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Resolución 56 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/02/2008
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 056 DE 2008

(Febrero 29)

"Por la cual se asigna una actividad a un Director de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 8° del Decreto 267 de 2007, y,

CONSIDERANDO:

Que el 15 de febrero de 2005 la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través del Secretario General, suscribió con el programa de las Naciones Unidas – PNUD, el proyecto de cooperación y asistencia técnica denominado "Apoyo a la Gestión Pública del Distrito Capital de Bogotá" COL/0043308, con el objeto de aunar esfuerzos para la Cooperación y Asistencia técnica entre las partes intervinientes, a fin de fortalecer el Apoyo a la Administración Distrital en la estructuración, desarrollo, coordinación interinstitucional y transversal de proyectos, políticas y programas del Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia 2004-2008.

Que en el documento del Convenio – Proyecto COL/00043308, denominado PRODOC, SECCIÓN A: CONTEXTO GENERAL, CAPÍTULO III-ACUERDOS DE GESTIÓN, 1) ARREGLOS DE EJECUCIÓN, los signatarios del mismo convinieron el funcionario de la Alcaldía Mayor, que debía llevar a ejecución el convenio, por lo que su texto reza: "Por parte del Distrito Capital el proyecto será ejecutado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., específicamente a través del Secretario Privado del Alcalde Mayor, quien será el Director del Proyecto".

Que de igual manera, en el documento del Convenio – Proyecto COL/00043308, denominado PRODOC, sección A: CONTEXTO GENERAL, CAPÍTULO V – CONTEXTO LEGAL, se convino que la ejecución y el desarrollo de todas las obligaciones derivadas del proyecto se regirían por las normas previstas en el PNUD, con fundamento en el carácter de documento público internacional de que goza el Convenio o Acuerdo Básico de Cooperación celebrada el 29 de mayo de 1974, entre el Gobierno de Colombia y el PNUD, que configura el marco legal bajo el cual se celebró el Convenio COL/00043308 de 2005, y específicamente respecto al tema financiero y/o presupuestal, cuando se expresa: "…lo anterior implica a su vez que los recursos entregados al PNUD por el Organismo de Ejecución, se entiende ejecutados desde el momento de dicha entrega".

Que en el marco del Proyecto COL/00043308, se desarrolló un componente denominado "Fortalecimiento de la Comunicación Pública del Distrito Capital", el cual es un Proyecto del Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia y busca esencialmente garantizar el derecho ciudadano a la información y la comunicación, fortaleciendo los mecanismos de interacción entre los ciudadanos y la Administración.

Que dicho componente ha sido coordinado directamente por la Secretaría Privada, encargada de su implementación y ejecución.

Que la ejecución del componente mencionado requiere de conocimiento técnico sobre la administración de recursos y de los procedimientos PNUD, actividad que se relaciona con la función de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría General, en concordancia con lo previsto en el literal b) del artículo 12 del Decreto 267 de 2007, del siguiente tenor: "Orientar y supervisar las actividades de administración de recursos financieros, contables y presupuestales de la entidad, así como la formulación del proyecto anual del presupuesto de la entidad; (…)".

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Asignar al Director de Gestión Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la función de coordinar la ejecución del componente "Fortalecimiento de la Comunicación Pública del Distrito Capital" del Proyecto COL/00043308, atendiendo a los términos de la Ley y del Texto normativo contenido en el Convenio PRODOC y en los manuales o normativas PNUD.

PARÁGRAFO. En virtud de la función asignada, el Director de Gestión Corporativa ejercerá la dirección, ejecución y desarrollo de las actividades que requiera la ejecución del proyecto, hasta su liquidación.

ARTÍCULO 2°. Para efectos del cumplimiento de la delegación anterior, y previo trámite de la modificación del Convenio – Proyecto COL/00043308, denominado PRODOC, SECCIÓN A: CONTEXTO GENERAL, CAPÍTULO III – ACUERDOS DE GESTIÓN, 1) ARREGLOS DE EJECUCIÓN, la Secretaría Privada hará entrega al delegatario de un informe detallado del estado del Proyecto.

ARTÍCULO 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 011 de 2008.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de Febrero de 2008

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General