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Circular 74 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/07/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 74 DE 2012

CIRCULAR 074 DE 2012

(Julio 27)

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PUBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO Y ALCALDES (AS) LOCALES.

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

Implementación del Decreto 019 de 2012 "Por el cual se dictan normas para suprimir reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".

Mediante la Circular 016 del 13 de febrero de 2012, la Secretaría General comunicó a las Entidades del sector Central de la administración distrital, al Despacho del señor Alcalde Mayor de Bogotá, a los Consejos Superiores de la Administración distrital, a las Secretarias de Despacho, los Departamentos Administrativos y Unidades Administrativas Especiales, y a las Entidades que integran el Sector Descentralizado, la obligación de dar estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto Nacional 019 del 10 de enero de 2012, "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública" informando además la obligatoriedad de adoptar las medidas administrativas y tecnológicas necesarias para su implementación, de acuerdo con sus competencias.

Adicionalmente, mediante la Circular 28 del 30 de marzo 2012, se solicitó a las entidades informar las situaciones, trámites y procedimientos que, en el marco de sus competencias presentaran o generaran dificultades para la implementación y cumplimiento del referido Decreto, y aquellas disposiciones normativas del régimen general y especial del mismo, que se considera requieren una reglamentación por parte de Gobierno Nacional.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Secretaría General como cabeza del Sector Gestión Pública, efectuara el acompañamiento, seguimiento y monitoreo a la implementación del mencionado Decreto y solicitará a cada uno de los representantes de las entidades información sobre el estado actual de su implementación y el Plan de Acción en ejecución, de acuerdo con los requerimientos de la citada norma.

A través de la Dirección de Desarrollo Institucional, se convocará a reuniones por sectores de acuerdo con el cronograma descrito en ésta circular, con el propósito de llevar a cabo las actividades pertinentes conforme a lo enunciado, teniendo en cuenta la gradualidad que señala la norma para la modificación de los trámites y los tiempos definidos para los planes de ejecución. Para ello, es necesario tener en cuenta las siguientes modificaciones establecidas en el Decreto 019 de 2012 y su entrada en vigencia de desde la fecha de su promulgación:

* De vigencia Inmediata (Decreto 019 de 10 de enero de 2012):

• Prohibición de Declaraciones Extrajuicio - (Articulo 7)

• Prohibición de exigir documentos que ya se encuentran en la entidad. (Artículo 9)

Eliminación de la Huella Dactilar v verificación por medios electrónicos (Artículo 17 y 18)

• Eliminación de Autenticaciones (Artículo 25)

Denuncia por pérdida de documentos (Artículo 30)

• Supresión de la Licencia de traducción de las obras extranjeras (Articulo 46)

• Supresión del Certificado Judicial y consulta en línea de antecedentes (Artículo 93 y 94)

• Cambios en la vigencia, licencia de conducción y agilización de la renovación. (Artículo 197 y 198)

• Ampliación del plazo primera revisión técnico mecánica (Artículo 202)

• Reducción de la multa de tránsito. (Artículo 205)

• Supresión del Sistema de Información para la vigilancia de la contratación estatal SICE (Artículo 222)

* Trámites que se simplificaron y que entraron en vigencia a partir de marzo de 2012

• Atención telefónica y programación de citas ante la DIAN. (Artículo 72)

* Trámites que se eliminaron o simplifican a partir de junio de 2012:

• Certificado de Supervivencia (se elimina). (Artículo 21 y 22)

• Apostillaje de documentos (vía correo postal) (Artículo 52)

• Inscripción y actualización del RUT a través de internet (Artículo 70)

• Eliminación del diario único de contratación estatal. (Artículo 223)

• Eliminación del trámite de autorización de servicios de salud (Artículo 120 y 125)

* Trámites que se simplifican a partir de los años 2013 y 2014

• Libreta Militar. (Artículo 105)

• Acreditación de los beneficiarios de un cotizante ante el sistema de seguridad social. (Artículo 119)

El cronograma de las reuniones establecidas para los distintos sectores es el siguiente, teniendo en cuenta que el tiempo para cada reunión será máximo de dos (2) horas, de 8:00 a 10:00 am.

Gestión Pública

31/07/2012

Gobierno Seguridad y Convivencia

02/08/2012

Hacienda

09/08/2012

Hábitat

16/08/2012

Planeación

17/08/2012

Desarrollo Económico

23/08/2012

Educación

24/08/2012

Salud

27/08/2012

Integración Social

28/08/2012

Cultura, Recreación y Deporte

29/08/2012

Ambiente

30/08/2012

Movilidad

31/08/2012

En caso de requerir una asesoría técnica especializada o concepto jurídico y acompañamiento para reglamentaciones del orden nacional, deberán efectuarse las solicitudes correspondientes a la Secretaria General, las cuales serán objeto de estudio por parte de la Dirección Jurídica Distrital y de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional o la dependencia competente.

Es importante que las oficinas de Control interno, realicen el seguimiento respectivo, verifiquen el cumplimiento de la normatividad referente y lo incluyan dentro del Plan de Auditorías.

Cordialmente,

EDUARDO NORIEGA DE LA HOZ

Secretario General

Proyecto: Dagoberto Gómez Conde, Sandra Pinedo Bonilla, Abelardo Bermúdez Rodríguez

Revisó: Clara Yolanda Bohorquez M.

Aprobó: José Orlando Rodríguez, Jorge Enrique Ramírez, Ricardo Agudelo.