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CIRCULAR 97 DE 2013 (Agosto 27)
De manera atenta les informo que el día 12 de agosto del año en curso, se radicó en nuestro Sistema Integrado de Gestión Documental y Archivos - SIGA, el oficio del asunto, procedente del Juzgado Segundo de Descongestión Laboral del Circuito de Bogotá, a través del cual se le informa al Distrito Capital que dicho Despacho Judicial “(...) decretó el embargo del bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria número 50C-110589, propiedad de GUILLERMO DE JESÚS RODRÍGUEZ MEJÍA, ubicado en la dirección: Calle 7 A No. 17 - 70 (Dirección Catastral) en la ciudad de Bogotá D. C., a favor de RUBÉN DARÍO GIL RODRÍGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.405.645 de Bogotá D.C. (...)” Lo anterior para efectos de que se verifique si en dicha entidad, organismo u órgano de control, según corresponda, se ha iniciado proceso de cobro coactivo en contra del señor Guillermo de Jesús Rodríguez, y de ser así, se adopten las medidas pertinentes, las cuales deben ser comunicadas directamente al Juzgado Segundo de Descongestión Laboral del Circuito de Bogotá. Cordialmente, SUSANA MUHAMAD GONZALEZ Secretaria General
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