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CIRCULAR 013 DE 2009 (Abril 06)
Dentro del marco de una política de bienestar y estímulo para los funcionarios y en ejercicio de la autonomía administrativa prevista en el Decreto 101 de 2004, tendiente al cumplimiento de una gestión pública humana y eficiente, con ocasión de la Semana Santa se ha previsto conceder el día miércoles 8 de abril de 2009 de descanso, compensado con una hora diaria de trabajo adicional durante los días 13 al 16 de abril del año en curso. Al efecto, es pertinente precisar que cada Director, Jefe de Oficina o Subdirector será responsable de garantizar el cumplimiento de la reposición de tiempo por parte de los servidores de su área, en las fechas establecidas. Lo anterior modifica en lo pertinente lo dispuesto en la Circular 010 de 2009. Espero que la oportunidad de compartir esta época de reflexión y de descanso con sus familias, afiance su sentido de pertenencia institucional y les permita retornar a las actividades renovados por un espíritu de optimismo y energías para impulsar las acciones que los compromisos por alcanzar una Bogotá Positiva nos demandan. Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES Secretario General |