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Resolución 32 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/01/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/01/2012
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 032 DE  2012

(Enero 26)

"Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas (sic) los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005 y el artículo 1º del Decreto 101 de 2004

CONSIDERANDO

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades territoriales.

Que el artículo 122 de la Constitución Política establece: "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente".

Que por Resolución 159 de 2008 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que mediante Decreto No. 040 del 23 de enero de 2012, se adoptó el Manual General de Requisitos para los empleos públicos correspondientes a los Organismos pertenecientes al Sector Central de la Administración, de Bogotá, D.C.

Que se hace necesario ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., con el fin de modificar requisitos y adicionar la disciplina académica de "Comunicación Social" al empleo de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable a la propuesta de modificación del Manual Funciones y Competencias Laborales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Modificar el "Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.", en el sentido de modificar requisitos y adicionar una disciplina académica al siguiente empleo, así:

DESPACHO ALCALDE MAYOR

l. IDENTIFICACIÓN

Nivel:

Directivo

Denominación del Empleo:

Secretario de Despacho

Código:

020

Grado:

09

Nº de Cargos:

Uno (1)

Cargo del Jefe Inmediato:

Alcalde Mayor

SECRETARÍA PRIVADA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO

Asistir al Alcalde Mayor en la coordinación de su gestión frente a entidades y organismos de orden distrital, territorial, nacional e internacional.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. MANEJAR Y SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS QUE REQUIEREN LA TOMA DE DECISIONES E INTERVENCIÓN PERSONAL Y DIRECTA DEL ALCALDE MAYOR, OBSERVANDO LA CONFIDENCIALIDAD REQUERIDA.

2. SUMINISTRAR EL APOYO OPORTUNO QUE DEMANDE EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE COMPETENCIA DEL ALCALDE MAYOR.

3. DIRIGIR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA ADECUADA COMUNICACIÓN E INTERRELACIÓN CON LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES, REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES Y LAS MISIONES EXTRANJERAS, ACREDITADAS.

4. COORDINAR CON LA POLICÍA NACIONAL Y LAS DEMÁS AUTORIDADES, LAS ESTRATEGIAS Y PLANES QUE SEAN NECESARIOS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DEL ALCALDE MAYOR Y DE SU FAMILIA.

5. COORDINAR Y REALIZAR EL SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES REQUERIDAS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE GOBIERNO Y ELABORAR LAS ACTAS O RELATORÍAS DE LAS REUNIONES DEL MISMO, DEL GABINETE DISTRITAL O DE AQUÉLLAS EN LAS QUE PARTICIPE EL ALCALDE MAYOR, CUANDO ÉSTE ASÍ LO REQUIERA.

6. HACER SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE GOBIERNO EN DESARROLLO DE LOS DEBATES Y EN LAS DIFERENTES SESIONES; Y REQUERIR LA PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES QUE SEAN NECESARIOS PARA EL EFECTO.

7. COORDINAR Y VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES ASIGNADAS A LAS OFICINAS DE PRENSA Y DE PROTOCOLO.

8. GESTIONAR ANTE LOS DISTINTOS ORGANISMOS, ENTIDADES Y DEPENDENCIAS DISTRITALES, LA RESPUESTA OPORTUNA A LOS SERVICIOS QUE SON DE COMPETENCIA DEL ALCALDE MAYOR DE ACUERDO CON LAS INSTRUCCIONES RECIBIDAS.

9. ORGANIZAR, CONTROLAR Y EFECTUAR EL SEGUIMIENTO DE LA AGENDA, INGRESO Y SALIDA DE LOS DOCUMENTOS Y CORRESPONDENCIA DEL DESPACHO DEL ALCALDE MAYOR, COORDINAR EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y ANALIZAR EL CONTENIDO DE LA RESPUESTA.

10. LLEVAR LA RELACIÓN DE COMPROMISOS Y DEMÁS ACTIVIDADES EN QUE DEBA PARTICIPAR EL ALCALDE MAYOR.

11. ASISTIR A CONSEJOS Y JUNTAS DIRECTIVAS PARA LOS CUALES LO DELEGUE O DESIGNE EL ALCALDE MAYOR.

12. DESEMPEÑAR LAS DEMÁS FUNCIONES RELACIONADAS CON LA NATURALEZA DEL CARGO Y ÁREA DE DESEMPEÑO.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. La comunicación e interrelación del Alcalde Mayor con los organismos internacionales, representaciones diplomáticas y consulares y las misiones extranjeras acreditadas, se realizan de acuerdo con los requerimientos de las mismas.

2. La seguridad del Alcalde Mayor y su familia se encuentra coordinada con la Policía Nacional y las demás autoridades de acuerdo con los planes y estrategias diseñados para tal efecto.

3. Las funciones asignadas a las oficinas de prensa y protocolo coordinadas y vigiladas conforme con las necesidades de la entidad.

4. La agenda y correspondencia del Alcalde Mayor está organizada, de tal manera que se garantiza su oportuna atención.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Relaciones Públicas.

2. Normatividad distrital vigente.

3. Plan de desarrollo distrital.

4. Herramientas de informática.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS

TÍTULO PROFESIONAL EN: DERECHO, ARQUITECTURA, PSICOLOGÍA, SOCIOLOGÍA, TRABAJO SOCIAL, FINANZAS Y RELACIONES INTERNACIONALES, CIENCIAS POLÍTICAS, CONTADURÍA PÚBLICA, ECONOMIA, INGENIERÍA INDUSTRIAL O COMUNICACIÓN SOCIAL.

TÍTULO DE POSGRADO RELACIONADO CON LAS FUNCIONES DEL CARGO.

EXPERIENCIA

5 AÑOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL O DOCENTE.

VII. ALTERNATIVAS

Se aplicará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 785 de 2005 - Equivalencias entre estudios y experiencia.

Artículo 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los 26 días del mes de Enero del año 2012

EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ

Secretario General

Refrendado:

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital