan Municipal de Desarrollo de la Sociedad del Conocimiento, cuyo propósito general es convertir a la ciudad en una de las de mayor desarrollo tecnológico en Europa, en cuanto a manejo de la información y gestión del conocimiento. Uno de los ejes de este programa es el desarrollo de nuevos sectores productivos relacionados con información y comunicación y la cualificación de mano de obra local, para lo cual el Plan Municipal incluye la promoción del software libre como una oportunidad para impulsar el desarrollo de una industria local de software ante los nuevos mercados que se pueden abrir a este tipo de aplicaciones y sistemas.

Francia: en el año 2002, el gobierno francés decidió comprar servidores Linux de la empresa Mandrake para sus sistemas de cómputo público. Dos años después, la Alcaldía de París anunció la posibilidad de sustituir su red informática, basada en el sistema Windows, por programas como Linux (en reemplazo de Windows), OpenOffice (a cambio del Office de Microsoft) y Mozilla (en lugar de Explorer), de software libre, lo cual implicaría la compra de 15000 computadoras equipadas con nuevos programas en el año 2008. Ante este panorama, Microsoft ofreció un descuento de 60 por ciento sobre sus propios sistemas. En los años recientes, se han promovido varias iniciativas legislativas para regular el uso de programas de código abierto en establecimientos públicos, al tiempo que algunas entidades, como la Dirección General de Impuestos, el Ministerio de Cultura (en febrero 2000 éste decidió sustituir servidores NT y AIX por Red Hat Linux), y los ministerios de Defensa, Justicia, Economía, Finanzas e Industria vienen utilizando software libre en varios de sus servidores.

Italia: la asesora en comunicaciones de la comuna de Roma anunció, en febrero de 2004, al diario La Reppublica que la administración pública de la ciudad empezaría a reemplazar el sistema Windows por Linux de manera gradual, siguiendo el ejemplo de otras ciudades de Europa y del mundo, aunque mantendría algunos programas educativos que trabaja conjuntamente con Microsoft. En Italia existen antecedentes de la promoción de software libre desde 2001, fecha en la que se tramitó una iniciativa en Florencia y, posteriormente, otra en Pavía.

Noruega: a finales de 2002, el gobierno de Noruega canceló un contrato de exclusividad con Microsoft para el suministro de programas a la administración pública de ese país.

Reino Unido: el gobierno británico y la empresa estadounidense IBM desarrollan actualmente una investigación con el fin de determinar el ahorro que puede significar la adopción de software libre en las agencias gubernamentales británicas. Por otra parte, desde algunos órganos del poder ejecutivo se avanza en los lineamientos de una política sobre el uso del software libre. Entre las acciones concretas en el uso de código abierto, se han hecho pruebas de Linux para emplearse en 60000 computadores personales de la Policía.

En África

Namibia: en este país fueron equipadas 250 escuelas con ordenadores basados en Linux, a través de un programa de la Internacional Open Source Network.

Sudáfrica: desde comienzos del año 2003, el gobierno de Sudáfrica, a través de la Agencia Estatal de las Tecnologías de la Información, comenzó a estructurar una política para el desarrollo y soporte del software libre en el Estado y su aplicación en procesos de participación ciudadana y gobierno en línea. La directriz que ha venido desarrollando desde entonces está encaminada a emplear el código abierto en una herramienta de entrega de servicios públicos y estatales, y a la promoción de la industria local de software. Para ese entonces, la administración pública sudafricana ya empleaba aplicaciones de software libre para servidores Web en su red estatal OpeNet (como Apache y FreeBSD) y en el servicio de correo electrónico (Exim).

Asia

China: dentro del plan de convertir a China en el país abanderado del código abierto en Asia, el gobierno de Beijing decidió en 2003 ampliar el uso de software libre a través de la concesión de cuantiosos contratos en ese sector. Uno de los propósitos centrales de este tipo de medidas es la promoción de actividades económicas en este campo a través de la contratación de empresas locales en lugar de mantener la dependencia informática con las multinacionales. En el año 2002, la empresa Red Flag Software firmó un contrato para equipar todos los computadores del gobierno de Beijing con Linux.

Corea del Sur: el Ministerio de Información y Comunicación de Corea del Sur diseñó en 2004 un plan para la implementación de software libre en los computadores de las entidades públicas y las universidades, en reemplazo de los programas de Microsoft por productos como Linux y Mozilla. Esta transición tiene como límite el 2007 y prevé un ahorro de 300 millones de dólares.

