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Acuerdo 2 de 2007 Instituto Para la Economía Social - IPES

Fecha de Expedición:
02/01/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO IPES – JD 0002 DE 2007

(Enero 02)

 Derogado por el art. 14, Acuerdo IPES 05 de 2011

"Por el cual se adopta la estructura interna del Instituto para la Economía Social – IPES y se dictan otras disposiciones

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL IPES

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 76 del Acuerdo 257 del 30 de Noviembre de 2006 y las conferidas mediante el artículo 15 literal 6 de el Acuerdo 0001 expedido por la Junta Directiva del -IPES de Enero 2 de 2007 y,

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo 257 del 30 de Noviembre de 2006, artículo 76, el Concejo de Bogotá, creó el Instituto para la Economía Social – IPES.

Que el articulo 15 literal 6 del Acuerdo 001 expedido por la Junta Directiva IPES da la facultad a la Junta Directiva de modificar, suprimir, y crear los cargos de la planta de personal y adoptar la estructura orgánica para la Entidad.

ACUERDA:

CAPÍTULO I

Artículo 1º. Objeto. Corresponde al Instituto para la Economía Social –IPES-Promover, coordinar y ejecutar las políticas, programas y proyectos de Desarrollo Económico del Distrito a través de diferentes estrategias en sectores sociales informales, encaminadas al fortalecimiento de las competencias productivas, empresariales y comerciales, la formación del capital humano, el apoyo a proyectos productivos de la micro, pequeña y mediana empresa y la administración de las plazas de mercado, en coordinación con el plan de abastecimiento de alimentos, generando esquemas de mejoramiento de calidad de vida.

Artículo 2º. Estructura Interna. Para el desarrollo de su objeto, el Instituto para la Economía Social – IPES, tendrá la siguiente estructura interna:

  1. Junta Directiva

  2. Dirección General

  3. Oficina Asesora de Planeación

  4. Oficina Asesora de Jurídica

  5. Subdirección de Gestión y Redes Sociales

  6. Subdirección Empresarial, Comercial y Logística

  7. Subdirección Administrativa y Financiera

Artículo 3º De la Junta Directiva

Son funciones de la Junta Directiva, las siguientes:

1.- Formular la política general del Instituto para la Economía Social –IPES- y los planes y programas de acuerdo con las propuestas de sus miembros, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital.

2.- Adoptar los estatutos de la Entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca.

3.- Aprobar el presupuesto y los balances del Instituto para la Economía Social –IPES-.

4.- Vigilar el funcionamiento general de la organización y velar porque sus actividades se cumplan de conformidad con la política adoptada.

5.- Aprobar y adoptar la estructura interna y la planta de personal con sus respectivos manuales de funciones o delegar la adopción de los manuales de funciones a la Dirección General de la Institución.

6.- Respetar, cumplir y hacer cumplir la constitución, las leyes y los estatutos de la Entidad.

7.- Desempeñar sus funciones con eficiencia e imparcialidad y guardar en reserva los asuntos que conozca en razón de sus funciones y que por su naturaleza no deban divulgarse.

8.- Crear y/o suprimir los cargos indispensables para la administración del Instituto para la Economía Social IPES, y señalar la remuneración y funciones, previa autorización de las Entidades competentes.

9.- Crear otras reservas y fondos especiales dentro de sus fines y reglamentar su inversión y administración.

10.- Orientar las estrategias, planes programas y proyectos de la Entidad, para desarrollar las políticas de la Institución.

11.- Las demás que señale la ley, los reglamentos o los estatutos en pro del logro del objeto del Instituto para la Economía Social –IPES-.

CAPÍTULO II

DIRECCIÓN GENERAL

Artículo 4º. Dirección General

Son funciones del Director General, las siguientes:

1.- Cumplir y hacer cumplir las decisiones y los acuerdos de la Junta Directiva.

2.- Dirigir, coordinar, vigilar y controlar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos del Instituto y ejercer su representación legal.

3.- Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento del Instituto.

4.- Nombrar, dar posesión y remover al personal del Instituto, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

5.- Presentar informes a la Junta Directiva y a las demás entidades del orden distrital o autoridades que los requieran, en las formas que éstas determinen, sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden al Instituto y los informes generales y periódicos o particulares que soliciten, sobre las funciones desarrolladas y la situación general del Instituto, de conformidad con las normas legales sobre la materia.

