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Circular 16 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/03/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/03/2008
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 16 DE 2008

(Marzo 06)

Derogada por la Circular Sec. General 059 de 2015.

Para:

Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Gerentes de Unidades Administrativas Especiales, Gerentes, Presidentes y Directores de Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedad de Economía Mixta , Sociedades Públicas, Empresas Sociales del Estado del Orden Distrital, Empresas de Servicios Públicos Mixtas, Alcaldesas Locales y Rector del Ente Universitario Autónomo.

De:

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Asunto:

Seguimiento a los controles de advertencia.

 Ver el Documento de la Sec. General 01 de 2007, Ver la Circular de la Sec. General 029 de 2010
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá ha venido realizando el seguimiento sectorial a los Controles de Advertencia1, formulados por la Contraloría Distrital, y dada la importancia que reviste para ésta Administración el ejercicio de un control fiscal pro-activo, y que promueva el mejoramiento de la gestión pública, se estima necesario realizar la actualización y seguimiento a los temas objeto de los mismos.

Por lo anterior, todos los Secretarios de Despacho, como cabeza de su respectivo sector administrativo, deberán remitir la información referente a: las acciones emprendidas por el sector o entidad con el fin de atender los riesgos indicados en los controles de advertencia; el estado actual de los mismos; las acciones por realizar y los avances obtenidos.

En el evento en que un control de advertencia impacte varios sectores administrativos, la información deberá ser consolidada por cada Secretaría en lo que compete a su sector, siendo responsable de unificar toda la información aquella Secretaría de Despacho a quien el Alcalde Mayor designe para el efecto.

La información antes señalada deberá remitirse trimestralmente a esta Secretaría – Dirección Jurídica Distrital – empleando el formato adjunto, anotando que el primer informe deberá ser presentado a más tardar el 31 de marzo de 2008.

Los informes se recibirán en medio físico, y magnético a través del correo electrónico gerenciajuridica@alcaldiabogota.gov.co.

Es de anotar que, la Secretaría General de la Alcaldía mayor de Bogotá D.C., continuará trabajando conjuntamente con las entidades distritales en la cabal ejecución de las acciones emprendidas para controlar los hallazgos advertidos por el ente fiscalizador, quedando atentos a prestarles la colaboración que requieran en lo relacionado con la aplicación de esta Circular, a través de la Subdirección de Estudios de la Dirección Jurídica Distrital.

Cordialmente,

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

c.c. María Consuelo del Río Mantilla, Veedora Distrital.

Anexo: Lo anunciado en 3 folios.

1) Entidad responsable:

2) Fecha:

3) No. del control.

4) Tema:

5) Riesgos advertidos:

6) Respuesta de la entidad: Reconoce el riesgo____ No lo reconoce___ Indicar las razones para no reconocer el riesgo:____________________________________________

7) Acciones previstas para evitar el riesgo:

8) Acciones realizadas a la fecha de este reporte (En reportes posteriores indicar las acciones realizadas después del reporte anterior)

9) Avance de las acciones (Porcentaje del total de acciones previstas):

10) Control cerrado o abierto: Cerrado: cumplimiento de la totalidad de las acciones previstas __ Abierto: Acciones pendientes ___.

11) Fecha planeada para cerrar el control de advertencia (en caso que esté abierto): _______

12) Información adicional: ¿Se ha notificado apertura de procesos de responsabilidad fiscal por hechos relacionados con este control de advertencia? Sí ____ No____ (Detallarlos)

13) Observaciones adicionales:

14) Nombre y Firma Representante Legal de la entidad

15) Nombre y firma de jefe de la Oficina de Control Interno de la entidad

16) Nombre y Firma del Secretario/ Secretaría de Despacho

En caso de que el control recaiga simultáneamente en otra u otras entidades del Distrito o que alguna o algunas de las acciones a realizar dependan de ellas, diligencie el siguiente cuadro:

17) Entidades u organismos involucrados

18) Entidad u organismo que coordina la respuesta:

INSTRUCCIONES PARA DILIGENCIAR EL FORMATO

1. Entidad responsable: Entidad u organismo que tiene asignado el control.

2. Fecha: Fecha del control de advertencia

3. No. Del control: El número asignado por la Contraloría de Bogotá.

4. Tema: Asunto sobre el cual trata el control de advertencia y/o pronunciamiento.

5. Riesgos advertidos: Señalar de forma precisa el (los) riesgo (s) que plantea la Contraloría Distrital.

6. Respuesta de la entidad: Indicar si la entidad considera razonables los riesgos advertidos o si no lo considera así.

7. Acciones previstas para evitar el riesgo: Indicar las acciones específicas que se han diseñado para evitar o minimizar el riesgo.

8. Acciones realizadas: Mencionar, en forma clara y concreta, las acciones realizadas y las medidas correctivas adoptadas para dar cumplimiento al control de advertencia, tanto en acatamiento de las directrices impartidas por el Alcalde Mayor de Bogotá, como realizadas por iniciativa de la entidad u organismo a su cargo.

9. Avance (porcentaje): El porcentaje de cumplimiento del total de las acciones previstas.

10. Control cerrado o abierto: Señalar si el control de advertencia y/o pronunciamiento se encuentra abierto o cerrado. Abierto: cuando no se ha subsanado el riesgo o aún existen acciones por realizar. Cerrado: el riesgo se encuentra superado y no se encuentra ninguna acción pendiente por realizar.

11. Fecha planeada para cerrar el control: En caso que el control de advertencia y/o pronunciamiento se encuentre abierto, señalar las acciones pendientes por realizar, señalando las fechas que podrá cerrarse.

12. Información adicional: Indicar en forma detallada, si se ha notificado apertura de procesos de responsabilidad fiscal por hechos relacionados con el control de advertencia.

13. Observaciones Adicionales.

14. Nombre y Firma del Representante Legal de la Entidad u organismo.

15. Nombre y firma del Jefe de la Oficina de Control Interno de la entidad u organismo.

Cuando en el control de advertencia a cargo de más de una entidad o organismo, se determinó que la entidad u organismo que Usted dirige es la encargada de coordinar la respuesta a la Contraloría de Bogotá, deberá además consolidar la información de todas las entidades y organismos involucrados y diligenciar los espacios 13 y 14.

16. Nombre y firma del Secretario/ Secretaría de Despacho- coordinador del sector Administrativo.

17. Entidades u organismos involucrados: señalar las entidades u organismos responsables del control de advertencia y/o pronunciamientos.

18. Entidad u organismo que coordina la respuesta: Indicar el nombre de la entidad u organismo encargado de coordinar el cumplimiento de los controles de advertencia y/o pronunciamiento.

NOTA DE PIE DE PÁGINA:

1 Regulado el tema bajo la Directiva 002 de 2004 del Alcalde Mayor.