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Resolución 111 de 1994 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
--//1994
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 111 DE 1994

(octubre 24)

NOTA: Derogada por la Resolución Veeduría Distrital 214 de 1997

 

por la cual se establece el Comité de Adquisiciones de la Veeduría Distrital; su composición y funcionamiento.

 

El Veedor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades legales y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario propender para que las Adquisiciones de Bienes y Servicios en la Veeduría Distrital se lleven a cabo con fundamento en los principios de transparencia, economía y responsabilidad consagrados en la Ley 80 de 1993.

 

Que el parágrafo del Artículo 3 del Acuerdo 24 de 1993 faculta al Veedor Distrital para crear y organizar grupos internos de trabajo.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Establecer, en la Veeduría Distrital, el Comité de Adquisiciones el cual estará integrado por los siguientes funcionarios con voz y voto:

 

  1. El Veedor.

     

  2. El Viceveedor.

     

  3. El Jefe de la Unidad Jurídica.

     

  4. El Responsable del Presupuesto y

     

  5. El Responsable de Servicios Generales

El Veedor presidirá el Comité y en su ausencia, el Viceveedor.

 

Artículo 2º.- Al Comité podrá asistir con voz pero sin voto:

 

  1. Los Veedores Delegados.

     

  2. El Secretario Privado y

     

  3. Las demás personas que el Comité desee oír por razones técnicas o de ilustración.

 

Artículo 3º.- El Comité tendrá las siguientes funciones:

 

  1. Conceptuar sobre el Programa Anual de Compras de la Veeduría.

     

  2. Dar concepto fundado sobre la conveniencia o inconveniencia de:

 

  1. Adjudicar cualquier contrato que de conformidad con la ley, requiera licitación o concurso público.

     

  2. Modificado por la Resolución 116 de 1995 Veeduría Distrital, así "Adjudicar las contrataciones directas de menor cuantía cuando éstas superen el valor de diez (10) salarios mínimos legales mensuales".

     

  3. Declarar desiertas las licitaciones o concursos públicos por cualquiera de las causales de Ley.

     

  4. Dar concepto sobre cualquier asunto en materia de contratación.

 

Artículo 4º.- El Secretario del Comité será el responsable de Servicios Generales y cumplirá con las siguientes funciones:

 

  1. Convocar las reuniones del Comité.

     

  2. Preparar la documentación que deba presentarse y

     

  3. Elaborar las Actas del Comité.

 

Artículo 5º.- El Comité sesionará con la asistencia de, al menos, cuatro (4) miembros.

 

Artículo 6º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Comuníquese y cúmplase.

 

Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 24 de octubre de 1994.

 

El Veedor Distrital, ALFREDO MANRIQUE REYES. La Viceveedora, CARMEN AZUERO ZÚÑIGA.