6.- Promover y presentar a consideración de la Junta Directiva los estudios e investigaciones de tipo económico y social sobre los trabajadores informales que adelantan sus actividades en el espacio público, los vendedores de plazas de mercado, los micros, pequeños y medianos empresarios y las propuestas de modelos económicos alternativos de intervención.

7.- Formular las estrategias, planes, programas y proyectos del Instituto, para desarrollar las políticas fijadas por la Junta Directiva, garantizar su cumplimiento y evaluar el impacto dentro de la población atendida.

8.- Gestionar la consecución de recursos con entidades públicas, con empresas privadas, fundaciones u Organizaciones No Gubernamentales – ONG nacionales e internacionales, para ampliar la capacidad de gestión de la entidad y fortalecer la ejecución de los programas y proyectos.

9.- Definir, diseñar y ejecutar programas, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital, dirigidas a otorgar alternativas para los sectores de la economía informal a través de la formación de capital humano, el acceso al crédito, la inserción en los mercados de bienes y servicios y la reubicación de las actividades comerciales o de servicios.

10.- Planear y presentar oportunamente a las autoridades pertinentes, los presupuestos de inversión y funcionamiento del Instituto, así como sus modificaciones para su aprobación.

11.- Establecer políticas en materia de gestión del talento humano, aplicando las diferentes técnicas acordes con las tendencias modernas de mantener un capital humano altamente motivado y eficiente.

12.- Establecer mecanismos que permitan verificar y controlar la atención oportuna de las solicitudes formuladas por la ciudadanía y por los funcionarios del Instituto.

13.- Garantizar el ejercicio del control interno y gestión de la Entidad, y propender por el mejoramiento Institucional.

14.- Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con la divulgación de las actividades del Instituto, incluidas las relativas a especificaciones técnicas y servicios que presta, a través de los diversos medios de comunicación en los diferentes órdenes del Distrito, procurando un oportuno y veraz conocimiento de aquellas por parte de la colectividad y, en general, trazar las políticas y dirigir lo atinente al manejo de los medios de comunicación.

15.- Asignar funciones y distribuir las cargas laborales de acuerdo con las necesidades del servicio y los estudios técnicos respectivos.

16.- Redistribuir la planta de personal mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Instituto.

17.- Adoptar el Sistema de Control Interno que permita llevar a cabo la verificación y evaluación de desempeño y gestión del INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL –IPES-, con el fin de aplicar los manuales de funciones y procedimientos, los sistemas de información y los programas de selección, inducción y capacitación de personal.

18.- Adoptar el Sistema de Gestión de Calidad que permita dirigir y evaluar el desempeño colectivo del INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL –IPES-, con el fin de establecer e implementar eficaz y eficientemente en términos de calidad y satisfacción social, la prestación de los servicios bajo un enfoque basado en los procesos que se surten al interior de la entidad y en las expectativas de los usuarios y destinatarios de los mismos.

19.- Promover la creación de equipos transversales de trabajo conformados por servidores que realizan tareas comunes en las diferentes entidades distritales, en aquellas áreas de la administración en las cuales corresponda a la entidad, de acuerdo con su objeto, ejercer el liderazgo.

20.- Dar oportuna y efectiva respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos y usuarios, referentes a la prestación de servicios a cargo de la Entidad.

21.- Las demás que le señalen las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales del Instituto y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

Artículo 5º. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN.

Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes:

1.- Asesorar a la Dirección General del Instituto para la Economía Social –IPES- en la formulación, coordinación y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos institucionales y operativos necesarios para la implementación, sostenibilidad y mejoramiento de las políticas del sector y los específicos de la institución.

2.- Fomentar la elaboración de estudios e investigaciones que permitan mejorar la formulación y orientación de los programas institucionales.

3.- Preparar, en colaboración con otros organismos Distritales, en especial con la Secretarías de Hacienda Distrital, de Desarrollo Económico y de Planeación, y cuando fuese el caso, con técnicos y representantes del sector privado, los planes y programas de la entidad.

4.- Elaborar, en coordinación con las demás dependencias del Instituto, el anteproyecto de presupuesto que en cada vigencia fiscal se requiera para su ejecución.

5.- Programar y controlar la ejecución del presupuesto de inversión, y preparar y dar el trámite correspondiente a las modificaciones presupuestales que sean necesarias para garantizar la eficiente y efectiva ejecución de las inversiones.