Filipinas: el gobierno anunció en febrero de 2002 el desarrollo de una distribución masiva de Linux y software libre de escritorio.

India: a finales de 2004, el Ministerio de Educación del estado de Bengala Occidental en la India tomó la decisión de instalar 10000 computadores con Linux en 2500 escuelas rurales. Entre las razones que llevaron a esta determinación, se encuentra el hecho de que los costos de la instalación del software libre eran 30% menores a los que había propuesto Microsoft. Al igual que la NASA, el Centro de Desarrollo de Computación Avanzada de la India, utiliza software libre en laboratorios de alto desempeño para la creación de supercomputadores.

Japón: a finales del año pasado, el Japan Atomic Energy Research Institute inició la construcción de un supercomputador denominado Jaeri, que operará también con Linux y que comenzará a funcionar en marzo de 2005.

Malasia: desde noviembre de 2001, el gobierno de este país utiliza software libre para estimular el desarrollo tecnológico local, garantizar la seguridad informática y reducir los costos de propiedad de los programas informáticos.

Tailandia: el gobierno de Tailandia creó un programa estatal que permite a los potenciales usuarios de computadores adquirir los equipos con programas de software libre a precios reducidos. Durante 2003, año en que se implementaron estas medidas, los tailandeses adquirieron por esta vía alrededor de un millón de equipos de computación.

En América

Estados Unidos: la NASA ha utilizado recurrentemente programas de software libre en sus aplicaciones tecnológicas, al punto que el computador más sofisticado del mundo -que fue construido por esta entidad- funciona bajo el sistema operativo Linux. Igualmente, la National Science Foundation y el Departamento de Energía emplean sistemas operativos de software libre en la creación y operación de supercomputadores. Simultáneamente a la implementación de software libre en los servidores de entidades públicas de algunas ciudades como Largo (Florida) desde hace algunos años, se han tramitado proyectos normativos para promover que los programas adquiridos por el Estado sean de software libre, como el que se presentó en California.

Argentina: en los años recientes, varias entidades estatales han empezado a emplear Linux, en vista del escaso presupuesto para licencias y servicios informáticos. Cuando la Secretaría de Medios de Comunicación planteó abiertamente esta situación, se inició un debate importante sobre la necesidad de emplear herramientas que ayuden a disminuir costos y a garantizar la seguridad de la información pública. Por otra parte, desde 2002 se han presentado varios intentos por reglamentar el uso de programas de software libre en las entidades estatales. En marzo de ese año, cursó en la Cámara de Diputados del Congreso Nacional el proyecto de Ley 904-D-02, que presentaba la "Política de utilización de software libre por el Estado Nacional". Otra iniciativa fue aprobada en noviembre de 2004, en la comisión de Gobierno del Concejo de Rosario. Ehttp://www.softwarelibre.cl/modules.php?op=modload&name=News&file=index&catid=&topic=10

Este proyecto, denominado Plan Integral de Migración de Software Libre para la Municipalidad, contribuirá al ahorro de aproximadamente el 50% de los costos en licencias informáticas, según los cálculos establecidos conjuntamente con las autoridades locales. En las próximas sesiones de esta corporación se estudiará un proyecto que propone la reglamentación del uso de software libre en las reparticiones municipales y en todas las empresas o entes donde la Municipalidad de Rosario tenga participación mayoritaria, en sustitución de los programas bajo licencia. Ya desde 1996 la Dirección General de Informática de Rosario había comenzado a usar programas de software libre en sistemas y servicios centrales de la Municipalidad (en la página oficial www.rosario.gov.ar, y en servidores del Tribunal de Faltas y de la Dirección de Tránsito).

