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CIRCULAR 034 DE 2012 (Abril 19)
Con especial interés el Despacho del señor Alcalde Mayor recibió las comunicaciones del asunto, mediante las cuales el doctor Jaime Enrique Bernal Contreras, Secretario Seccional Cundinamarca del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería, informa que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 842 de 2003, los profesionales de Ingeniería que a continuación se señalan, han sido sancionados por violación al Código de Ética Profesional, así:
Asimismo, señala que durante el término de la sanción los Ingenieros en comento, no deben ejercer ningún acto que implique el ejercicio de la profesión. Por lo anterior, comedidamente remitimos las respectivas comunicaciones, a fin de ser socializadas y divulgadas al interior de cada una de las entidades y/u organismos distritales. Cordialmente, EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ Secretario General Anexos: Comunicaciones en dos (2) folios C.C. Doctor Jaime Enrique Bernal Contreras, Secretario Seccional Cundinamarca del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería – Calle 93 No. 11 A – 28 Oficina 404 Edificio Capital Park. Proyectó: Carlos Alberto Melo López Revisó: Luis Eduardo Sandoval Aprobó: Jorge Enrique Ramírez Hernández |