6.- Elaborar los indicadores de gestión por sectores y actividades económicas, que sirvan para monitorear y evaluar el impacto de los programas que adelante el Instituto.

7.- Dar oportuna y efectiva respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos y usuarios, referentes a la prestación de servicios a cargo de esta oficina.

8.- Efectuar la evaluación y el seguimiento de las estrategias, los planes, programas y modelos de intervención adoptados, con el fin de medir su efectividad e impacto dentro de la población atendida y proponer correctivos y/o acciones de mejoramiento o fortalecimiento según el caso.

9.- Realizar estudios, análisis y evaluaciones de factibilidad técnica y operativa del sistema de información computarizada, de acuerdo con los requerimientos de la entidad y recomendar el método para implementar el Software adquirido o desarrollado en concordancia con la metodología establecida y garantizar el uso adecuado del sistema y la información, buscando el mejoramiento del manejo de la información y la automatización de las dependencias del Instituto.

10.- Establecer las estrategias, los planes y programas propios de la oficina Asesora de Planeación.

11.- Propender por la adecuada gestión documental que maneje la oficina en el ejercicio de sus funciones.

12.- Coadyuvar con las diferentes subdirecciones en la fijación de directrices para la formulación de las estrategias, planes y programas institucionales.

13.- Establecer sistemas de control y seguimiento a la gestión ambiental interna y externa que desarrolle el Instituto.

14.- Asistir a la Dirección General en las relaciones de coordinación del Instituto con las Entidades del orden Distrital y Nacional que tengan competencias sobre el espacio público, de conformidad con las políticas y estrategias fijadas por el gobierno Distrital.

15. Formular, en coordinación con las subdirecciones de Gestión y Redes Sociales y Empresarial, Comercial y logística los proyectos de inversión del Instituto y realizar su inscripción y registro en el Banco de Proyectos de Inversión Pública.

16.- Formular, en coordinación con las demás dependencias, el diseño, la implementación, el seguimiento y la actualización de los sistemas organizacionales, y de los métodos, procesos, procedimientos, indicadores de gestión e información para las mismas.

17.- Diseñar, apoyar, controlar y evaluar, en coordinación con las demás dependencias, las políticas de mejoramiento y calidad de los bienes y servicios que ofrece el Instituto.

18.- Preparar los estudios e insumos y apoyar a la Dirección General en la consecución de recursos con entidades públicas, empresas privadas, fundaciones y ONG nacionales e internacionales dirigidos al fortalecimiento de los programas y proyectos del Instituto.

19.- Organizar, coordinar y administrar el banco de proyectos y programas del Instituto.

20.- Administrar los sistemas de información e indicadores del Instituto y ofrecer el soporte técnico y tecnológico requerido para el buen y eficiente funcionamiento de los sistemas de información.

21.- Responder por la adecuada gestión documental que maneje la oficina en el ejercicio de sus funciones.

22.- Definir, asistir, controlar y evaluar las políticas de información que garantice la calidad, oportunidad y confiabilidad de la información del Instituto.

23.- Adelantar los Estudios e investigaciones para realizar y aplicar la evaluación del desempeño de los funcionarios de la Entidad.

24.- Adelantar los estudios que permitan mantener actualizada la planta de personal y el Manual específico de funciones y de competencias laborales, teniendo en cuenta la estructura de la Entidad y las necesidades de las dependencias de la misma.

25.- Ejecutar y evaluar los procedimientos y procesos en materia de carrera administrativa, para el mejoramiento continuo y el desarrollo del talento humano de la Entidad.

26.- Adelantar estudios acerca de las mejores prácticas para efectuar los análisis comparativos con otras entidades públicas y del sector privado, para el desarrollo del talento humano al servicio de la entidad y proponer su adopción.

27.- Efectuar el seguimiento al plan institucional aprobado por la Entidad y proponer los correctivos a que haya lugar.

28.- Adelantar los estudios para elaborar y mantener actualizados los procedimientos propios de la Subdirecciones y de las Oficinas Asesoras de la Entidad.

29.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Oficina Asesora de Planeación, en la implementación del Sistema de Control Interno de la Entidad.

30.- Apoyar y contribuir, en lo pertinente a la Oficina Asesora de Planeación, en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad.

