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Proyecto de Acuerdo 47 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 01/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO Nº 047 de 2009

Ver Acuerdo Distrital 369 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE CREA LA ORDEN "RESPONSABILIDAD SOCIAL DONA BOGOTÁ EN MATERIA DE DONACIÓN DE ÓRGANOS Y TÉJIDOS"

1. OBJETIVO DEL PROYECTO

Crear un reconocimiento para las personas naturales y jurídicas, que estimulen la donación de órganos y tejidos en el Distrito, éste busca exaltar, incentivar y fomentar su compromiso con la donación de órganos y tejidos, además de visibilizar su contribución con ésta práctica, como una segunda oportunidad de vida para miles de personas de la ciudad.

2. CONVENIENCIA DEL PROYECTO DE ACUERDO

El trasplante es una alternativa terapéutica que se realiza en Latinoamérica desde hace más de 30 años. Colombia actualmente ha mostrado grandes avances referentes al tema. En los últimos años se viene generando un compromiso por parte de los diferentes actores que intervienen en este proceso para hacerlo de una manera más efectiva, sin embargo, podría decirse que es una minoría la que ve en esta alternativa terapéutica una opción para salvar vidas o para contribuir a mejorar la calidad de vida a muchas otras.

Colombia ha sido pionero en estos temas, los primeros procedimientos se realizaron en la década de los 60 en el Distrito Capital. Desde 1998 hasta nuestros días se ha presentado un incremento en las tasas de trasplantes, hoy es de 12 donantes Promedio por Millón de Personas –PMP-. Para el caso particular del Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva. Para Vivir Mejor" 2008-2011, es ambicioso en este tema, pues tiene como meta incrementar a 281, el índice donantes PMP. Aunque podría considerarse que hay un gran avance en este tema, ya que se esta hablando de duplicar la cifra de donantes, esta resulta mínima, teniendo en cuenta que ésta es una ciudad que tiene 7.035.155 millones de habitantes2. Con fundamento en la meta del Plan de Desarrollo se estima, luego de realizados los cálculos correspondiente, que vistas así las cosas estaríamos hablando de 196 personas donantes.

En Bogotá 3.398 personas han salvado su vida a través de un trasplante de órganos o tejidos, sin embargo hoy 4153 personas en Bogotá, que esperan recibir trasplante de un órgano para mejorar su calidad de vida, pero es necesario tener en cuenta que en esta cifra no están incluidos todos los pacientes que se encuentran en unidades de diálisis, que en Colombia ascienden a dieciséis mil (16.000) personas, de estas el 80% son potenciales trasplantables. Y con el calculo planteado anteriormente, esas 196 personas que serian donantes, no alcanzarían a cubrir sino el 50% de las listas de espera oficial.

Actualmente en Bogotá están carnetizadas como donantes voluntarios de órganos 4.505 personas, que en vida autorizan la donación de sus órganos y tejidos que se puede hacer vivos o cuando la persona por un accidente o enfermedad presente muerte encefálica. Pero es claro que la voluntad de la familia es determinante en este tema, por eso las acciones que vayan en favor de la generación de la cultura del trasplante son determinantes. Y esto se logra cuando las familias están de acuerdo con la decisión, que se logra cuando hay un conocimiento sobre todo el proceso y sus implicaciones.

Una de las principales barreras a las que se enfrenta la donación de órganos es el desconocimiento y las tradiciones socioculturales que tienen que ver con aspectos religiosos. En el primer caso, los familiares de los donantes potenciales se niegan a esta posibilidad porque creen que el cuerpo de su ser querido quedará totalmente desfigurado, aunque eso no sucede porque la obtención de órganos y tejidos se realiza con todas las normas quirúrgicas necesarias que permiten que el donante conserve su estética corporal mediante prótesis y elementos quirúrgicos."4 Sumemos otra cantidad de creencias que ha imposibilitado que esta práctica sea acogida:

La creencia de que los médicos de la sala de emergencias no se esforzarán en salvarle la vida a una persona que ha indicado que desea ser donante: Desconfianza general en el proceso de donación de órganos y el sistema de asignación de estos; La percepción de que los ricos obtienen un trato preferencial; La creencia de que la donación de órganos y tejidos va en contra de su religión; La creencia de que los donantes de órganos no pueden tener un sepelio con el ataúd abierto o que solamente pueden cremarse.

