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DECRETO 390 DE 2002 (Septiembre 13) "Por el cual se modifica el Decreto 955 de 2001 y sus decretos modificatorios" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el articulo 64 del Decreto 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que el Concejo de Bogota expidió mediante el Acuerdo 47 de 2001, el Presupuesto Anual de Rentas e lngresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del arlo 2002, el cual fue liquidado según Decreto 954 de 2001. Que de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 64, inciso 2° del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001, mediante et cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2002 Que se requiere con carácter urgente recursos por $1.057.096.000, para el Red Distrital de Bibliotecas con destino a su operación. Que el Instituto de Desarrollo Urbano IDU necesita adelantar los diseños de la prolongación de la Avenida Santa Fe hasta el Proyecto Campoverde de METROVIVIENDA en la Localidad de Bosa. Por lo anterior, es necesario levantar la suspensión en la Secretaria de Educación proyecto "Fondo red distrital de bibliotecas" yen el Instituto de Desarrollo Urbano IDU proyecto "Infraestructura vial y de espacio publico para zonas de expansión de la ciudad". La suspensión levantada en el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, se compensara con la suspensión aplicada en las Transferencias de Inversión a Metrovivienda. En virtud de lo anterior, DECRETA: ARTICULO 1°- Levantar la suspensión en las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
PARAGRAFO- El monto correspondiente a la suspensión levantada en las Transferencias para Inversión en la Secretaria de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto a que se refiere el presente articulo, se refleja en el Presupuesto de gastos e Inversiones del siguiente Establecimiento Publico, así:ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS
ARTICULO 2°. El monto Correspondiente a la suspensión levantada en la Secretaria de Hacienda de que trata el articulo 1° del presente Decreto, se Compensara Con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones - del Distrito Capital, Correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ARTICULO 3°. El presente Decreto modifica el Decreto 955 de 2001 y sus decretos modificatorios, en lo pertinente.ARTICULO 4°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLIQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogota D.C., a los 13 días del mes de septiembre del año dos mil dos (2002). EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C. ANTANAS MOCKUS SIVICKAS EL SECRETARIO DE HACIENDA ISRAEL RAINBOM YAKER NOTA: Publicado en el registro distrital 2715 del 13 de septiembre de 2002 |