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Resolución Conjunta 325 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4290 de septiembre 29 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 325 DE 2009

(Septiembre 28)

"Por la cual se convoca a la elección de los (as) representantes de los (as) empleados (as) a la Comisión de Personal Distrital para la Concertación"

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C, Y LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL

En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 46 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y el parágrafo transitorio del artículo 9° del Acuerdo No. 109 de 2009, y,

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo del artículo 16 de la Ley 909 de 2004 confirió a la Comisión Nacional del Servicio Civil la facultad para expedir el reglamento que determine la conformación y funciones de la Comisión de Personal Distrital de Concertación con el propósito de que sirva de escenario de concertación entre los empleados y la administración.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo No. 109 del 3 de septiembre de 2009, mediante el cual reglamenta la conformación y funciones de las Comisiones de Personal, Municipales, Distritales, Departamentales y Nacionales para la Concertación.

Que el Parágrafo transitorio del artículo 9° del citado Acuerdo, establece que: "la organización y convocatoria para la elección de los representantes de los empleados de la primera Comisión de Personal para la Concertación cuyo período inicia en el año 2009, deberá hacerse a más tardar la primera semana del mes de octubre, y la elección en la cuarta semana del mes de octubre- Este primer período iniciará el 17 de noviembre y culminará el 14 de octubre de 2012".

Que de conformidad con el artículo 10 del Acuerdo 257 de 2006, la Administración Distrital actuará a través de su organización administrativa de manera armónica para la realización de sus fines y para hacer eficiente e integral la gestión pública distrital, mediante la articulación de programas, proyectos y acciones administrativas, a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y transectorial.

Que según el artículo 48 del Acuerdo 257 de 2006, la Secretaría General es un organismo del Sector Central que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, mediante el diseño e implementación de instrumentos de coordinación y gestión, y la promoción del desarrollo institucional.

Que de conformidad con el artículo 1° del Decreto Distrital 76 de 2007, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital tiene por objeto entre otros, garantizar el soporte técnico al sector de Gestión Pública en la consecución de los objetivos, dentro de las políticas y directrices definidas por la Secretaría General.

Que teniendo en cuenta que el parágrafo del Artículo 9° del Acuerdo 109 de 2009 estableció un plazo perentorio para la convocatoria de elecciones para el año 2009, se hace necesario realizar la misma a los representantes de los empleados en la Comisión de Concertación de Personal Distrital y disponer lo necesario para su escrutinio - el cual podrá realizarse por vía electrónica - y control.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Capítulo III, Acuerdo de la CNSC 109 de 2009

RESUELVE:

Artículo 1°. Convocar a elección de los tres (3) representantes de los (as) empleados (as) y sus suplentes a la Comisión de Personal Distrital para la Concertación, para el periodo comprendido entre el 17 de noviembre de 2009 y el 14 de octubre de 2012.

Artículo 2°. El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en calidad de apoyo técnico del Sector Gestión Pública, realizará la divulgación y difusión de la presente convocatoria a través de la página web institucional, así como el soporte logístico que se requiera en el proceso de elección de los (as) representantes y los (as) suplentes a la Comisión de Personal del Distrito Capital.

Artículo 3°. Las inscripciones de los (as) candidatos (as) se realizarán entre el 1 y el 9 de octubre de 2009 ante la Subdirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Si dentro de dicho término no se inscribieren por lo menos seis (6) candidatos (as) o los (as) inscritos (as) no acreditaren los requisitos exigidos, este término se prorrogará hasta el 15 de octubre de 2009.

Artículo 4°. Los (as) aspirantes que deseen inscribirse como candidatos (as) deberán acreditar la calidad de miembro principal de una Comisión de Personal en el respectivo nivel distrital y haber sido elegido (a) en representación de los empleados (as).

El escrito de solicitud de inscripción deberá contener la siguiente información:

1. Nombre y apellidos completos del (a) candidato (a).

2. Documento de identidad.

3. Manifestación expresa de que reúne los requisitos previstos; y

4. Firma del candidato (a).

Artículo 5°. La Subdirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital divulgará en su página web institucional y en la de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, el día hábil siguiente al vencimiento del término previsto en esta Resolución para la inscripción de candidatos, la lista de los (as) inscritos (as) que hubieren reunido los requisitos exigidos.

Artículo 6°. La Subdirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital designará los veedores del proceso de escrutinio dentro de los tres (3) días siguientes a la divulgación de la lista de los (as) candidatos (as) inscritos (as).

Artículo 7°. Los veedores del proceso de escrutinio cumplirán las siguientes funciones

1. Verificar que el consolidado de los votos y el registro de los resultados sean consistentes en el acta de escrutinio; y

2. Firmar las actas de declaración de resultados de la elección.

Artículo 8°. La Subdirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital publicará entre el 26 y el 28 de octubre de 2009, la lista general de votantes con indicación de documento de identidad.

Artículo 9°. Las votaciones se efectuarán el día 30 de octubre de 2009, mediante voto electrónico en la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:30 p.m.

Para lo anterior el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital habilitará dentro de la Página web la respectiva aplicación.

Artículo 10°. El escrutinio general y la declaración de la elección se realizarán el día 30 de octubre de 2009 a las 5:00 p.m. y se incorporará en la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital a partir de las 6:00 p.m.

Artículo 11°. La Subdirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital será la encargada de comunicar a los (as) representantes y los (as) suplentes elegidos (as) ante la Comisión de Personal Distrital para la Concertación su vinculación a la misma, antes del 9 noviembre de 2009.

Artículo 12°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de Septiembre de 2009

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

SANDRA LILIANA BAUTISTA LÓPEZ

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital