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Resolución 79 de 2008 Secretaría Distrital de Planeación

Fecha de Expedición:
06/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/03/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital de marzo 28 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0079 DE 2008

(Febrero 6)

Por la cual se actualizan los costos mínimos para el cálculo de la base gravable del Impuesto de Delineación Urbana, adoptados mediante la Resolución 0574 de julio 19 de 2007.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los artículos 158 del Decreto Ley 1421 de 1993, 76 del Decreto Distrital 352 de 2002 y 4º, literal n, del Decreto Distrital 550 de 2006 y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución 0574 de julio 19 de 2007 se adoptaron los costos mínimos de cada producto inmobiliario, para efectos del cálculo de la base gravable del impuesto de Delineación Urbana.

Que el artículo 4º de la Resolución citada dispuso que la Secretaría Distrital de Planeación actualizará los costos mínimos con el Indice de Costos de Construcción de Vivienda - ICCV - para Bogotá D.C., que publique el DANE en el mes de enero de cada año.

Que los costos mínimos por metro cuadrado para el cálculo de la base gravable del impuesto de delineación urbana para obra nueva, adoptados por la resolución 0574 de 2007, están expresados a pesos de diciembre de 2006.

Que la variación anual del Indice de Costos de la Construcción de Vivienda - ICCV para Bogotá, publicado por el DANE en enero de 2008, fue del 4,12%.

Ver Resolución de la S.D.P. 271 de 2009

RESUELVE

ARTÍCULO 1º. Costos mínimos para la declaración y pago del impuesto de Delineación Urbana. Actualizar, a precios de diciembre de 2007, los costos mínimos para cada producto inmobiliario, adoptados en la Resolución 0574 de julio 19 de 2007, mediante la aplicación del Índice de Costos de Construcción de Vivienda - ICCV para Bogotá D.C., publicado por el DANE en enero de 2008.

PARÁGRAFO. Los costos mínimos actualizados por metro cuadrado, para el cálculo de la base gravable del impuesto de delineación urbana, son los que se consignan en el anexo No 1 de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º. Carácter de los costos mínimos. Las cifras señaladas en el anexo No. 1 de esta Resolución como costos directos mínimos por cada tipología, para el cálculo de la base gravable del impuesto de Delineación Urbana, no podrán ser consideradas como valores únicos en la liquidación de dicho impuesto.

Toda declaración y pago del Impuesto de Delineación Urbana puede ser objeto de proceso de fiscalización, de conformidad con la competencia general sobre la materia en cabeza de la Secretaría Distrital de Hacienda, aún cuando el sujeto pasivo las haya realizado con base en los costos mínimos mencionados en el anexo No. 1 de esta Resolución.

ARTÍCULO 3º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes de febrero de dos mil ocho (2008).

ÓSCAR ALBERTO MOLINA GARCÍA

Secretario Distrital de Planeación

ANEXO No. 1

COSTOS MÍNIMOS POR METRO CUADRADO PARA EL CÁLCULO DE LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO DE DELINEACIÓN URBANA PARA OBRA NUEVA (Pesos de diciembre de 2007)

Tipología

Costo directo con acabados

Costo directo obra gris

5

535.761

390.570

6

666.015

485.525

11

1.000.320

715.228

12

1.039.248

743.062

14

558.650

407.256

15

605.258

441.233

21

843.263

602.933

23

542.025

395.136

24

563.200

410.572

33

671.951

489.852

39

867.397

620.189

41

645.742

470.746

43

564.425

411.466

48

883.375

631.614

49

773.788

553.258

Tipología Salud

Costo directo

1

1.229.628

2

1.787.528

Tipología Educación

Costo directo

1

734.588

2

898.566

3

797.068

4

859.015

Tipología Comercio

Costo directo

1

695.517

2

675.120

Tipología Bodegas

Costo directo

1

618.329

Tipología oficinas

Costo directo

1

1.104.049

Notas explicativas:

Las variables consideradas son:

*Tipo de vivienda: unifamiliar o multifamiliar

*Agrupación de vivienda: individual edificio único o agrupación.

