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Circular 15 de 2001 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/04/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 015 DE 2001

(Abril 16)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES Y DIRECTORES DE EMPRESAS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ALCALDES LOCALES.

DE:

SECRETARIA GENERAL

ASUNTO:

ATENCIÓN DE QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS

FECHA:

ABRIL 16 DE 2001

Ver las Circulares de la Sec. General 21 de 2001; 12 de 2007; 33 y 34 de 2008; 18 de 2009.

Sin perjuicio de las funciones propias de las Oficinas de Control Interno y de lo dispuesto en los artículos 54 y 55 de la Ley 190 de 1995, y con ocasión de la derogatoria del artículo 53 de la citada Ley, el Despacho considera procedente modificar las instrucciones impartidas en memorando del 17 de enero de 1996, en cuanto ordenó que: "El Jefe de Control Interno de cada entidad, deberá vigilar esta función y remitir un informe mensual a la oficina de Control Interno de la Alcaldía Mayor, en los primeros cinco días de cada mes".

Con el fin de ejercer un adecuado control sobre el procedimiento aquí establecido, se les solicita que durante el próximo trimestre el informe sea enviado mensualmente en las siguientes fechas:

*El informe del mes de Abril a más tardar el 08 de mayo de 2001.

*El informe del mes de Mayo a más tardar el 08 de junio de 2001.

*El informe del mes de Junio a más tardar el 09 de Julio de 2001.

Así mismo, les agradecería que el informe sea estructurado en una primera parte en términos del número total de quejas y en una segunda, discriminadas por servicio, esto es, por cada una de las funciones específicas que presta la entidad y frente a las cuales se pronuncia el ciudadano.

Así las cosas, a partir del 02 de mayo la dependencia que en cada Entidad esté encargada de atender las quejas, reclamos y sugerencias de los ciudadanos, deberá remitir informe directamente a la Oficina de Atención, Quejas, Reclamos y Sugerencias de la Alcaldía Mayor, ubicada en la Carrera 8 # 10-65.

Teniendo en cuenta que uno de los pilares fundamentales del Plan de Desarrollo "Bogotá para Vivir" es la efectiva respuesta a los ciudadanos y por ser este tipo de información vital para conocer las inquietudes y reales necesidades de la ciudadanía, les agradezco dar estricto cumplimiento a lo aquí establecido.

Cordialmente,

LILIANA CABALLERO DURÁN