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Resolución 707 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección de Gestión Corporativa

Fecha de Expedición:
16/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4341 diciembre 17 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 707 de 2009

RESOLUCIÓN 707 DE 2009

(Diciembre 16)

"Por el cual se ordena la ejecución de un rubro presupuestal y se dictan otras disposiciones".

LA DIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 8°. de la Resolución 261 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a la normatividad distrital se ha reconocido y reconoce una bonificación al Oficial de enlace y los escoltas del Señor Alcalde Mayor, conforme a la Resolución 44 de 1978, el Decreto 573 de 1998 "Por el cual se reajusta y se ordena pagar la bonificación al Oficial de enlace y al personal de escoltas del Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C." y los acuerdos distritales que aprueban el presupuesto de la entidad territorial y los respectivos decretos que los liquidan.

Que en el artículo 4°. del Decreto Distrital 573 de 1998 se ordenó "reajustar a partir del 1 de enero de 1999, y así sucesivamente cada año, la bonificación que se paga al oficial de enlace y al personal de escolta del Señor Alcalde, de acuerdo al porcentaje en que sea incrementado anualmente el salario mínimo legal en el nivel nacional".

Que el numeral 3.1.1.02.05 del Decreto Distrital 466 de 2008 "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo No. 340 del 19 de diciembre de 2008, expedido por el Concejo de Bogotá" se estableció una apropiación "destinada para el pago de la Bonificación que le corresponde al Oficial de Enlace y del personal de escoltas de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo establecido en el Decreto 573 de 1998".

Que en el precitado Decreto, asimismo, se define el rubro 104-01-3-1-1-02-05 Bonificación Escoltas Alcaldía como la apropiación destinada para el pago de la bonificación que le corresponde al Oficial de Enlace y del personal de escoltas de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., asignando la Apropiación de $209.750.000, para la presente vigencia, presupuesto que cubre la bonificación para un Oficial de Enlace y 70 escoltas.

Que el Decreto Nacional 4965 del 27 de diciembre de 2007, incrementó el salario mínimo legal mensual vigente del nivel nacional en $27.800.oo, que equivale al 6.4099% y que rige a partir del 1 de enero del 2008.

Que según Decreto Nacional 4868 del 30 de diciembre de 2008, fijó el salario mínimo legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural en una suma equivalente al salario mínimo definido en el Decreto 4965 del 27 de diciembre de 2007, incrementado en el Índice de precios al consumidor calculado entre el 1 y el 31 de diciembre de 2008 y certificado por el DANE.

Que de conformidad con el comunicado de prensa del Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, DANE, de fecha 2 de enero de 2009, certifica que el índice de precios al consumidor, IPC, se ubicó en el 7,67 por ciento.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar el pago de la bonificación de que trata la Resolución 44 de 1978, el Decreto 573 de 1998, el Acuerdo 340 de 2008 y el Decreto 466 de 2008, al Oficial del esquema de seguridad del Señor Alcalde Mayor y hasta sesenta y nueve (69) escoltas, conforme a relación que el citado oficial presente a la Dirección de Gestión Corporativa.

Parágrafo Primero: Reajustar con efectos fiscales al 1 de enero de 2009, la bonificación que se pagará en forma mensual al Oficial del esquema de seguridad de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se liquidará por valor de Doscientos Sesenta y Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Un Pesos ($265.661) M/cte.

Parágrafo Segundo: Reajustar con efectos fiscales al 1 de enero de 2009, la bonificación que se pagará en forma mensual al personal de escoltas del Señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. y se liquidará por un valor mensual de Doscientos Cuarenta y Tres Mil Setecientos Veintiséis Pesos ($243.726) M/cte.

Parágrafo Tercero: El pago de que trata la presente resolución se realizará en la presente vigencia fiscal, después de radicada las certificaciones mensuales junto con la relación de escoltas con derecho a la misma, en la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Los cambios del personal de escoltas y su individualización serán responsabilidad del Oficial de Enlace para efectos del pago de la citada bonificación, por lo cual el personal de escoltas deberá haber prestado el servicio durante el mes completo par tener derecho a la misma.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El gasto que ocasione la presente Resolución se imputará con cargo al Código 104-Unid.Ejec. 01-Grupo 3-Subgrupo 1-Cta.Mayor 1-Cta.Aux. 02-Cta.Sub.Aux. 05 BONIFICACIÓN ESCOLTAS ALCALDÍA, según Disponibilidad Presupuestal 2243 de 2009.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009).

DOLLY ARIAS CASAS

Director de Gestión Corporativa

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4341 de diciembre 17 de 2009