Brasil: es uno de los países que registran mayores avances en este campo, gracias a las políticas sobre desarrollo tecnológico que ha impulsado el gobierno federal, a través del Instituto Nacional de Tecnología de la Información. En octubre de 2003, el presidente Lula emitió un decreto que formalizó una serie de iniciativas para consolidar la política de gobierno electrónico, coordinada por el "Comité Técnico de Implementación de Software Libre". Adicionalmente, en ese mismo año se creó el "Frente Parlamentario Mixto por el Software Libre" -FRENSOFT-, que aglutina a más de 135 diputados y 26 senadores brasileros. Una encuesta realizada por el Instituto Nacional de Tecnología de la Información en 88 entidades federales reveló que el uso de software libre en 15 órganos del gobierno permitió un ahorro de US$ 9,9 millones (R$ 28,5 millones) en licencias, en un período de un año (octubre de 2003 a septiembre de 2004). Ya en febrero de ese mismo año se había aprobado una disposición para promover el software libre en el estado de Rio Grande do Sul, y en varias ciudades (Amparo, Solonópole, Ribeirao Pires y Recife) existen leyes que establecen el uso preferente o simultáneo de software libre en las aplicaciones estatales. Desde 1999, se han presentado varios proyectos para reglamentar el uso preferente de software libre (proyecto de Ley 2.269/1999, 3.051/2000 y 4.275/2001). Según una investigación realizada por la Sociedad para la Promoción de la Excelencia del Software Libre Brasilero, 60 alcaldías utilizan actualmente programas de código abierto.

Costa Rica: en el año 2002, el gobierno nacional sancionó el Decreto Ejecutivo No. 30236-J, medida que facultó a la administración pública a usar software de código abierto. Un año más tarde, se tramitó en el Congreso otra iniciativa que buscaba ampliar y fortalecer el alcance de la disposición nacional, ordenando a las entidades estatales a seleccionar prioritariamente el uso de programas libres.

Panamá: la Secretaría de Ciencia y Tecnología emplea simultáneamente software propietario o privativo y software libre en los proyectos de gobierno electrónico.

Perú: en este país también se han hecho intentos legislativos en el Congreso de la República para establecer el uso obligatorio de programas de software libre en las entidades públicas: el proyecto de ley 1609 "Ley de Uso de Software Libre en la Administración Pública", presentado en diciembre de 2001; el proyecto de Ley 2344 "Ley de uso de software de código abierto y de dominio público", en marzo 2002; y el proyecto de ley 2485 "Ley de Uso de Software Libre en la Administración Pública", en abril 2002.

Uruguay: en junio de 2003, la Junta Departamental de San José adoptó, por unanimidad, la primera resolución pública que establece el uso de software libre en la administración uruguaya.

Venezuela: actualmente se prepara un decreto presidencial para el fomento y adquisición de software libre en la administración pública, al tiempo que las entidades estatales han iniciado el proceso de migración a esta tecnología. Según cálculos del Ministerio de Educación venezolano, durante 2004 se han ahorrado 2,2 millones de dólares en esta entidad a partir de la adopción del software libre. Adicionalmente, según el Ministerio de Ciencia y Tecnología, otros proyectos gubernamentales, como los infocentros, Alcaldía Digital (al que están vinculados 81 municipios) y la plataforma del ministerio, ya están funcionando con programas libres.

3. USO DE SOFTWARE LIBRE EN ENTIDADES Y EMPRESAS NACIONALES

Hace aproximadamente diez años, se organizó un grupo de voluntarios colombianos para ayudar a los novatos en el uso de esta herramienta computacional. Hoy en día, LinuxCol es un grupo abierto que cuenta con más de 350 afiliados, que ayudan a cualquier persona interesada en obtener asistencia por intermedio de la red mundial de datos.

En Colombia, además de las universidades, que juegan un papel importante en el desarrollo del software libre, tienen presencia varias empresas, nacionales y extranjeras, en distintas ciudades del país, dedicadas a brindar distribución y soporte técnico sobre plataformas libres, y grandes compañías nacionales que han implementado soluciones utilizando estas herramientas.

Reconocidas entidades públicas y privadas colombianas emplean desde hace algunos años herramientas de software libre. Entre ellas, vale la pena destacar las siete primeras, que tienen su radio de acción en Bogotá y de las cuales cinco hacen parte de la estructura administrativa distrital.

*Instituto Distrital de Cultura y Turismo de Bogotá.

*Transmilenio.

*Secretaría de Tránsito y Transporte.

*Instituto Distrital de Recreación y Deporte de Bogotá.

*Universidad Distrital Francisco José de Caldas.

*Cámara de Comercio de Bogotá.

*Bolsa de Bogotá.

*Defensoría del Pueblo de Colombia.

*Presidencia de la República.

*Colombia Telecomunicaciones (antes Telecom).

*Ministerio de Comunicaciones.

*Universidad Nacional de Colombia.

*Universidad Pedagógica Nacional.

*Armada Nacional.

*Departamento Nacional de Estupefacientes.

*Instituto Colombiano de Fomento a la Educación Superior -ICFES-.

