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ACUERDO LOCAL 002 DE 2011 (Diciembre 27) Por el cual se aclara y corrige el Acuerdo Local No. 001 del 15 de diciembre de 2011. LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y artículo 17 del Decreto 372 de 2010. CONSIDERANDO: 1. Que por medio del Acuerdo Local 001 de 15 de diciembre de 2011 se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2012. 2. El Acuerdo Local 01 del 15 de diciembre de 2011 se aprobó en términos de ley. 3. El Artículo Segundo del Acuerdo Local 001 de 2011 establece el monto global de la partida de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño correspondiente a la vigencia fiscal de 2012 desagregado en Gastos de Funcionamiento, Inversión Directa, Disponibilidad final. 4. Que revisado el Acuerdo Local 001 de 2011 por la Secretaría Distrital de Hacienda, se observó un monto asignado a la Disponibilidad Final del presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño el cual debe corresponder a la financiación de las Obligaciones por Pagar. El rubro de obligaciones por pagar hace parte de los agregados de Funcionamiento e Inversión, tal como lo aprobó el CONFIS. 5. Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario aclarar que el monto en mención de $10.223.799.203 se debe distribuir e incluir así: $110.533.653 en el agregado de Funcionamiento, quedando en dicho agregado el total de $761.033.053; y $10.113.265.550 en el agregado de Inversión, quedando un total de $24.916.380.978 en la Inversión. 6. Que dicha situación no modifica el monto total aprobado ($25.677.414.631) en el artículo segundo del Acuerdo Local 001 de 2011. En mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. Aclárese el artículo Segundo del Acuerdo Local 001 del 15 de diciembre de 2011 de acuerdo al siguiente detalle:
TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL $25.677.414.631 ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de Diciembre de Dos mil once (2011). EDNA JAQUELINE ARTEAGA C. Presidente Junta Administradora Local VÍCTOR SILVA AMAYA Secretaria ad hoc Junta Administradora Local Sancionado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de diciembre de Dos mil Once (2011). ANTONIA CELESTINA SUÁREZ CASTELBLANCO Alcaldesa Local de Antonio Nariño NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4805 de enero 2 de 2012. |