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Circular 34 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/07/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/07/2008
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 034 DE 2008

(Julio 18)

Para:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEL DISTRITO, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS OFICIALES Y SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, ALCALDES LOCALES, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, UNIVERSIDAD DISTRITAL Y RESPONSABLES DE SERVICIO AL CIUDADANO O ATENCIÓN AL USUARIO

De:

SECRETARIO GENERAL

Asunto:

ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DISTRITAL DE QUEJAS Y SOLUCIONES

Ver las Circulares de la Sec. General 1521 de 2001; 12 de 2007; 33 de 2008 y 18 de 2009.

El Sistema Distrital de Quejas y Soluciones es una herramienta gerencial y de control social que permite conocer las necesidades de la ciudadanía con respecto a los servicios prestados por las diferentes entidades. Por lo tanto, requiere el control y seguimiento permanente a la gestión de quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes de información que diariamente manifiestan los ciudadanos y ciudadanas.

Considerando lo anterior, solicito de manera respetuosa, impartir las instrucciones para que se atiendan y se respondan en forma oportuna y efectiva, los requerimientos registrados en este aplicativo, así como para que se gestionen las solicitudes de clasificación de los procesos rechazados en el mismo. Es importante señalar que al omitir su trámite, se incurre en el incumplimiento de la normatividad aplicable, específicamente de los artículos 6 y 22 del Decreto 1 de 1984, por el cual se reformó el Código Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

YURI CHILLAN REYES

Secretario General