31.- Iniciar y adelantar, en lo competente, la contratación administrativa requerida desde la oficina, así como brindar el apoyo técnico profesional necesario en dichos procesos de contratación.

32.- Las demás que le señale las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales del Instituto y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

Artículo 6º. OFICINA ASESORA DE JURÍDICA

Son funciones de Oficina Asesora de Jurídica, las siguientes:

1.- Asesorar a la Dirección General y coordinar con las demás dependencias el trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico, así como conceptuar sobre la interpretación de las normas legales que regulen materias atinentes al funcionamiento y gestión de la Entidad.

2.- Representar jurídicamente a la Entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover, mediante poder otorgado por el Director(a) General y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.

3.- Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones de la Institución.

4.- Asesorar a las demás dependencias en la elaboración de los pliegos de condiciones y los términos de referencia, necesarios para el desarrollo de las licitaciones, concursos, convocatorias e invitaciones directas respectivamente, que deba realizar el Instituto.

5.- Asesorar a las dependencias en los procesos propios de la oficina y velar que en la Institución se cumplan esos procesos.

6.- Proponer ajustes a la organización interna de la entidad y a las disposiciones que regulan los procesos, procedimientos y trámites administrativos internos relacionados con la oficina.

7.- Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de las funciones que le corresponde realizar a la respectiva oficina, y de las normas vigentes aplicables o que las modifiquen, adicionen o complementen.

8.- Adoptar o implementar, dirigir y controlar las políticas, los procesos, planes, programas y proyectos establecidos en la entidad que tengan relación con la oficina y adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento y aplicación en todos los niveles institucionales, así como establecer sistemas o canales de información para su ejecución y seguimiento.

9.- Conocer en primera instancia, los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-.

10.- Llevar el registro de las garantías contractuales otorgadas a favor del Instituto y controlar su vencimiento, renovación y en general el cumplimiento de las obligaciones legales contraídas por los contratistas.

11.- Tramitar con la debida oportunidad las solicitudes que formulen las autoridades judiciales, de policía, del Ministerio Público, al igual que las presentadas por particulares u otras entidades, cuando traten sobre asuntos que competen a la oficina, o realizar la debida remisión cuando no competan.

12- Coordinar la realización de los Acuerdos de Pago suscritos con los destinatarios de los programas de relocalización y tramitar los cobros que adelante la institución por jurisdicción coactiva.

13.- Adoptar los mecanismos de seguimiento y control necesario para que los derechos de petición comunicaciones o actuaciones administrativas que lleguen a la oficina sean tramitados y respondidos oportunamente.

14.- Dar adecuada y efectiva respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos y usuarios en cuanto a la prestación del servicio relacionadas con esta oficina.

15.- Atender las actuaciones requeridas con ocasión de la interposición de acciones de tutela, populares y de cumplimiento.

16.- Responder por la adecuada gestión documental que maneje la oficina en el ejercicio de sus funciones.

17.- Establecer las estrategias, planes y programas propios de la Oficina Asesora de Jurídica.

18.- Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Oficina, que le sean requeridos por la Dirección General o por otras instancias de control o por las autoridades competentes.

19.- Proyectar los actos administrativos que resuelvan los recursos en vía Gubernativa o den respuesta a las solicitudes de revocatoria directa de los Actos Administrativos del Instituto.

20.- Prestar la asistencia técnica y realizar el seguimiento a los procesos contractuales para el desarrollo de alternativas comerciales y logísticas, y los demás que sean requeridos por la Entidad.

21.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Dirección General, en la implementación del Sistema de Control Interno de la Entidad.

22.- Apoyar y contribuir, en lo pertinente a la Oficina Asesora de Planeación, en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad.

23.- Adelantar los procesos precontractuales y contractuales requeridos por la Entidad para el desarrollo de sus proyectos y su funcionamiento, de acuerdo con su competencia.

24.- Velar por el cumplimiento de las metas, indicadores, planes y programas de la oficina.

25.- Organizar el funcionamiento de la entidad en los procesos, procedimientos y tareas relacionadas con la oficina.

26.- Orientar y coordinar la ejecución de los planes, programas y actividades de carrera administrativa, la evaluación del desempeño, el clima y la cultura organizacional.

27.- Adoptar las medidas necesarias para lograr el cumplimiento de los procedimientos de contratación y de supervisión de contratos.

