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Resolución 171 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/07/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/07/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4012 de julio 8 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 171 DE 2008

(Julio 7)

"Por la cual se autoriza la baja de unos bienes servibles no utilizables de propiedad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.".

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el literal d) artículo 7 del Decreto 267 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 001 del 20 de septiembre de 2001 el Contador General de Bogotá D.C., con base en las facultades otorgadas en el Acuerdo 17 de 1995 y el Decreto Distrital 270 de 2001, expidió el Manual de Procesos Administrativos y Contables para el manejo de los bienes de los entes públicos del Distrito Capital.

Que el Manual de Procesos Administrativos y Contables para el manejo de los bienes de los entes públicos del Distrito Capital, en el numeral 5.6.1 define la Baja de Bienes Servibles no Utilizables como: "Es la salida definitiva de aquellos bienes que se encuentran en condiciones de seguir prestando un servicio por uno o más periodos, pero que la entidad no los requiere para el normal desarrollo de sus actividades o, que aunque la entidad los requiera, por políticas económicas, disposiciones administrativas, por eficiencia y optimización en la utilización de recursos, existe orden expresa y motivada del Director o Representante Legal o de autoridad competente para darlos de baja".

Que el Manual de Procesos Administrativos y Contables para el manejo de los bienes de los entes públicos del Distrito Capital, consigna los aspectos a tener en cuenta para dar de baja de los inventarios de las entidades, bienes servibles no útiles.

Que el numeral 5.6.1.1 del Manual de Procesos Administrativos y Contables, para el manejo de los bienes de los entes públicos del Distrito Capital, señala los parámetros y razones para determinar cuando un bien no es útil para la entidad, circunstancia que se origina entre otras, cuando el bien, es tipificado como no útil estando en condiciones de prestar un servicio y esta circunstancia se define como: "son aquellos bienes que aún estando en buenas condiciones físicas y técnicas no son requeridos por la entidad para su funcionamiento".

Que el numeral 5.6.4.6 del Manual de Procesos Administrativos y Contables para el manejo de los bienes de los entes públicos del Distrito Capital, establece el procedimiento administrativo para adelantar el traslado o traspaso de bienes entre entidades distritales a través de operaciones interinstitucionales.

Que para efectuar el traslado la entidad deberá realizar un ofrecimiento mediante documento escrito a aquellas entidades que de acuerdo con su conocimiento o base de datos, estén interesadas en obtener dichos bienes.

Que a su vez, la entidad interesada deberá manifestar por escrito su interés y la capacidad para recibir los bienes, especificando la calidad en que los recibe, es decir si los acepta como traslado o traspaso.

Que a la fecha dentro del inventario de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., existen tres (3) carteleras de información institucional servibles no utilizables.

Que tres entidades distritales del sector central, manifestaron por escrito la aceptación de los bienes objeto de traslado.

Que mediante oficio 2-2008-4232 del 23 de enero de 2008 el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, ofreció a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico el traslado de una (1) cartelera de información para la implementación de la red de puntos visuales de información.

Que mediante oficio 1-2008-13272 del 17 de marzo de 2008, la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, aceptó recibir en calidad de traslado una (1) cartelera de información institucional para la implementación de la red de puntos visuales de información.

Que mediante oficio 2-2008-4233 del 23 de enero de 2008 el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, ofreció a la Secretaría Distrital de Hábitat el traslado de una (1) cartelera de información para la implementación de la red de puntos visuales de información.

Que mediante oficio 1-2008-6164 del 8 de febrero de 2008, la Secretaria Distrital de Hábitat, aceptó recibir en calidad de traslado una (1) cartelera de información institucional para la implementación de la red de puntos visuales de información.

Que mediante oficio 2-2008-24656 del 18 de mayo de 2008 el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, ofreció a la Secretaría Distrital de Gobierno el traslado de una (1) cartelera de información para la implementación de la red de puntos visuales de información, para uso de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

Que mediante oficio 1-2008-33662 del 17 de junio de 2008, la Secretaría Distrital de Gobierno aceptó recibir en calidad de traslado una (1) cartelera de información institucional para la implementación de la red de puntos visuales de información, y solicitó el traslado de la mencionada cartelera a la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

Que como todas las entidades receptoras de los bienes: Secretaría Distrital de Hábitat, Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y Secretaría Distrital de Gobierno son del nivel central de la administración distrital, en este caso opera el traslado de inventarios, el cual se formaliza con la respectiva acta de entrega.

Que con fundamento en lo anterior, el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D C.,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: dar de baja de los inventarios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., tres (3) carteleras de información, las cuales serán destinadas a la implementación de la red de puntos visuales de información en las Secretarías Distritales de: Desarrollo Económico, Hábitat y Gobierno, esta última para uso de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, ya que son bienes servibles no utilizados por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, según la siguiente relación:

DESCRIPCIÓN

ENTIDAD

PLACA

VALOR UNITARIO

COSTO HISTÓRICO

Cartelera de información

Secretaría Distrital de Hábitat

16509

$2.200.560

$1.779.440

Cartelera de información

Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

16101

$2.200.560

$1.779.440

Cartelera de información

Secretaría Distrital de Gobierno para uso de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

     

 

 

16100

$2.200.560

$1.779.440

ARTÍCULO SEGUNDO: el costo histórico de los elementos objeto de la presente baja asciende a la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS MONEDA CORRIENTE ($5.338.320), el cual será objeto de los registros contables para deducirlos del activo fijo de la Secretaría General, de acuerdo con las normas legales vigentes.

ARTÍCULO TERCERO: comunicar el contenido de la presente Resolución, a la Subdirección Administrativa, Subdirección Financiera y a la Oficina de Control Interno de la Entidad.

ARTÍCULO CUARTO: Se autoriza a la Subdirección Administrativa, la entrega mediante Acta de los bienes citados en el artículo primero de la presente Resolución, a quienes los directores de las entidades del Distrito así lo designen, de acuerdo con lo indicado en el artículo primero de esta Resolución.

ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los siete (7) días del mes de julio de dos mil ocho (2008).

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4012 de julio 8 de 2008.