RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 277 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/03/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/03/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3731 de marzo 28 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 277 DE 2007

(Marzo 28)

"Por medio del cual se declaran de interés cultural Distrital las actividades culturales de La Feria Internacional del Libro de Bogotá y  se dictan otras disposiciones"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, y en especial, en las conferidas por el numeral 13 del Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993

Ver el art. 14, Ley 98 de 1993, Ver el Acuerdo Distrital 32 de 2001, Proyecto de Acuerdo 044 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

Artículo 1°. Declarar de interés cultural las actividades culturales que desarrolla la "Feria Internacional del Libro de Bogotá".

Parágrafo. Para los efectos del presente acuerdo se entenderá como actividades culturales los eventos que se realizan en la "Feria Internacional del Libro de Bogotá" y que se orientan, sin directa pretensión de lucro, a la expresión y difusión del pensamiento, el conocimiento, la ciencia, la literatura y el arte.

Artículo 2°. La Administración Distrital, dará a poyo a la "Feria Internacional del Libro de Bogotá" y, en especial, a los eventos culturales que se realicen en desarrollo de la misma. Tal apoyo se prestará, en particular en el marco de las competencias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y de las entidades adscritas y vinculadas a ella, y previa determinación de las disponibilidades presupuestales que se establezcan al efecto para la respectiva vigencia, cuando dicho apoyo tenga alcance fiscal.

Artículo 3°. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y La Secretaría de Educación Distrital, de conformidad con sus disponibilidades presupuestales, promoverá la participación de los ciudadanos y, más específicamente de los estudiantes y docentes de las instituciones educativas de la ciudad, en las actividades culturales de la Feria.

Artículo 4°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ORLANDO PARADA DÍAZ

Presidente

RUTH YANED VARGAS RICO

Secretaría General (E)

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

Marzo 28 de 2007