*Ministerio de Educación Nacional.

*Universidad Nacional Abierta y a Distancia.

*Confecámaras.

*Ministerio de Justicia y del Derecho.

También existen varios grupos de usuarios de software libre en las universidades del país, entre ellas las siguientes:

*Escuela de Administración de Negocios

*Pontificia Universidad Javeriana

*Universidad de Antioquia

*Universidad de los Andes

*Universidad de Manizales

*Universidad de San Buenaventura

*Universidad del Valle

*Universidad Distrital Francisco José de Caldas

*Universidad Industrial de Santander

*Universidad Nacional

Adicionalmente, vale la pena mencionar algunas empresas u organizaciones como Carrefour, el Banco Popular, Colnodo, una parte de la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, Orbitel y las Empresas Públicas de Medellín, que usan sistemas de software libre para el manejo de la información de sus operaciones y servicios. Respecto a entidades estatales, también emplean programas de código abierto el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- (que utiliza software libre para el análisis de señales de satélites y antenas), el Instituto Geográfico Agustín Coddazzi (para los servicios de internet) y la Casa Nacional del Profesor (en correo electrónico). En septiembre de 2004, Colciencias inauguró la plataforma ScienTI, Inteligencia Competitiva, un portal en Internet con información sobre los proyectos de investigación científica, completamente desarrollada sobre Open Source.

4. CONVENIENCIA DEL USO DE SOFTWARE LIBRE EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Existen razones de distinto orden para promover el uso de software libre en la administración pública. Como se mencionó a grandes rasgos en la introducción, esta tecnología permite mejorar las condiciones para la democratización de la información, el acceso al conocimiento, la transparencia y la modernización de la gestión pública, la autonomía tecnológica, la reducción de costos por uso de licencias, el impulso a la industria y mano de obra locales y la seguridad informática.

En primer lugar, la implementación de software libre en las aplicaciones estatales facilita a la ciudadanía el acceso a la información, pues no se impone el uso de plataformas específicas ni se obliga a los usuarios a la adquisición de licencias. Más aún: si se implementaran políticas contundentes para el uso y promoción de código abierto, los costos y el alcance de estos programas permitirían ampliar notoriamente el número de usuarios en sectores populares, a través de la compra directa de equipos y software o por medio de la expansión de redes informáticas estatales.

Por otra parte, el software libre contribuye a crear, divulgar y compartir el conocimiento, uno de los más preciados bienes públicos en la sociedad de la información. La naturaleza misma de estos programas, cuyos códigos pueden estudiarse y mejorarse continuamente, propicia la interacción entre los programadores, gobiernos, universidades, comunidades de usuarios y empresas, y promueve el establecimiento de relaciones de cooperación entre estos actores. Por ejemplo, si una entidad distrital invirtiese en una aplicación para su sistema de información, en formato abierto, dicha aplicación podría ser estudiada, adaptada y utilizada por usuarios privados o públicos en sus propios sistemas; cuando esta misma inversión se contrata con programadores de software propietario, el producto sólo puede ser utilizado en la entidad que adquiere la licencia. Además, las libertades que el software libre otorga a los usuarios les permiten ser partícipes activos de la sociedad del conocimiento y no simplemente consumidores pasivos.

En cuanto a la contribución a la transparencia y la modernización de la gestión pública, la implementación de programas de software libre en los sistemas de información estatal permite potenciar y expandir el uso de herramientas informáticas para el control social en procesos como contratación en línea, ejecución presupuestal y rendición de cuentas. La reducción en los costos totales de operación (valor asociado al costo del software, de su mantenimiento y de la capacitación requerida para los usuarios) y la posibilidad de adaptar los programas, facilitarían el uso de estas herramientas en las localidades y otros ámbitos de la ciudad, y aportarían sustancialmente a la consolidación de una administración moderna y con sentido social.

Otro tipo de ventajas del uso de software libre en la administración pública se relaciona con la posibilidad de superar la dependencia tecnológica con los proveedores, ya que permite implementar sistemas operativos, formatos y aplicaciones que pueden ser utilizados y modificados en el momento y para los propósitos que se requieran. Las entidades que adopten estos sistemas podrán tener acceso al código de origen, examinar su funcionamiento y distribuir copias de los desarrollos, si así lo desean. Estas condiciones brindan la posibilidad de superar más rápidamente la brecha tecnológica con respecto a los países más desarrollados.

