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Ley 276 de 1996 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
15/04/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 276 DE 1996

(Abril 15)

"Por la cual se modifican los artículos quinto y sexto de la Ley 105 de 1993".

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo . El artículo 5º de la Ley 105 de 1993, incluirá un representante del Sector del Transporte, servicio público colectivo de pasajeros y/o mixto del sector rural por carretera.  Ver el art. 1, Ley 276 de 1996 , Ver el Decreto Nacional 2172 de 1997

Artículo . El artículo 6º será adicionado en su inciso primero de la siguiente manera:

Reposición del Parque Automotor del Servicio Público de Pasajeros y/o mixto. La vida útil máxima de los vehículos terrestres de servicio público colectivo de pasajeros y/o mixto será de veinte (20) años. Se excluyen de esta reposición el parque automotor de servicio público colectivo de pasajeros y/o mixto (camperos, chivas) de servicio público colectivo de pasajeros y/o mixto del sector rural, siempre y cuando reúnan los requisitos técnicos de seguridad exigidos por las normas y con la certificación establecida por ellas.

El resto del texto del artículo sexto permanece igual.

Artículo . Esta ley rige desde su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Julio César Guerra Tulena

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Rodrigo Rivera Salazar

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de abril de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Transporte,

Carlos Hernán López Gutiérrez.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 42.767 de Abril 17 de 1996.