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Decreto 413 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/09/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/09/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4509 de septiembre 28 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 413 DE 2010

(Septiembre 27)

Derogado por el art. 26, Decreto Distrital 411 de 2016.

Por medio del cual se modifica el Decreto 539 de la 2006 de la Secretaría Distrital de Gobierno y se dictan otras disposiciones

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 315 de la Constitución Política y los artículos 35 y 38 numeral 9 del Decreto-Ley 1421 de 1993,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 señala que el Alcalde Mayor tiene la atribución de crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos correspondientes.

Que la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias es una dependencia de la Secretaría Distrital de Gobierno, de conformidad con los artículos 3° y 11 o del Decreto 539 de 2006 "Por el cual se determina el objeto, la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno y se dictan otras disposiciones".

Que el artículo 51 del Acuerdo 257 de 2006, establece que el Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia está integrado por la Secretaría Distrital de Gobierno, cabeza del Sector, y entre otros, por el Fondo de Prevención y Atención Emergencias (FOPAE), como entidad adscrita.

Que la Secretaría Distrital de Gobierno realizó un estudio técnico que concluyó en la necesidad de suprimir la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias de dicha Secretaría y asignar al Fondo de Prevención y Atención Emergencias las funciones ejercidas por ésta.

Que mediante Acuerdo 005 del 17 de septiembre de 2010, el Consejo Directivo del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias, creó su estructura organizacional.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable N° 2323 del 14 de septiembre de 2010 para la creación de la estructura organizacional y planta de cargos del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias, y la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda expidió la certificación de viabilidad presupuestal No. 2010EE522122 del 16 de septiembre de 2010, para la creación de la planta de personal del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias.

Que mediante oficio DIR N° 2383 de fecha 22 de septiembre de 2010 la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para la modificación de la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno, en el sentido de suprimir la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno.

En mérito de lo anterior,

Ver la Resolución Distrital 55 de 2010

DECRETA

ARTÍCULO  PRIMERO: Modifíquese el artículo 3 del Decreto 539, de 2006 en el sentido de suprimir de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno, la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias, el cual quedará así:

ARTICULO TERCERO: Para el desarrollo de sus funciones y objetivo, la estructura organizacional de la Secretaria Distrital de Gobierno será la siguiente:

1. Despacho

1.1. Alcaldías Locales

1.2. Oficina de Asuntos Disciplinarios

1.3. Oficina de Control Interno

1.4. Oficina Asesora de Jurídica

1.5. Dirección de Gestión Humana

1.6. Dirección de Seguimiento y Análisis Estratégico

1. 7. Consejo de Justicia

2. Subsecretaría de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano

2.1. Dirección de Apoyo a Localidades

2.2. Dirección Ejecutiva Local

3. Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana

3.1. Dirección de Seguridad

3.2. Dirección de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia

3.3. Dirección de la Cárcel Distrital

4. Subsecretaría de Planeación y Gestión

4.1. Dirección de Planeación y Sistemas de Información

4.2. Dirección Administrativa

4.3. Dirección Financiera ".

Parágrafo. Los cargos pertenecientes a la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno que fueron asignados a la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias serán redistribuidos al interior de la Secretaría Distrital de Gobierno.

ARTÍCULO SEGUNDO: Las funciones de la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias establecidas en las leyes, decretos y demás normas vigentes serán asignadas y ejercidas por el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias.

Ver el Acuerdo Distrital 011 de 1987, Ver los Decretos Distritales 657 de 1994, 436 de 2003, 332 de 2004 y 673 de 2011

ARTICULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 3 y deroga el artículo 11 del Decreto 539 de 2006 y demás normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los (27) días del mes de septiembre de 2010.

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá

ANDRÉS RESTREPO RESTREPO

Secretario Distrital de Gobierno (E)

SANDRA LILIANA BAUTISTA LÓPEZ

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4509 de septiembre 28 de 2010