Un avance gradual en la autonomía tecnológica tendría efectos en la durabilidad de los datos públicos, al garantizar que la evolución de los sistemas de software dependa de factores internos y no de las condiciones impuestas por los proveedores.

En distintos escenarios de análisis internacional sobre nuevas tecnologías de información y comunicación se ha promovido el debate de la inviabilidad del uso de licencias de software para las economías de los países en desarrollo, debido a los altos costos, al mantenimiento y al control de precios que imponen las firmas internacionales que las comercializan. El cambio progresivo a sistemas de software libre se convertiría, entonces, en una opción importante para los gobiernos, especialmente aquellos que no disponen de altos presupuestos para los gastos en tecnologías informáticas. Los costos iniciales del proceso de migración (que dependen de la gradualidad del mismo y que se refieren especialmente a la adaptación y capacitación de personal) se compensan desde la primera fase del proceso de migración, según lo han demostrado las experiencias desarrolladas dentro y fuera del país. En síntesis, la proyección del ahorro como consecuencia del uso de software libre en múltiples aplicaciones estatales es enorme, incluso si sólo se tiene en cuenta la disminución del gasto público en licencias informáticas, pero adicionalmente existe otro tipo de ganancias de incalculable valor, como las posibilidades de expansión tecnológica y el aumento de la productividad.

Este último aspecto ha sido un factor fundamental en las iniciativas internacionales para la promoción del software libre, ya que su uso en las entidades estatales abre la puerta a la creación y consolidación de empresas locales, bien sea por la vía de la contratación con el Estado para proveer las aplicaciones informáticas, o bien a mediano y largo plazo por las posibilidades que proporciona a la especialización y a la venta de servicios al sector privado nacional o extranjero. Esta es la tendencia que se ha observado incluso en países desarrollados que han optado por la adopción de políticas para la promoción del código abierto, con el objetivo de mantener los recursos públicos destinados a la tecnología digital en manos de profesionales y empresas nacionales, lo cual genera un alto impacto en la economía y el empleo.

Por último, otro argumento que justifica la promoción de software libre en la administración pública se refiere a la seguridad informática, aspecto crítico para el caso de asuntos estatales en los que se maneja información de seguridad nacional, pero que en otros niveles también tiene implicaciones relevantes. En primer lugar, se garantiza que las entidades estatales que desarrollen programas y aplicaciones basadas en código abierto conserven el acceso irrestricto a la información, lo que no ocurre con el software propietario, que funciona con códigos cerrados, conocidos exclusivamente por sus desarrolladores. Algunos programas de software propietario, conocidos como spyware, sobre los cuales no existe ningún control, reportan información de las actividades que realizan sus usuarios, por ejemplo acerca los sitios de internet que visitan. El software libre permite eliminar fácilmente estos programas espías. La seguridad informática también se relaciona con la posibilidad, proporcionada por el software libre, de controlar el funcionamiento de los programas y el contenido de la información que se procesa, lo cual permite adelantar acciones de control y auditoría a los procedimientos informáticos.

5. SUSTENTO JURÍDICO

A continuación se presenta el conjunto de normas legales que proporciona viabilidad jurídica a este proyecto de Acuerdo.

En primer lugar, el artículo 13 de la Constitución de 1991 consagra el derecho a la igualdad ante la ley y la no discriminación:

"ARTÍCULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación (¿)

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".

En cuanto al acceso a la información, la Constitución Política contiene disposiciones que garantizan el derecho de los ciudadanos a conocer y rectificar información personal, y a acceder a la información pública, como lo contemplan los artículos 15 y 74

"ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho (...) a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privada. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución (...)".

"ARTÍCULO 74. Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley (...)".

Al respecto, vale la pena anotar que la sistematización de datos por parte del Estado se realiza exclusiva o casi exclusivamente a través de software propietario o privativo, lo cual restringe el acceso a la información para aquellas personas que no poseen dicho software. Por el contrario, el uso de sistemas compartidos (propietario y libre) garantizaría una mayor equidad en este sentido.

Por otra parte, la Carta Magna también determina que, en algunos casos, el acceso a la información pública debe ser restringido y que esta sólo debe ser conocida por los funcionarios o entidades facultadas para ello. Precisamente por sus características técnicas, el software libre puede garantizar la confidencialidad de la información, a diferencia del propietario, que permite a los proveedores privados el acceso que proscribe la norma.