28.- Las demás que le señale las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales del Instituto y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

CAPÍTULO III

FUNCIONES DE LAS SUBDIRECCIONES

Artículo 7º. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN Y REDES SOCIALES

Son funciones de la Subdirección de Gestión y Redes Sociales, las siguientes:

1.- Coadyuvar con la Dirección General en la formulación y ejecución de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos para el establecimiento de modelos de atención a los grupos sociales de la economía informal.

2.- Diseñar, coordinar y ejecutar planes y estrategias, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital y las Alcaldías Locales, dirigidos a otorgar alternativas para los sectores de la economía informal, por medio del reordenamiento y la reubicación de las actividades comerciales o de servicios.

3.- Desarrollar y ejecutar las políticas y los modelos de gestión de alternativas económicas de intervención, autorizados por la Junta Directiva o la Dirección General, en cada una de las localidades.

4.- Identificar y proponer a la Dirección General y a la Subdirección Empresarial, Comercial y Logística, espacios y/o zonas destinadas a la relocalización de grupos informales de acuerdo con los criterios y lineamientos del Plan Maestro de Espacio Público.

5.- Adelantar acciones estratégicas orientadas al ordenamiento y la relocalización de actividades informales que se desarrollen en el espacio público del Distrito Capital.

6.- Aportar y contribuir en el diseño, implementación y desarrollo del sistema de gestión de calidad de servicio al usuario.

7.- Acordar con la Oficina Asesora de Planeación, la realización de los estudios e investigaciones necesarios para la formulación de políticas operativas, estrategias y modelos de intervención que faciliten su ejecución y desarrollo en el nivel local, a partir del conocimiento de las realidades y circunstancias locales.

8.- Implementar las políticas de generación de oportunidades y mejoramiento de las condiciones de vida de los sectores de la economía informal que desarrollan actividades en el espacio público.

9.- Fomentar los esquemas de concertación con todos los grupos poblacionales involucrados en la economía informal, con el fin de lograr el mejoramiento de condiciones ambientales, el ordenamiento del espacio público y la organización de la comunidad con fines sociales y productivos en las localidades del Distrito Capital.

10.- Divulgar en las diferentes instancias de decisión y gestión de las localidades, las políticas, planes, programas y modelos de intervención diseñados y aprobados por el IPES, con el fin de lograr la corresponsabilidad requerida en el nivel local.

11.- Coordinar con las autoridades locales el desarrollo y la ejecución de las acciones económicas alternativas, definidas para los sectores informales de su localidad, las formas de selección de la población usuaria o destinataria y el modo de operación de los proyectos de responsabilidad compartida.

12.- Promover espacios de participación y consulta con los representantes locales de los trabajadores informales, para la definición y ejecución de las políticas, programas y proyectos orientados a mejorar su calidad de vida.

13.- Coordinar a los gestores locales del IPES para que representen a la entidad en los Consejos Locales de Política Social y las demás instancias locales de gestión de conformidad con las políticas, enfoques y estrategias definidas, para la intervención de los trabajadores informales en las localidades.

14.- Mantener comunicación permanente con las entidades del orden nacional, departamental y distrital que desarrollan programas para la atención de los sectores informales, cumpliendo las políticas de la Entidad, con el fin de aunar esfuerzos y recursos para el fortalecimiento de su gestión.

15.-Definir las estrategias para la promoción y el fortalecimiento de las redes de colectivos sociales y de formas organizativas adecuadas y ajustadas a las características de los sectores informales, con el fin de que constituyan interlocutores y receptores válidos de los diferentes programas de esta subdirección.

16.- Proponer, coordinar y evaluar las ferias temporales y de temporada que realiza el Distrito Capital para la promoción y venta de bienes y servicios.

17.- Gestionar proyectos para la inserción de los sectores informales en programas de bienestar y seguridad social, con entidades nacionales y distritales.

18.- Garantizar los flujos de información de los diferentes grupos de trabajo de la Subdirección con el nivel interinstitucional.

19.- Coordinar con la Dirección General y la Oficina Asesora de Planeación, las líneas de inversión del IPES en las localidades, en concurrencia con los Fondos de Desarrollo Local.

20.- Dar oportuna y efectiva respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos y usuarios en cuanto a la prestación del servicio, relacionadas con esta Subdirección.

