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Circular 20 de 2007 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/05/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/05/2007
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 020 DE 2007

(Mayo 07)

PARA:

SERVIDORES, CONTRATISTAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS E INTERVENTORES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

DE:

SECRETARIO GENERAL

ASUNTO:

DESCUENTO PAGO DE APORTES DE CONTRATISTAS AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y PENSIONES

 Ver Circular Sec. General 036 de 2007, Ver Circular Sec. General 062 de 2007Ver Circular Sec. General - DGC 3 de 2010


La Ley 797 de 2003 por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993, estableció en el literal E, parágrafo 1 del Artículo 3 sobre afiliación al Sistema General de Pensiones, que los aportes en pensiones podrán ser realizados por terceros a favor del afiliado sin que ello por si solo implique la existencia de una relación laboral.

Así mismo, el Gobierno Nacional por medio de la Ley 1122 de 2007, efectúo algunas modificaciones en el sistema General de Seguridad Social en Salud y en su artículo 18 otorgó al contratista de prestación de servicios la facultad de autorizar a la Entidad contratante, el descuento y pago de los aportes en salud, sin que ello genere relación laboral.

En virtud de lo establecido por las citadas normas con el fin de facilitar el pago mensual de las cotizaciones en salud y en pensión por partes de los contratistas la Dirección de Gestión Corporativa, implementará el siguiente procedimiento para la operatividad de dicho trámite:

1. El Contratista deberá manifestar expresamente que autoriza a más tardar el día 15 de mayo de 2007 a la Secretaría General para que se descuente del pago mensual, el valor correspondiente a los aportes en salud y en pensiones, y para que se modifique el período de pagos.

2. La Secretaría General - Dirección de Gestión Corporativa a través de la Subdirección de Contratación modificará aquellos contratos de prestación de servicios en que los contratistas así lo autoricen.

3. Para efectos del pago mensual de los contratos modificados, a partir del mes de junio de 2007, se empezará a contabilizar los meses por periodos del 1° al 30, y el respectivo pago se realizará a los contratistas del 3 al 10 de cada mes, previó envió de los certificados de cumplimiento y/o productos de la ejecución del contrato por parte de los interventores dentro del primer día hábil siguiente del mes.

4. En razón de que se hará modificaciones a los contratos referidos objeto de esta Circular y por consiguiente se ajustarán los períodos de pago a mes calendario, se hará el corte de los mismos al 30 de junio de 2007 y se pagará el saldo correspondiente a los días laborados por los contratistas hasta esa fecha, para aquellos contratos cuya mensualidad venza en fecha diferente al nuevo período de pago mensual señalado en la presente Circular.

5. Para aquellos contratos cuyo plazo termine en forma diferente a la mensualidad (1° al 30 de cada mes), el descuento y pago de los aportes correspondientes al último período ejecutado, se hará en forma proporcional y separada, y la cuenta se tramitará individualmente.

6. Teniendo en cuenta la fecha de cierre en el mes de diciembre por parte de la Tesorería Distrital, los contratistas deberán autorizar a la Administración efectuar la fecha de corte de dicho período, con el fin de poder dar cumplimiento al pago de los aportes en salud y pensiones, así como el pago del citado período.

7. Para dar aplicación a los términos y condiciones de esta Circular, el Responsable del Área Financiera de la Secretaría General adoptará los mecanismos necesarios para ello y coordinará con la Subdirección de Contratación de la Secretaría General y la Dirección Distrital de Tesorería lo pertinente.

8. Se reitera a los interventores de cada contrato el envío oportuno de los informes mensuales y demás documentos de los contratistas, a la Subdirección de Contratación.

Agradezco dar cumplimiento a las instrucciones impartidas en la presente Circular.

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Anexo: Formato de Autorización

 

Bogotá D.C.,

 

Yo_________________________, identificado con la cédula de ciudadanía No. ______________ de __________, obrando en nombre propio, en mi calidad de Contratista, según el contrato de Prestación de Servicios No. ______________, suscrito con la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por medio de la presente, doy expresa autorización, para descontar del pago mensual el valor correspondiente a las cotizaciones en salud y en pensiones y efectuar el pago a las respectivas entidades de Salud y Pensiones, así como para modificar el período de pago contractualmente.

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por las Leyes 797 de 2003 y 1122 de 2007.

Atentamente,

 

_________________________________

NOMBRE

C.C. No.