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Resolución 73 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/03/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/03/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3951 de marzo 19 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA,

RESOLUCIÓN 073 DE 2008

(Marzo 18)

"Por la cual se conforma el Comité de Seguimiento a los Procesos de Contratación del Crédito BID N° 1759 OC/CO."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el Decreto 714 de 1996, la Resolución N° 41 del 20 de febrero del 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el 22 de diciembre de 2006, Bogotá - Distrito Capital, suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, el Contrato de Préstamo Nº 1759/ OC-CO, con el fin de ejecutar el proyecto denominado "Programa de Mejoramiento de la Calidad de los Servicios al Ciudadano", cuyo organismo ejecutor es la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, en coordinación con la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que de conformidad con lo establecido en el Anexo Único del Contrato de Crédito, la responsabilidad técnica de la ejecución de los componentes está a cargo de los funcionarios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, particularmente los de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano y dispone que para apoyar a dichos funcionarios, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, contará con una Unidad de Apoyo al Proyecto (UAP), estableciendo su composición y determinándole sus funciones.

Que el contrato tiene una duración de cuatro (4) años contados a partir de la suscripción del mismo, de conformidad con lo establecido en las cláusulas 3.05, 6.01 y 6.02 del Contrato de Préstamo Nº 1759/ OC-CO, es decir que su duración es hasta el 21 de diciembre de 2010.

Que para la ejecución de estos recursos y para adelantar los trámites de los procesos de contratación derivados del mismo, se creó la Unidad de Apoyo al Programa BID.

Que se considera necesario conformar un comité compuesto por servidores públicos del nivel directivo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, para que haga seguimiento a los trámites contractuales adelantados por la Unidad de Apoyo al Crédito BID Nº 1759/ OC-CO, con el fin de garantizar la debida ejecución de los recursos correspondientes al mencionado Crédito.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. COMITÉ DE SEGUIMIENTO: El Comité de Seguimiento a los procesos de selección al Crédito BID Nº 1759/ OC-CO, estará integrado por los siguientes servidores del nivel directivo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC:

*Subsecretario General.

*Director de Gestión Corporativa.

*Director Distrital de Servicio al Ciudadano.

*Subdirector de Contratación.

*Subdirector de Conceptos.

*Jefe de la Oficina de Control Interno, quien asistirá como veedor del proceso con voz pero sin voto.

El Comité de Seguimiento podrá invitar a las reuniones al Coordinador de la Unidad de Apoyo al Crédito BID N° 1759 OC/Col, al abogado especialista en adquisiciones, al especialista administrativo, financiero y contable de la Unidad de Apoyo al Crédito BID N° 1759 OC/CO, o a los servidores de la Secretaría General o contratistas, cuando a su juicio el concepto de estos sea necesario para la toma de decisiones.

ARTICULO 2°. FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO: El Comité de Seguimiento a los procesos de contratación al Crédito BID Nº 1759/ OC-CO, tendrá las siguientes funciones:

1. Presentar al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC para su aprobación, el Plan Operativo Anual de Inversiones – POA y el Plan de Adquisiciones, para su posterior No Objeción por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID.

2. Fijar los lineamientos que deben regir la actividad contractual de la Unidad de Apoyo al Programa Crédito BID No. 1759/ OC-CO, en cada una de sus instancias, dentro del marco establecido por las políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios y Obras y las políticas para la selección de Consultores, financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, así como del estatuto general de Contratación Pública y sus decretos reglamentarios, en los que éste aplique.

3. Ejercer seguimiento y control en todas sus etapas, a los procesos contractuales que se efectúen al interior de la Unidad de Apoyo al Crédito BID N° 1759 OC/CO, incluida la ejecución de los recursos asignados.

4. Informar al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, sobre las actividades adelantadas, cuando este lo requiera.

ARTICULO 3°: La Secretaría Técnica del Comité estará en cabeza del Coordinador de la Unidad de Apoyo al Proyecto (UAP)

ARTÍCULO 4°: Comunicar la presente Resolución a los servidores que integran el Comité de Seguimiento al Crédito BID Nº 1759/ OC-CO.

ARTICULO 5°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá DC., a los 18 días del mes de Marzo de 2008

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General