21.- Establecer las estrategias, planes y programas de acción propios de la Subdirección de Gestión y Redes Sociales.

22.- Responder por la adecuada gestión documental que maneje la oficina en el ejercicio de sus funciones.

23.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Subdirección, en la implementación del Sistema de Control Interno de la Entidad.

24.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Subdirección, en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad.

25.- Iniciar y adelantar, en lo de su competencia, la contratación administrativa requerida desde la Subdirección, así como brindar el apoyo técnico profesional necesario en dichos procesos de contratación.

26.- Las demás que le señale las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales del Instituto y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

Artículo 8º. SUBDIRECCIÓN EMPRESARIAL, COMERCIAL Y LOGÍSTICA

Son funciones de la Subdirección Empresarial, Comercial y Logística, las siguientes:

1.- Coadyuvar con la Dirección General en la formulación y ejecución de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos para el establecimiento de modelos de gestión empresarial, comercial y logística de los diferentes formatos comerciales y de negocios que administre el Instituto, al igual que los modelos de formación, desarrollo y fortalecimiento empresarial de los sectores informales micro, pequeño y mediano empresarial.

2.- Promover alianzas o convenios con entidades públicas, empresas privadas, fundaciones y ONG para desarrollar a través de ellas acciones de capacitación y formación empresarial, financiamiento, comercialización y promoción de formas asociativas que beneficien directamente a los sectores sociales informales.

3.- Diseñar y ejecutar acciones, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital y la Subdirección de Gestión y Redes Sociales, dirigidas a mejorar la productividad de las actividades de la economía informal, mediante la inserción en los mercados de Bienes y Servicios, la formación de capital humano y el acceso al crédito.

(Sic) 3.- Desarrollar programas de construcción y adecuación de espacios análogos y conexos destinados a operaciones comerciales en el espacio público, con miras a su aprovechamiento económico regulado.

4.- Diseñar, desarrollar y proponer esquemas o formatos de negocios que permitan la implementación de la política comercial de la Secretaría de Desarrollo Económico.

5.- Administrar las plazas de mercado en el marco de la política de abastecimiento de alimentos, con el fin de ajustar su funcionamiento a la política comercial de la Secretaría de Desarrollo Económico.

6.- Apoyar y Gestionar, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y la Subdirección de Gestión y Redes Sociales, el desarrollo de estudios comerciales para mejorar la localización y el desarrollo de las actividades comerciales y productivas de los sectores informales.

7. Adecuar e implementar los formatos comerciales y de negocios destinados a fortalecer y hacer eficientes y productivos los proyectos de las plazas de mercado, los centros comerciales, las plazas artesanales, las ferias comerciales, los puntos de encuentro, los kioscos de venta en la calle y los espacios análogos.

8. Gestionar y ofrecer los apoyos logísticos y tecnológicos requeridos para el desarrollo operativo de las distintas redes y/o sistemas comerciales y de negocios que promueva el Instituto.

9.- Analizar conjuntamente con la Oficina Asesora de Jurídica, los procesos de supervisión y monitoreo a los respectivos convenios y contratos que suscriba el IPES con ocasión del desarrollo de las alternativas comerciales.

10.- Determinar y evaluar los niveles de satisfacción de los usuarios y destinatarios de los programas de operación comercial a cargo del IPES, para el respectivo diseño y mejoramiento de las especificidades técnicas y operativas de los diferentes formatos comerciales que promueve la Institución y coordinar el establecimiento del Sistema de Gestión de Calidad de Servicio al ciudadano, usuario o peatón.

11.- Establecer los perfiles y competencias comerciales requeridas a los usuarios o destinatarios que apliquen a los diferentes proyectos comerciales y/o empresariales del IPES, de acuerdo con las características de cada formato de operación comercial.

12.- Establecer el Reglamento de Operación Comercial - ROC de los diferentes formatos de operación comercial, para su cumplimiento por parte de los usuarios o destinatarios del Instituto.

13.- Promover la formación, consolidación e implementación de las redes comerciales requeridas para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

14.- Diseñar, proponer y desarrollar estrategias publicitarias y promocionales necesarias para posicionar las ofertas de los diferentes formatos de operación comercial del IPES.

15.- Emitir conceptos técnicos de viabilidad estructural para la adquisición y adecuación de bienes inmuebles para la aplicación de operadores comerciales.

