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Resolución 46 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/02/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/02/2009
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 046 DE 2009

(Febrero 16)

 Derogada por el art. 2, Resolución Sec. General 128 de 2011

"Por la cual se conforma el Comité de Convivencia y Conciliación Laboral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el decreto 515 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

 Que mediante la Ley 1010 del 23 de enero de 2006, se adoptaron medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

Que la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante Decreto 515 del 20 de diciembre de 2006, por medio del cual se da cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley 1010 de 2006, dispuso en el artículo 6 del Título 4 sobre Conciliación para la Resolución de Conflictos de Acoso Laboral, que la Comisión de Personal instituida en virtud de la Ley 909 de 2004 y reglamentada por el Decreto 1128 de 2005, o el organismo que haga sus veces, asumirá el conocimiento en cada dependencia de la Administración Distrital que haga parte de la estructura administrativa en los términos del artículo 54 del Decreto Ley 1421 de 1993, de los asuntos que generen competencia de Conciliación de Resolución de Conflictos de Acoso Laboral de que trata la Ley 1010 del 23 de enero de 2006, los cuales estarán integrados mínimo de la siguiente manera:

*Un (1) delegado del Director, Secretario, Gerente y/o Presidente, con voz y voto.

*Un (1) delegado de los servidores públicos de la entidad, que puede ser el representante de los empleados ante la Comisión de Personal, con voz y voto.

*El Jefe, Coordinador y/o responsable del grupo de Gestión y/o Talento Humano de la respectiva entidad, quien actuará como Secretario del Comité, con voz y voto.

Que mediante Resolución 040 del 9 de febrero de 2007, se conformó el Comité de Convivencia y Conciliación Laboral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por el término de dos años, contados a partir de la comunicación, integrado por el Director de Gestión Corporativa como delegado de este Despacho, el Subdirector de Conceptos de la Secretaría General, el representante de los empleados ante la Comisión de Personal de la Secretaría General que obtuvo la mayor votación y la Responsabilidad del Área de Recursos Humanos.

Que el parágrafo primero del artículo 6 del Decreto 515 del 20 de diciembre de 2006, dispone que la designación se hará por el término de (2) dos años, contados a partir de la respectiva comunicación, fecha que se cumplirá el 15 de febrero de 2009.

Que por lo anterior,

Ver la Resolución de la Sec. General 040 de 2007

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Conformar el Comité de Convivencia y Conciliación Laboral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para la vigencia 2009-2011, el cual estará integrado por el Director de Gestión Corporativa como delegado de este Despacho, el Subdirector de Conceptos de la Secretaría General, el Representante de los Empleados ante la Comisión de Personal de la Secretaría General que obtuvo la mayor votación, el Subdirector de Talento Humano y los respectivos suplentes de acuerdo con lo señalado en el artículo segundo de la Resolución 040 de 2007.

ARTÍCULO 2°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 día del mes de febrero de 2009

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General