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Decreto 392 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/08/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/08/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4949 de agoto 21 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 392 DE 2012

(Agosto 16)

"Por medio del cual se modifica el artículo 2 del Decreto Distrital 101 de 2004"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. c. (E)

En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 18 del Acuerdo 257 de 2006, y,

CONSIDERANDO:

Que el inciso segundo del artículo 11 de la Ley 87 de 1993, modificado por el artículo 8 de la Ley 1474 de 2011, señala que el Jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, de las entidades de la rama ejecutiva del orden territorial, será designado por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad territorial.

Que de conformidad con el inciso primero del artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., es el jefe de gobierno y de la administración distrital.

Que conforme con el inciso 2 del artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor como Jefe de la Administración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades Distritales.

Que con base en el numeral 6° del artículo 38 e inciso 2° del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor podrá distribuir los asuntos y negocios, según su naturaleza y afinidades, entre las Secretarías, Departamentos Administrativos y las entidades descentralizadas.

Que dada la especialidad en la materia es procedente la expedición de un acto administrativo que regule las situaciones administrativas de manejo de personal en lo que corresponde a los/as Jefes/as de Control Interno o quien haga sus veces en las entidades y organismos distritales.

Que mediante Decreto Distrital 101 de 2004, se establecieron unas asignaciones en materia de personal a los organismos del sector central de la Administración Distrital y de manera específica se asignaron funciones a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo  1.- Modifícase y adicionase el artículo 2 del Decreto Distrital 101 de 2004, el cual quedará así:

"Artículo 2°.- Asignar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor las siguientes funciones:

1. Conceder Comisiones al Exterior de los servidores de la Administración Central, a excepción del Gabinete Distrital.

2. Conceder licencias y aceptar las renuncias de los funcionarios de la planta de personal del Concejo de Bogotá y que sean nombrados por la citada Corporación, cuando ésta no se encuentre reunida.

Dicha función comprenderá la de nombrar interinamente sus reemplazos y cuando por otras causas esos mismos funcionarios falten absolutamente, también nombrará interinamente a quienes deban reemplazarlos.

3. Custodiar y manejar el archivo del Centro Distrital de Sistematización y Servicios Técnicos «SISE», frente al cual tendrá el deber de expedir las certificaciones correspondientes.

4. Dar posesión a los servidores públicos que hayan sido designados para ejercer un empleo, por encargo, en aquellos casos en que la posesión del titular deba surtirse ante el Alcalde Mayor.

5. Atender y resolver las diferentes situaciones administrativas relacionadas con los/as Jefes/as de las Unidades u Oficinas de Control Interno de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital. Se exceptúan las facultades de nombrar, remover y aceptar renuncias."

Artículo 2°.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el registro Distrital y modifica en lo pertinente el artículo 2 del Decreto Distrital 101 de 2004.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de agosto del año 2012.

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ

Alcalde Mayor (E)

JOSÉ ORLANDO RODRÍGUEZ GUERRERO

Secretario General (E)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4949 de agosto 21 de 2012.