En relación con el derecho a la educación, los artículos 67 y 71 de la Constitución establecen como una de las prioridades de los procesos de formación el acceso y fomento a la ciencia y la tecnología, como se puede apreciar en los textos transcritos a continuación:

"ARTÍCULO 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano (...) para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente (...)".

"ARTÍCULO 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y (¿) y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades".

El presente proyecto de Acuerdo podría conducir a la apertura de oportunidades para la promoción del empleo especializado y de iniciativas empresariales de pequeñas y medianas organizaciones de comercialización de servicios y productos informáticos, así como a la generación de condiciones más equitativas de competencia y de acceso al mercado del software en la ciudad. Estos efectos guardan correspondencia con el papel que el Estado desempeña en tanto garante de los derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales, como los relacionados con el trabajo, la libertad de asociación, la iniciativa privada, la libertad económica y la equidad de oportunidades, además de los mencionados en el párrafo anterior. Al respecto, la Constitución Política establece lo siguiente:

1. "ARTÍCULO 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas".

"ARTÍCULO 58. (...) El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad (...)".

"ARTÍCULO 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad (...)"

"ARTÍCULO 333. La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común (...). El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial.

El Estado, por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional (...)".

"ARTÍCULO 334. La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, (...) para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo (...).

El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y la competitividad y el desarrollo armónico de las regiones".

"ARTÍCULO 336. Ningún monopolio podrá establecerse sino como arbitrio rentístico, con una finalidad de interés público o social y en virtud de la ley (...)".

Por otra parte, el Estatuto General de Contratación Pública, consagrado en la Ley 80 de 1993, establece los principios de transparencia, economía y responsabilidad del proceso de contratación pública, en los artículos 24, 25 y 26, así como el deber de selección objetiva de acuerdo con la oferta más favorable a la entidad de que se trate (artículo 29).

La ley 590 de 2000, creada con el propósito de promover las micro, pequeñas y medianas empresas, MYPIMES, establece que el Estado colombiano debe realizar esfuerzos tendientes a la generación de oportunidades económicas para este tipo de asociaciones empresariales que operan bajo la lógica del aprovechamiento de pequeños capitales:

"ARTÍCULO 1. (...)

a) Promover el desarrollo integral de las (...) empresas en consideración a sus aptitudes para la generación de empleo, el desarrollo regional, la integración entre sectores económicos, el aprovechamiento productivo de pequeños capitales y teniendo en cuenta la capacidad empresarial de los colombianos (...);

b) Estimular la promoción y formación de mercados altamente competitivos mediante el fomento a la permanente creación y funcionamiento de la mayor cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas, Mipymes;

c) Inducir el establecimiento de mejores condiciones de entorno institucional para la creación y operación de micro, pequeñas y medianas empresas;

d) Promover una más favorable dotación de factores para las micro, pequeñas y medianas empresas, facilitando el acceso a mercados de bienes y servicios, (...) para la realización de sus productos y servicios a nivel nacional e internacional, la formación de capital humano, la asistencia para el desarrollo tecnológico y el acceso a los mercados financieros institucionales;

e) Promover la permanente formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas favorables al desarrollo y a la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas;

f) Señalar criterios que orienten la acción del Estado y fortalezcan la coordinación entre sus organismos; así como entre estos y el sector privado, en la promoción del desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas; (...)".

Adicionalmente, el artículo 12 de la Ley 590 de 2000 establece que las entidades públicas deben promover la concurrencia de las MYPYMES a los mercados de bienes y servicios que crea el funcionamiento del Estado, para lo cual un proyecto de Acuerdo como el que se pone a consideración ofrece posibilidades concretas y factibles. Según esta norma, las entidades están llamadas a las siguientes acciones:

"ARTÍCULO 12. (...) las entidades indicadas en el artículo 2º de la Ley 80 de 1993 o de la ley que la modifique (...):

1. Desarrollarán programas de aplicación de las normas sobre contratación administrativa y las concordantes de ciencia y tecnología, en lo atinente a preferencia de las ofertas nacionales, desagregación tecnológica y componente nacional en la adquisición pública de bienes y servicios.

2. Promoverán e incrementarán, conforme a su respectivo presupuesto, la participación de micro, pequeñas y medianas empresas como proveedoras de los bienes y servicios que aquellas demanden.

4. Las entidades públicas del orden nacional, departamental y municipal, preferirán en condiciones de igual precio, calidad y capacidad de suministros y servicio a las Mipymes nacionales.

