RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular 111 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 111 DE 2011

(Diciembre 7)

Dejada sin efectos por la Resolución 104 de 2018. Secretaría Jurídica Distrital.

PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLLCOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PUBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO Y ALCALDES (AS) LOCALES.

DE: SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

ASUNTO: REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS NECESARIOS PARA LA OPERATIVIDAD DEL SISTEMA DISTRITAL DE INFORMACIÓN DISCIPLINARIA.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 284 de 2004 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, se debe garantizar el cumplimiento de los requisitos tecnológicos necesarios para la operatividad del Sistema Distrital de Información Disciplinaria en todas las entidades distritales en las que es aplicable el Código Disciplinario Único, y radica en cabeza de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios, la obligación de realizar el seguimiento necesario para el cumplimiento de dicho objetivo.

En consecuencia, me permito informar que en la actualidad para lograr una operatividad óptima del Sistema, teniendo en cuenta las innovaciones técnicas y tecnológicas, se debe cumplir con unos requerimientos mínimos, a los que los deben acceder los equipos de cómputo de todos los servidores del área de control disciplinario Interno, atendiendo a las siguientes especificaciones:

1. SISTEMA OPERATIVO: Windows XP, Windows 7 o Linux

2. PROCESADOR: De 32 bits para x86 o 64 bits para x64 a mínimo 2.00 GHz.

3. MEMORIA RAM: Mínimo 1 GB para 32 bits o 2 GB para 64 bits

4. NAVEGADOR: Internet Explorer 8 o superior con modo compatibilidad o Firefox Versión 4.0 o superior.

5. Acceso permanente a Internet

Es importante tener en cuenta que en el evento de experimentar fallas en el acceso a la página del Sistema Distrital de Información Disciplinaria a través de la página de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, es posible ingresar directamente a través de la siguiente dirección: http://www.alcaldiabogota.gov.co/SID3

Para los fines pertinentes, el Manual del Usuario del Sistema, debidamente actualizado, está en línea a disposición de los operadores disciplinarios en la página principal del sistema de información.

Finalmente, es preciso mencionar que con el objeto de dar cumplimiento al Decreto antes citado, la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios, continuará haciendo seguimiento a la garantía de los requerimientos técnicos y tecnológicos que han sido expuestos, y prestará la orientación necesaria al respecto cuando así sea requerido por parte de los organismos y entidades públicas del Distrito Capital.

YURI CHILLÁN REYES

Proyectó: Edgar Enrique Ovalle-Gabriel Morato

Revisó: Martha Elena Diaz Moreno

Aprobó: Martha Elena Diaz Moreno