Esta es la contribución que pretende desarrollar el presente Proyecto de Acuerdo, debemos vincular no sólo a la familia en este proceso de conocimiento también a las organizaciones, que desde hace unos años se vienen cuestionando no sólo por su desempeño sino también por el valor social que están aportando, consideramos que el reconocimiento y la exaltación a las diferentes organizaciones que dentro de sus políticas de responsabilidad social incluyan el tema de donación de tejidos y órganos es una forma de devolverle a la sociedad los beneficios, es una forma de visibilizarlas, de mostrarlas como ejemplo.

El compromiso de las diferentes instituciones debería ir enfocado a la elaboración de estrategias que apunten a eliminar los mitos generados por el desconocimiento, es necesario que desde esta Corporación se brinden herramientas que comprometan a las entidades públicas, privadas, fundaciones, universidades, clínicas y demás, para que contribuyan de una manera adecuada con la generación de espacios de acercamiento con esta temática.

La Responsabilidad Social es una tendencia administrativa que se viene desarrollando hace unos años, sustentada en principios de sostenibilidad, eficiencia y prevención. "Esta es una práctica de negocio que consiste en el deber, actitud y capacidad de la empresa, para responder cabalmente, por sus compromisos y obligaciones económicas, jurídicas, laborales, éticas; ambientales y sociales, yendo más allá de este cumplimiento para crear valor para sus grupos de interés y la sociedad en general, de forma sustentable"5

La responsabilidad social es de todos, y en esa medida debe entenderse el cambio de mentalidad, el primer paso es tener acceso a la información por parte de las empresas y sus empleados, ya que esta es utilizada para generar conocimientos que favorecen a todas las partes involucradas. La información es un bien cada vez menos restringido, más compartido y es una de las principales ventajas competitivas de las organizaciones, interpretarla y convertirla en un activo es un elemento diferencial, por ello esta propuesta pretende motivar a las personas naturales y jurídicas para que abran espacios de información en doble vía, donde se pueda aprender y comprender el tema, que haya un acercamiento real con esta problemática.

Se necesitan médicos capacitados en esta área especifica, ese es uno de los componentes de esta problemática, pero es más urgente aún, trabajar de manera conjunta por eliminar los miedos que se han creado frente a este tema y como se planteo anteriormente, tratando de vincular al mayor número de actores posibles.

Es importante tener en cuenta que el presente proyecto de acuerdo radicado bajo el número 515, se presentó para el último período del año 2008, recibiendo ponencias positivas por parte de los honorables concejales Javier Lastra Fuscaldo y Severo Correa Valencia. No se debatió debido a la aprobación del presupuesto Distrital para el presente año.

3. SOPORTE JURÍDICO Y ANTECEDENTES NORMATIVOS

El Artículo 313 de la Constitución otorga amplias facultades a los Concejos para la expedición de normas que garanticen la implementación y desarrollo de los derechos fundamentales y así se contempla en el numeral 1° al definir que la eficiente prestación de los servicios está a cargo del municipio. Por esto, y para que las empresas brinden o coadyuven al Estado con tales fines, debemos estimular, incentivar, y reconocer conforme a las normas concordantes vigentes y a la propuesta aquí contenida.

Como lo han señalado concejales ponentes de los hoy Acuerdos Distritales, por los cuales se reconoce o exalta la gestión de entidades o empresas, el Concejo Distrital no ha reglamentado o establecido "…los criterios, parámetros y directrices que deben observarse en la creación de los reconocimientos (…)" 6, pero es necesario resaltar el compromiso de personas naturales y jurídicas por ello considero conveniente proponer la creación estímulos orientados a reconocer el esfuerzo y para este caso especifico relacionado con el caso de la responsabilidad social de incluir el tema de la donación de órganos y téjidos dentro de sus acciones empresariales.

El Concejo de Bogotá, como máxima autoridad administrativa de la ciudad, ha proferido acuerdos tendientes a estimular y reconocer la gestión de personas naturales y/o jurídicas en diversos campos, confiriéndoles reconocimientos que dignifican el hacer cotidiano, a más de servir como ejemplo para que otras organizaciones respondan a los planteamientos y concepciones del Estado Social de Derecho, que nos cobija y del cual somos parte.

Por estas razones, traemos a colación algunos de los Acuerdos adoptados por nuestra Corporación en los últimos años, a saber:

ACUERDO 298 DE 2007. Por el cual se crea la orden Excelencia ambiental José Celestino Mutis en el Distrito Capital.