*Sistema estructural: Tradicional, mampostería estructural e industrializado.

*Rango de precios: Estrato medio 3/4 y alto 5/6.

*Altura en pisos: 1 a 3 en unifamiliar, multifamiliar 4 a 6 pisos y mayor a 6 pisos.

Tipología Vivienda 5: Tipo Unifamiliar, Agrupación, Mampostería Estructural, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos 1 a 3.

Tipología Vivienda 6: Tipo Unifamiliar, Agrupación, Tradicional, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos 1 a 3.

Tipología Vivienda 11: Tipo Unifamiliar, Agrupación, Mampostería Estructural, Estrato Alto 5/6, Altura en pisos 1 a 3.

Tipología Vivienda 12: Tipo Unifamiliar, Agrupación, Tradicional, Estrato Alto 5/6, Altura en pisos 1 a 3.

Tipología Vivienda 14: Tipo Multifamiliar, Individual Edificio Único, Mampostería Estructural, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos 4 a 6.

Tipología Vivienda 15: Tipo Multifamiliar, Individual Edificio Único, Tradicional, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos 4 a 6.

Tipología Vivienda 21: Tipo Multifamiliar, Individual Edificio Único, Tradicional, Estrato Alto 5/6, Altura en pisos 4 a 6.

Tipología Vivienda 23: Tipo Multifamiliar, Agrupación, Mampostería Estructural /Ind, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos 4 a 6.

Tipología Vivienda 24: Tipo Multifamiliar, Agrupación, Tradicional, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos 4 a 6.

Tipología Vivienda 33: Tipo Multifamiliar, Individual Edificio Único, Tradicional, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos Mayor a 6 pisos.

Tipología Vivienda 39: Tipo Multifamiliar, Individual Edificio Único, Tradicional, Estrato Alto 5/6, Altura en pisos Mayor a 6.

Tipología Vivienda 41: Tipo Multifamiliar, Agrupación, Mampostería Estructural, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos Mayor a 6.

Tipología Vivienda 43: Tipo Multifamiliar, Agrupación, Industrializado, Estrato Medio 3/4, Altura en pisos Mayor a 6.

Tipología Vivienda 48: Tipo Multifamiliar, Agrupación, Tradicional, Estrato Alto 5/6, Altura en pisos Mayor a 6.

Tipología Vivienda 49: Tipo Multifamiliar, Agrupación, Industrializado, Estrato Alto 5/6, Altura en pisos Mayor a 6.

Tipología Salud 1: Dotacional en Salud de Primer Nivel de Atención, Tradicional, Altura en pisos 1 a 3.

Tipología Salud 2: Dotacional en Salud de Segundo Nivel de Atención, Tradicional, Altura en pisos 1 a 3.

Tipología Educación 1: Dotacional en Educación, Tradicional, Número de Estudiantes 880 por jornada, acabados básicos estándar, Altura en pisos 1.

Tipología Educación 2: Dotacional en Educación, Tradicional, Número de Estudiantes 1220 por jornada, acabados básicos estándar, Altura en pisos 2.

Tipología Educación 3: Dotacional en Educación, Tradicional, Número de Estudiantes 1810 por jornada, acabados básicos estándar, Altura en pisos 2.

Tipología Educación 4: Dotacional en Educación, Tradicional, Número de Estudiantes 1810 por jornada, acabados básicos estándar, Altura en pisos 3.

Tipología Comercio 1: Almacenes, supermercados y Centro comerciales de escala urbana, Tradicional, Área de ventas entre 2000 y 6000 M2, Altura en pisos 2.

Tipología Comercio 2: Almacenes por departamentos, centros comerciales, locales especializados e hipermercados de escala metropolitana, Tradicional, Área de ventas mayor a 6000 M2, Altura en pisos 2.

Tipología Bodegas 1: Bodegas, Tradicional, Acabados estándar bodega, Altura en pisos 1 piso doble altura con mezanine.

Tipología Oficinas 1: Oficinas, Tradicional, Acabados completos, Altura mayor a 6 pisos.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3954 de marzo 28 de 2008.