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Circular 96 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/09/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 096 DE 2012

CIRCULAR 096 DE 2012

(Septiembre 25)

Para:

Jefes de Control Interno de las Secretarías de Despacho de los Departamentos Administrativos y de Unidades Administrativas Especiales con y sin Personería Jurídica, de los Establecimientos Públicos, de las Empresas Industriales y Comerciales, de las Sociedades de Economía mixta, de las Sociedades Públicas, de las Empresas Sociales del Estado, de las Empresas de Servicios Públicos Oficiales y Mixtas, del Ente Universitario Autónomo y de las Alcaldías Locales.

De:

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. (E)

Asunto:

Derecho de petición – Veeduría a la Ley electoral y a la Contratación de Mayor Cuantía. – Radicado 1-2012-41973.

Esta Secretaría recibió el derecho de petición del asunto dirigido al Despacho de la Alcaldía Mayor por el Director de la Veeduría a la Ley Electoral y la Contratación de Mayor Cuantía, mediante el cual, se solicita en 2 puntos, información en relación al cumplimiento del estatuto anticorrupción, en los siguientes términos:

1) "De acuerdo al Artículo (9) noveno, reportes del Responsable de control interno establece (…) "el jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno deberá publicar cada cuatro (4) meses en la página WEB de la entidad un informe pormenorizado del estado del control interno de dicha entidad so pena de incurrir en falta disciplinaria grave"

¿Cuál es el estado actual de este proceso en cada una de las entidades del Distrito Capital?

2. En relación al Artículo 73 y 74 (del Estatuto Anticorrupción) plan Anticorrupción y de atención al ciudadano. "cada entidad del orden nacional departamental y municipal deberá elaborar una estrategia de lucha contra la corrupción. (…)"

¿Cuáles Entidades del Distrito han publicado en la página Web el plan de Acción, que debe publicarse a mas tardar el 31 de enero de cada año?"

Al respecto, teniendo en cuenta las disposiciones consagradas en el artículo 3º del Acuerdo Distrital 257 de 2006, conforme al cual las Autoridades Administrativas Distritales desarrollan sus actuaciones, atendiendo entre otros, el principio de distribución de competencias, por el cual a cada entidad le corresponde atender los asuntos que por norma le han sido asignados, atentamente se remite a su(s) Despachos(s) copia de la petición, con la finalidad que cada entidad y organismo Distrital dé respuesta a los interrogantes señalados en la petición, dentro de la oportunidad legal y de forma completa y directa al señor Fernando Vargas Mendoza, Director de la Veeduría a la Ley Electoral y la Contratación de Mayor Cuantía

Cordialmente,

JOSE ORLANDO RODRÍGUEZ GUERRERO

Secretario General (E)

c.c. De trámite: Dra. Clara Yolanda Bohórquez Mora – Jefe de la Oficina Asesora de Planeación – Secretaria General. Con copia de Radicado 1-2012-41973 en un (1) folio.

De Trámite: Dr. Ricardo Bogotá Camargo – Jefe Oficina de Control Interno (E) – Secretaría General. Con copia del Radicado 1-2012-41973 en un (1) folio.

Anexo: Copia del Radicado Nº 1-2012-41973 en un (1) folio.

Proyectó: Clara Pachón Salazar

Revisó: Jorge Ramírez Hernández