ACUERDO 161 DE 2005. Crea la orden al mérito literario Don Quijote de la Mancha.

ACUERDO 156 DE 2005. Crea la orden al mérito empresarial en los grados Cruz de Plata, Cruz de Oro y Gran Cruz.

ACUERDO 141 DE 2005. Por medio del cual se crea la orden civil al mérito María Currea de Aya, en el grado Cruz de Oro.

ACUERDO 23 DE 1998. Por el medio del cual se crea la orden civil al mérito periodístico Álvaro Gómez Hurtado.

COMPETENCIA DEL CONCEJO

El Decreto Ley 1421 expresa en el artículo 12, numeral 1, lo siguiente:

"Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

2. (…)

25. Cumplir las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes".

Finalmente, es necesario precisar que este Proyecto de Acuerdo no tiene impacto sobre las finanzas del Distrito, ni contraria lo preceptuado en la ley 819.

Cordial Saludo.

EDWARD ARIAS RUBIO

CARLOS FERNANDO GALAN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

SEVERO CORREA VALENCIA

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO _____ DE 2009

"POR EL CUAL SE CREA LA ORDEN "RESPONSABILIDAD SOCIAL DONA BOGOTÁ" EN MATERIA DE DONACIÓN DE ÓRGANOS Y TÉJIDOS"

En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política y, en especial lo establecido en los numerales 1° y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO. Crear la Orden "Responsabilidad Social DONA BOGOTA", como incentivo, reconocimiento y exaltación de las personas naturales y/o jurídicas comprometidas en Bogotá con la donación de órganos y tejidos humanos, la cual será otorgada por la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá y la Secretaria Distrital de Salud.

ARTICULO SEGUNDO. La Orden "Responsabilidad Social DONA BOGOTA", consiste en una certificación motivada que contenga la imagen corporativa de la misma; El merecedor podrá utilizarla o referenciarla en sus productos y servicios como muestra de su compromiso con la donación de órganos y tejidos.

PARÁGRAFO: La Secretaria Distrital de Salud determinará los mecanismos requeridos para la definición de la imagen corporativa y su implementación.

ARTICULO TERCERO. La Mesa Directiva y la Secretaria Distrital de Salud garantizarán la participación, estudio, selección, otorgamiento e imposición de la Orden "Responsabilidad Social DONA BOGOTA", a través del siguiente procedimiento:

1. La Mesa Directiva del Concejo de Bogotá y la Secretaria Distrital de Salud, convocarán conjunta y públicamente a todas las personas naturales y jurídicas que estimulen la donación de órganos y tejidos en el Distrito, para que se postulen como merecedores de la Orden "Responsabilidad Social DONA BOGOTA".

2. Efectuada la convocatoria, la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá y la Secretaria Distrital de Salud y estudiará, evaluará y seleccionará al merecedor de la Orden.

3. La Orden será entregada anualmente por la Mesa Directiva del Concejo Capitalino, en ceremonia especial que se efectuará el 25 de abril, fecha en que se celebra el día de la donación de órganos y tejidos en Bogotá establecido por el Acuerdo Distrital 140 de 2005.

ARTÍCULO CUARTO. La Secretaría Distrital de Salud, antes de finalizado el año 2009, definirá los mecanismos para la convocatoria, la selección de la imagen corporativa de la Orden "Responsabilidad Social DONA BOGOTA", y su adopción.

ARTICULO QUINTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

MARTHA CIPAGAUTA CORREA

Presidente

Secretaria General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Acuerdo 308 de 2008.Titulo III. Metas de ciudad y de proyectos. Pág 49.

2 Encuesta Calidad de Vida, Bogotá 2007. Alcaldía Mayor de Bogotá. Dane. Colección información y estudios estratégicos. Pág. 25.

3 http://www.radiosantafe.com/2008/04/27/bogota-busca-donantes-de-organos-y-tejidos-2.

4 http://www.valledellili.org/ Artículo Dr. Álvaro Velásquez, jefe del programa de trasplante de órganos. Fundación Valle de Lili, Cali.

5 http://www.milenio.com/node/76503. Vanguardia en responsabilidad social. Tomado 9 septiembre de 2008.

6 LARIZA PIZANO. Ponencia al Proyecto de Acuerdo N° 378 de 2007.