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Circular 88 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/08/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 088 DE 2013

(Agosto 12)


Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES/AS, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Y EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO.

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

Oficio No. 1.471 del Juzgado Segundo de Familia de Villavicencio – Palacio de Justicia – REF. Radicado No. 500013110002-2007-00212-00 Investigación de paternidad – Demandante Angela Patricia González Gutiérrez – Demandado Leonardo Peña Traslaviña. Radicado No. 1-2013-46540.

Esta Secretaría recibió el oficio del asunto, por medio del cual el Juzgado Segundo de Familia de Villavicencio, solicita que se informe sí el señor LEONARDO PEÑA TRASLAVIÑA, identificado con c.c. 86.076.462, labora como funcionario de plata, provisional o por contrato, y en caso afirmativo se allegue la certificación laboral de donde conste pagos que percibe, incluidas las primas de junio y diciembre, en cumplimiento del auto de fecha doce (12) de junio de dos mil trece (2013).

En tal sentido, en aplicación del artículo 21 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, me permito trasladar la referida solicitud al organismo o entidad a su digno cargo, con el propósito que, en el marco de su autonomía administrativo y contractual, se dé respuesta directa al Juzgado Segundo de Familia, en el menor plazo posible.

Atentamente,

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

Secretaria General

c.c: Doctora Luz Mili Leal Roa. Secretaria del Juzgado de Familia de Villavicencia. Carrera 29 No. 33B – 79 Oficina 112 Torre B. VILLAVICENCIO.

Anexo: Copia de la petición en 1 folio.

Proyectó: Cesar Augusto Vargas Londoño

Aprobó: Juan Manuel Rodríguez Parra

Aprobó: Tatiana Piñeros Laverde