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Resolución 297 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4280 de septiembre 15 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 297 de 2009

RESOLUCIÓN 297 DE 2009

(Septiembre 14)

"Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 1° de la Resolución 605 de 2002, por la cual se estableció el horario de trabajo de los servidores públicos de la Secretaría General."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 18 del artículo 1° del Decreto 101 de 2004, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 605 de 2002, se estableció el horario de trabajo de los servidores públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que el Acuerdo Distrital 308 de 2000, por el cual se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D. C., 2008 - 2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor" consagra, en el numeral 6° del artículo 27, el Programa de Gestión Documental Integral, consistente en "Consolidar y fortalecer la gestión documental pública para promover la eficiencia de la administración y garantizar la información como un activo, un derecho de la comunidad y un patrimonio de la ciudad.".

Que el citado programa está a cargo de la Dirección Archivo de Bogotá, y conlleva dentro de sus actividades el monitoreo durante las veinticuatro horas del día, los siete días de la semana, de los sistemas de circuito cerrado de televisión, control de accesos, detección de incendios y automatización de servicios básicos como máquinas de extracción o acondicionamiento de aire, detectores de monóxido de carbono, ascensor, montacargas, montalibros, máquinas de bombeo, subestación eléctrica, tanques de agua, planta de emergencia, tableros de iluminación y el sistema de alimentación ininterrumpida.

Que se hace necesario modificar una excepción en los horarios establecidos en la Resolución 605 de 2002, para viabilizar la implemenlación de turnos especiales de trabajo de la Dirección Archivo de Bogotá do la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para desarrollar los procesos de organización, descripción, digitalización, microfilmación, conservación de los fondos y colecciones que ingresan al Archivo de Bogotá.

Que en mérito de lo anterior

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el artículo primero de la Resolución 605 de 2002, con el siguiente parágrafo: "PARÁGRAFO CUARTO. De manera excepcional, de acuerdo con las necesidades del servicio, los servidores públicos de la Dirección Archivo de Bogotá podrán tener un horario distinto o turnos especíales de trabajo, autorizados expresamente por escrito por la Subdirectora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, en coordinación con el Director del Archivo de Bogotá.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su publicación y adiciona en lo pertinente la Resolución 605 de 2002.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los catorce (14) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009).

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4280 de septiembre 15 de 2009.