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(CÓDIGO CJA17801998) PERSONERÍAS JURÍDICAS.- El Jefe de la Oficina de Personas Jurídicas de la Alcaldía Mayor, mediante oficio No. 1-33659 del 26 de agosto de 1998, conceptuó:.....................................................................................................................................................................................................................................................
...................................................si la Corporación en mención, cuenta con personería jurídica otorgada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tal como usted lo manifiesta en su escrito, se encuentra exceptuada del registro de Cámara de Comercio, en los términos de lo establecido en el Decreto Nacional 427 de 1996, y regulada en su constitución y funcionamiento por leyes especiales como la Ley 7 de 1979 y el Decreto 2388 de 1979.
En cuanto a su tercer punto en el cual nos plantea que con la disposición de exceptuar del registro ante las Cámaras de Comercio a ciertas personas jurídicas sin ánimo de lucro, se ofrece poca transparencia frente a la existencia y funcionamiento de esta clase de personas jurídicas y que además es violatoria de la Constitución Política de Colombia y más concretamente del artículo 13 de la misma - principio de igualdad ante la ley -, se le hace saber que no es competencia de este despacho entrar a cuestionar la inconstitucionalidad o ilegalidad de los Decretos Nacionales 2150 de 1995 y 427 de 1996.
...................................................que la autoridad encargada de ejercer la función de inspección, vigilancia y control sobre la CORPORACIÓN VOLVER A LA GENTE "PROCESOS DE COMUNICACION PARTICIPATIVA PARA EL COMUNITARIO Y DE LOS TRABAJADORES", es el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Nacional 427 de 1996.
...................................................La Ley 7 de 1979, y los Decretos 2388 de 1979, 2737 de 1989 y 1422 de 1996 son normas que facultan al I.C.B.F. para expedir la personería jurídica de las entidades que se encuentran desempeñando actividades del estado encaminadas a satisfacer en forma permanente y obligatoria necesidades de la sociedad colombiana relacionadas con la integración y realización armónica de la familia, la protección preventiva y especial del menor necesitado y la garantía de sus derechos. ..........................................................................................
Firma ORLANDO CORREDOR TORRES.
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