PARÁGRAFO. El incumplimiento de los deberes de que trata el presente artículo por parte de los servidores públicos constituirá causal de mala conducta".

De acuerdo al artículo 2º de la Ley 80 de 1993 y en el marco de la ciudad, las entidades estatales son "el distrito capital, (¿) los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles (¿)".

2. En relación con la Ley 590 de 2000, el artículo 16 prevé que la Superintendencia de Industria y Comercio sancionará a quienes ejecuten prácticas que restrinjan el acceso de las MYPYMES a los mercados o a los canales de comercialización.

Finalmente, es importante revisar una serie de medidas del gobierno nacional encaminadas a implementar la "Agenda de Conectividad". Esta estrategia se definió en el documento CONPES 3072 de 2000, con el propósito de masificar el uso de las Tecnologías de la Información y, a través de ello, aumentar la competitividad del sector productivo, modernizar las instituciones públicas y socializar el acceso a la información.

Posteriormente, la "Agenda de Conectividad" se materializó en el Programa Presidencial para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, creado por el decreto presidencial 127 de 2001, programa al que se le asignaron, entre otras las siguientes funciones:

"a) Asesorar, diseñar, formular y proponer políticas, planes y programas que garanticen el acceso y la implantación de nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, con el fin de fomentar su uso, como soporte del crecimiento y aumento de la competitividad

b. Formular políticas, planes y programas que garanticen a través del uso de nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones el acceso a mercados para el sector productivo como esfuerzo para la política de generación de empleo.

c. Fomentar el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para mejorar la calidad de vida de la comunidad, ofreciendo un acceso equitativo a oportunidades de educación, trabajo, justicia, cultura, recreación, etc. (...)".

Los lineamientos del CONPES 3072 de 2000 fueron recogidos por el artículo 4 de la Ley 812 de 2003, que adoptó el Plan Nacional de Desarrollo:

"d. Agenda de Conectividad

La Agenda de Conectividad es una política de Estado que busca masificar el uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones, con el propósito de lograr que el país aproveche las tecnologías para su desarrollo económico, social y político, buscando insertar a Colombia en la sociedad del conocimiento a través de la democratización del acceso a la información, aumentando la competitividad del sector productivo, y liderando el proceso de modernización del .Estado. Para lograr estos objetivos, la Agenda de Conectividad desarrolla seis estrategias: a) acceso a la infraestructura de la información; b) educación y capacitación en el uso de estas tecnologías; c) uso de tecnologías de esta naturaleza en las empresas; d) fomento a la industria nacional en tecnologías de la información y telecomunicaciones; e) generación de contenido local relevante; y f) Gobierno en Línea".

A nivel distrital, el Acuerdo 119 de 2004, que adoptó el plan de desarrollo Bogotá sin Indiferencia, incluye varias metas relacionadas con la implementación de herramientas informáticas, servicios de atención a la ciudadanía, y educación tecnológica.

Artículo 10. Metas del Eje Social. Programa Más y mejor educación para todos y todas.

"Fomentar la investigación científica y tecnológica mediante la realización de acciones de formación de docentes en la enseñanza de las ciencias y la tecnología (...)"

Artículo 15. Metas del eje Urbano Regional. Programa Bogotá productiva.

"Concertar y desarrollar acciones para elevar la productividad, con el sector solidario, colectivos de pequeños y medianos productores, y artesanos (...)

Aumentar la participación de técnicos y tecnólogos en la población según niveles de educación (¿)".

Artículo 25. Metas de Gestión Pública Humana.

Programa Administración Moderna y Humana.

"Adecuar la estructura de la Administración para responder a las necesidades y los retos de la ciudad (...)".

Programa Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía

"Consolidación del SDSC y puesta en funcionamiento de Centros de Atención Especializados ¿SUPERCADES- en seis localidades (...)".

Programa Sistema Distrital de Información

"Consolidar el Sistema Distrital de Información".

