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Circular 64 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/08/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 64 DE 2010

CIRCULAR 64 DE 2010

(Agosto 26)

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS E INSTITUTOS, GERENTES (AS) O DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS; UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES; EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO; SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA; SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PUBLlCAS, ALCALDES (AS) LOCALES Y RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

De:

SECRETARIO GENERAL.

Asunto

PROPOSICIÓN 374 DE LA COMISIÓN SEGUNDA PERMANENTE DE GOBIERNO DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. Radicación No.1-2010-35384.

Este Despacho recibió la comunicación suscrita por el doctor Luis Carlos Osorio Rendón, Personero Delegado para Asuntos de Gobierno, mediante la cual solicita se respondan los siguientes interrogantes que se formulan en el marco de la Proposición 374 de la Comisión Segunda Permanente de Gobierno del Concejo de Bogotá, D.C.

1. ¿Cuántos derechos de petición se presentan diaria, semanal, mensual y anualmente ante las diferentes entidades del orden distrital, incluidas las Alcaldías locales?

3. ¿Qué entidades del orden Distrital han reglamentado internamente el ejercicio del derecho de petición?

4. ¿Cuántos derechos de petición fueron presentados ante las diferentes entidades distritales durante los años 2007, 2008, 2009 y lo corrido del 2010? Por favor discriminar por forma de presentación: escrita. verbal e Internet.

5. ¿Cuántos derechos de petición fueron negados o no respondidos por las entidades distritales durante los años 2007, 2008, 2009 y lo corrido del 2010?

6. ¿Cuáles son los mecanismos empleados por las diferentes entidades distritales para la recepción de derechos de petición en la modalidad verbal?

Por lo anterior, en virtud con el Acuerdo Distrital 257 de 2006 conforme el cual establece que a cada entidad le corresponde atender los asuntos de su competencia, de manera atenta remito a su(s) Despacho(s) la petición formulada, con la finalidad que cada entidad y organismo distrital remitan la respuesta correspondiente a la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de esta Secretaría, a efectos de consolidar la información y remitirla a la Personería Distrital, para lo cual les solicito respetuosamente que la respuesta sea enviada a más tardar el lunes 6 de septiembre del año en curso.

Es de señalar que la citada proposición fue enviada a los profesionales responsables de las Oficinas de Servicio al Ciudadano de cada entidad distrital, a través del "Sistema Distrital de Quejas y Soluciones", con el número 353950.

Atentamente,

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

Anexo 2 folios (1-2010-35384).

Copia Información:

Doctor Luis Carlos Osorio Rendón

Personero

Delegado para Asuntos de Gobierno.

 

Doctor Mauricio Gracia Diaz Director Distrital de Servicio al Ciudadano.

Proyectó

Nohora Patricia Rodriguez Barrera

Revisó

Camilo José Orrego Morales