RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular 30 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/04/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Memorando

CIRCULAR 30 DE 2012

(Abril 10)

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, CONTRALORÍA, PERSONERÍA Y VEEDURÍA DISTRITALES

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

Asunto:

DESEMBARGO DE BIENES EN EL PROCESO EJECUTIVO No. 2008-0045 DE COBASEC LTDA contra SOCIEDAD DE INGENIEROS CONSTRUCTORES GAYCO S.A. EN REESTRUCTURACIÓN- Oficio No. 0823

En atención al oficio proveniente del Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal allegado a la Alcaldía Mayor de Bogotá, con radicación No. 1-2012-15899, mediante el cual comunica que por Auto del 2 de marzo de 2012 dictado dentro del proceso del asunto, se decretó la terminación del proceso por PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN, decretándose el DESEMBARGO de los bienes trabados dentro de la Litis.

La medida de embargo fue comunicada mediante oficio 798 del 26 de marzo de 2010, a la cual se dio cumplimiento mediante Circular No. 051 del 2 de julio de 2010 Rad. 2-2010-25530.

Procédase al desembargo decretado.

Cordialmente,

EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ

Anexo:

comunicación radicada bajo el No. 1-2012-15899 que anexa oficio de desembargo No. 0823

Proyectó:

Gloria Astrid Mesa V.

Revisó:

Héctor Díaz Moreno