6. SENTIDO DE LA PROPUESTA

Este proyecto de Acuerdo se dirige, por una parte, a implementar en el distrito una serie de estrategias y acciones que favorezcan el desarrollo tecnológico y la optimización de recursos públicos destinados a este propósito, a través del uso y promoción del software libre, sin poner en riesgo las inversiones y los avances materializados hasta la fecha en materia informática; y, de otro lado, a generar mayores condiciones de equidad para las pequeñas y medianas empresas locales que comercializan o podrían comercializar servicios de software libre, pues hasta el momento la gran mayoría de los servicios y licencias que contrata el distrito son de carácter privativo, y se adquieren a través de agencias de las grandes corporaciones multinacionales especializadas. Es de advertir, por lo demás, que el proyecto no impediría la utilización simultánea de ambos esquemas (propietario y libre), lo cual daría lugar a una sana competencia entre proveedores, con base en la calidad y la economía, entre otros criterios.

En los apartados anteriores se describieron las múltiples ventajas de adoptar herramientas tecnológicas basadas en código abierto y el enorme impacto que su aplicación generaría en la administración distrital y en las políticas para el fomento empresarial. Sin duda, la ciudad, reconocida por su potencial en la provisión de servicios tecnológicos, podría aprovechar las oportunidades en este campo si se abren las puertas a los nuevos retos de la sociedad de la información y se acude para ello, entre otros expedientes, al software libre.

Bogotá debe seguir avanzando en el camino de la innovación tecnológica y de la apropiación de herramientas que fortalezcan el proceso de desarrollo con equidad. El software libre ofrece oportunidades significativas para alcanzar estos propósitos y su aplicación exige esfuerzos mínimos en comparación con los resultados potenciales.

A partir de una minuciosa revisión de las experiencias de varios países en la adopción y promoción del uso de software libre en la administración pública, se encontró que cuando se trata de presentar iniciativas normativas que regulen la materia se acude, por lo general, a la estrategia de proponer medidas que obliguen a las administraciones locales a iniciar un proceso acelerado de migración a software libre que concluya en la utilización exclusiva de este tipo de programas, eliminando -después de la migración- la posibilidad de usar programas privativos, salvo cuando no exista un desarrollo de software libre para atender la necesidad de que se trata.

Sin embargo, el presente proyecto de Acuerdo se ciñe a un enfoque alternativo, que tiene en cuenta otros aspectos de la experiencia internacional. Conforme a ésta, la transición de software privativo a libre comporta cambios tecnológicos y culturales de significación, que implican costos y demandan esfuerzos nada desdeñables. En términos más específicos, la transición enfrenta el reto de conseguir que los servidores públicos que administran y actualizan los sistemas de información asuman una actitud positiva frente al cambio de esquema. En estas circunstancias se hace aconsejable acudir a un proceso de migración flexible, que conduzca a disponer de una plataforma informática integral (compatible tanto con software libre como privativo). El proyecto, como se desprende de la lectura del articulado, se ajusta a esa orientación.

CARLOS VICENTE DE ROUX RENGIFO

Concejal

ORLANDO PARADA DIAZ

Concejal

CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ

Concejal

ORLANDO SANTIESTEBAN

Concejal

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.,

en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política y el Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1. Política de promoción del software libre. El Alcalde Mayor, con el apoyo de la Secretaría General de la Alcaldía y del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, DAPD, la Secretaría de Hacienda y oído el concepto de la Comisión Distrital de Sistemas, CDS, expedirá una Política de Promoción y uso de software libre en el sector central, el sector descentralizado y las localidades del distrito. Dicha política comprenderá, cuando menos, los siguientes elementos:

1. El fomento de la utilización de herramientas tecnológicas basadas en software libre en las entidades distritales, a través de procesos de divulgación, capacitación y comunicación.

2. La promoción de la participación de las comunidades científicas y académicas en los procesos de investigación y desarrollo del software libre y en la divulgación, educación y capacitación en torno a dicho tipo de software.

3. El desarrollo de procesos pedagógicos y de divulgación dirigidos hacia la ciudadanía en general para la promoción y uso del software libre.

4. El impulso de convenios de cooperación nacional e internacional para financiar el desarrollo y el uso del software libre.

5. La disposición de orientaciones tendientes a que en los estudios de mercado, que soportan los procesos de contratación del Distrito, se incluya la valoración y evaluación de herramientas tecnológicas basadas en software libre, en los casos pertinentes.

6. El fomento de la enseñanza y/o el uso del software libre en las instituciones educativas distritales.

Artículo 2. Informes. La administración distrital, a través de la Comisión Distrital de Sistemas, presentará al Concejo de Bogotá un informe semestral de avance en la implementación de la política de que trata este Acuerdo.

Artículo 3. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor del Distrito Capital

Dado en Bogotá, D.C., a los (__) días del mes de año 2007.