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Circular 25 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/03/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 025 DE 2012

(Marzo 14)

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES SIN PERSONERÍA JURÍDICA, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL NIVEL DISTRITAL, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, ÓRGANOS DE CONTROL Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

De:

SECRETARIO GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

CUMPLIMIENTO CIRCULAR N° 001 DEL 27 DE FEBRERO DE 2012 PERSONERO DE BOGOTÁ D.C.

En desarrollo del Decreto Distrital 654 de 2011, por el cual se adoptó el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital, en cuyo artículo 4° se asignó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. la función de liderar la formulación, adopción y seguimiento de las políticas públicas, como instrumento para fortalecer la Gerencia Jurídica del Distrito y ante la necesidad de dar cumplimiento oportuno a la Circular N° 001 del 27 de Febrero de 2012 expedida por el señor Personero de Bogotá D.C. en aras de garantizar que el Órgano de Control pueda ejercer, de acuerdo a su competencia, el seguimiento a los fallos proferidos en contra de las Entidades Distritales al igual que a las decisiones adoptadas en temas relacionados con las Acciones de Repetición y el Llamamiento en Garantía nos permitimos solicitar:

1-. Se cumpla en rigor el término establecido en la Circular N° 01 de 2012 del señor Personero de Bogotá, por parte de cada uno de los Organismos, Órganos de Control y Entidades Distritales al requerimiento contenido en la citada Circular, por tal razón debe garantizarse el trámite preferente y el suministro oportuno de la información solicitada.

2-. Remitir Copia del correspondiente informe a la Subdirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico en medio físico y magnético a fin de validar la información existente en el Sistema de Información de Procesos Judiciales SIPROJ Bogotá.

Finalmente, reiterar que cada Organismos (sic), Órgano de Control y Entidad Distrital, debe remitir directamente su informe a la Personería de Bogotá de acuerdo a los parámetros fijados por ésta en la multicitada Circular.

Cordialmente,

EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ

Secretario General

Anexo:

Circular No 001 de 2012 Personero de Bogotá D.C.

Proyecto: Nancy E. Reyes V

Revisó: Edgar Mauricio Gracia Díaz.

Aprobó: Héctor Díaz M.