16.- Ejecutar programas y proyectos para el apoyo a microempresas, famiempresas, empresas asociativas y pequeña y mediana empresa, e implementar el microcrédito.

17.- Adelantar acciones de acompañamiento y gestión para facilitar el acceso de los micros y pequeños empresarios del sector informal a los recursos de crédito y microcrédito.

18.- Adelantar acciones para el desarrollo de competencias empresariales y de capacitación a los colectivos sociales y del sector informal.

19.- Promover la creación, desarrollo y consolidación de iniciativas productivas de pequeñas y medianas unidades de negocios del sector informal, con el fin de fortalecer el tejido empresarial de Bogotá D.C.

20.- Impulsar y apoyar la creación de formas organizativas solidarias de producción y/o prestación de servicios, como mecanismo de inclusión socioeconómica para grupos poblacionales que ejercen actividades informales.

21.- Fomentar la asociatividad y la creación de redes de cooperación productiva entre los grupos sociales de los sectores informales y de las mipymes y pequeñas unidades productivas.

22.- Brindar asesoría, monitoreo y seguimiento a las asociaciones en los programas de emprendimiento.

23.- Realizar la evaluación periódica de las políticas y programas públicos de fomento y promoción de las Mipymes en el sector informal mediante indicadores de impacto y proponer los correctivos necesarios.

24.- Gestionar una activa cooperación entre los sectores público y privado en la ejecución de los programas de promoción de las microempresas y mipymes en el sector informal.

25.- Estimular el desarrollo de la asociatividad en las organizaciones empresariales, y las alianzas estratégicas entre las entidades públicas y privadas de apoyo al sector micro y mipymes del sector informal.

26.- Definir y proponer a la Subdirección de Gestión y Redes Sociales estrategias para la promoción y el fortalecimiento de formas organizativas adecuadas y ajustadas a las características de los sectores informales, con el fin que constituyan interlocutores y receptores válidos de los diferentes programas de esta subdirección.

27.- Establecer contacto permanente con las entidades públicas, empresas privadas, fundaciones y/o ong que desarrollan programas de apoyo al sector microempresarial, con el fin de concertar alianzas estratégicas y convenios que favorezcan la creación de microempresas dentro del sector informal, de acuerdo con los modelos de alternativas económicas de intervención establecidos.

28.- Promover y gestionar en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico Distrital y con entidades financieras, los programas crediticios, las condiciones y el financiamiento que el Distrito pueda ofrecer a los sectores informales.

29.- Dar oportuna y efectiva respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos y usuarios en cuanto a la prestación del servicio, relacionadas con esta Subdirección.

30.- Establecer las estrategias, planes y programas de acción propios de la Subdirección Empresarial.

31.- Propender por la adecuada gestión documental que maneje la Subdirección en el ejercicio de sus funciones.

32.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Subdirección, en la implementación del Sistema de Control Interno de la Entidad.

33.- Apoyar y contribuir, en lo pertinente a la Subdirección, en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad.

34.- Iniciar y adelantar, en lo de su competencia, la contratación administrativa requerida desde la Subdirección, así como brindar el apoyo técnico profesional necesario en dichos procesos de contratación.

35.- Las demás compatibles con su naturaleza establecidas por la ley o mediante decreto expedido por el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades permanentes consagradas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, orientadas al fomento de las microempresas en Colombia.

Artículo 9º. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera, las siguientes:

1.- Coadyuvar con la Dirección General en la formulación y ejecución de políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos para el fortalecimiento administrativo y financiero del Instituto.

2.- Formular las políticas, estrategias, planes y programas en materia de planificación y administración de recursos físicos, financieros.

3.- Orientar y coordinar la ejecución de los planes, programas y actividades de administración de personal, salud ocupacional, capacitación y bienestar social así como los incentivos de la entidad.

4.- Asistir a la Dirección General en el desarrollo de las acciones de coordinación y articulación del IPES con la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil del Distrito.

5.- Orientar y coordinar la aplicación de las políticas y normas de administración de los recursos físicos, la organización y control de las operaciones financieras y presupuestales, así como de la formulación del proyecto anual del presupuesto.

6.- Coordinar con la Subdirección de Gestión y Redes Sociales y la Oficina de Planeación, la elaboración, ejecución y evaluación del programa anual de caja y del plan de compras para la gestión administrativa y financiera del IPES, presentando los informes correspondientes a la Dirección General y a la Junta Directiva.

7.- Velar por la adecuada ejecución presupuestal, proponer los traslados y adiciones cuando sea necesario, así como preparar y presentar los informes sobre la ejecución presupuestal.

8.- Orientar y desarrollar los procesos de elaboración, programación, formulación, ejecución y control del presupuesto del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes en la materia.

9.- Certificar las disponibilidades presupuestales de los diferentes rubros y el registro presupuestal de los contratos que se suscriban en el Instituto.

10.- Recibir y tramitar las cuentas de cobro con los documentos pertinentes para la efectividad de los pagos que se deban realizar conforme a los contratos celebrados y al Plan Anual de Caja.

11.- Desarrollar y ejecutar las normas y procedimientos en materia de conservación, seguridad y distribución de bienes, sistema de inventario físico y manejo del almacén, e impulsar su aplicación en todas las dependencias de la entidad.

12.- Coordinar la adecuada administración de los servicios de radicación de correspondencia y manejo de archivos en las dependencias de la entidad.

13.- Dirigir, organizar y garantizar la prestación de los servicios generales en lo relacionado con adecuaciones locativas, servicios de aseo, cafetería, vigilancia y mantenimiento, conservación y reparación de los bienes muebles e inmuebles y del equipo automotor de la Entidad.

14.- Dar oportuna y efectiva respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos y usuarios en cuanto a la prestación del servicio, relacionadas con esta Subdirección.

15.- Establecer las estrategias, planes y programas de acción propios de la Subdirección Administrativa y Financiera.

16.- Responder por la adecuada gestión documental que maneje la oficina en el ejercicio de sus funciones.

17.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Subdirección, en la implementación del Sistema de Control Interno de la Entidad.

18.- Apoyar y contribuir en lo pertinente a la Subdirección, en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad.

19.- Orientar el desarrollo de los programas de seguridad social y las relaciones con las diferentes entidades prestadoras de estos servicios con el fin de optimizar el servicio para los servidores de la entidad.

20.- Iniciar y adelantar en lo de su competencia la contratación administrativa requerida desde la Subdirección, así como brindar el apoyo técnico profesional necesario en dichos procesos de contratación.

21.- Elaborar las liquidaciones por todo concepto del personal de planta y su respectiva nómina.

22.- Realizar los comprobantes de pago de aportes parafiscales, salud y pensión, los formatos con respecto a liquidaciones definitivas o parciales de prestaciones sociales, los formatos para retiro y vinculación de personal de las EPS o fondos, y los demás pagos de aportes patronales en sus diferentes expresiones.

23.- Elaborar certificados de ingresos y retenciones, las conciliaciones bancarias y mantener actualizado el libro de vacaciones.

24.- Las demás que le señalen las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales del Instituto y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

25.- Preparar, presentar, ejecutar y evaluar el plan anual de bienestar social de la Entidad, para verificar el cumplimiento de los parámetros y metas establecidas en el mismo.

26.- Preparar los proyectos de actos administrativos, oficios y documentos relacionados con el Grupo de Trabajo de recurso humano para mantener actualizadas las situaciones administrativas de los funcionarios de la entidad de conformidad con las normas vigentes.

27.- Preparar los proyectos de actos administrativos, oficios y documentos relacionados con el talento humano al servicio de la Entidad, para mantener actualizada las situaciones administrativas de los funcionarios de la entidad de conformidad con las normas vigentes.

28.- Adelantar los estudios para elaborar y mantener actualizados los procedimientos del grupo de trabajo de Recurso Humano.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 10º El Instituto para la Economía Social –IPES- tendrá un sistema de planta global, cuyos empleos serán distribuidos en las diferentes dependencias mediante resolución del Director(a), de conformidad con la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos que aquellas adelanten, al igual que la naturaleza de las funciones, niveles de responsabilidad y perfil de cargos.

Articulo 11º El Director(a) podrá conformar grupos internos de trabajo de acuerdo con la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos de esta Entidad.

Artículo 12º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su comunicación.

Comuníquese y cúmplase

Dada en Bogotá D.C., a los dos (2) días del mes de Enero de 2007.

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CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

PRESIDENTE

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INÉS ELVIRA ROLDÁN PARDO

DIRECTORA GENERAL - IPES -

SECRETARIO