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Decreto 522 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/11/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/11/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4781 noviembre 28 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 522 DE 2011

(Noviembre 24)

"Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial a la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia C.U.T., con ocasión de sus Bodas de Plata."

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D)

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 20 del Decreto 693 de 1971, y,

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de honrar a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios a la república o a la ciudad, el Alcalde Mayor de Bogotá, en representación de la ciudadanía, mediante los Decretos 693 de 1971 y 480 de 1991, creó la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", de conformidad con el artículo 7 del Decreto 693 de 1971, aprobó otorgar la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en el Grado de Gran Oficial, a la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia C.U.T.

Que el artículo 39 de la Constitución Política señala que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado.

Que la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia C.U.T. busca fortalecer la unidad de los trabajadores y asegurar a sus integrantes la igualdad, la solidaridad, la libertad, el conocimiento, la tolerancia y la sana critica, dentro de un marco democrático participativo y pluralista, propendiendo por un orden político, económico, social y cultural justo.

Que dentro de los fines principales de la Central están, entre otros, los de trabajar por el mejoramiento social, económico y cultural de los trabajadores y trabajadoras y el pueblo en general, sin distingo de raza, sexo, opción sexual, credo e ideología; participar en todas las actividades políticas de carácter legal tendientes a propiciar cambios económicos, sociales y políticos que contribuyan al desarrollo autónomo e independiente del país, al progreso social y a la búsqueda de una auténtica democracia participativa, y a velar porque todos los colombianos tengan un empleo estable y justamente remunerado; propugnar por la universalización de la seguridad social integral para todos los trabajadores y trabajadoras, sus familias y el pueblo en general; y garantizar y en el Grado de Gran Oficial a la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia C.U.T., con ocasión de sus Bodas de Plata'." promover la participación de la mujer en todos los espacios del accionar sindical nacional e internacional.

Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hace un justo reconocimiento a la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia C.U.T. con ocasión de sus Bodas de Plata, 25 años en la defensa de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores, la participación democrática, y por promover el trabajo digno.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Otórgase la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial a la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia C.U.T. con ocasión de sus Bodas de Plata, 25 años en la defensa de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores, la participación democrática, y por promover el trabajo digno.

Artículo 2º.- En ceremonia especial la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración y copia del presente decreto en nota de estilo al señor Tarsicio Mora, Presidente de la C.U.T.

Artículo 3°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de noviembre del año 2011.

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada - Gran Maestre

MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN

Secretaría Distrital de Gobierno - Gran Canciller

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4781 de noviembre 28 de 2011