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Decreto 390 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/09/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2002
Medio de Publicación:
Publicado en el registro distrital 2715 del 13 de septiembre de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM03902002

DECRETO 390 DE 2002

(Septiembre 13)

"Por el cual se modifica el Decreto 955 de 2001 y sus decretos modificatorios"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el articulo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogota expidió mediante el Acuerdo 47 de 2001, el Presupuesto Anual de Rentas e lngresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del arlo 2002, el cual fue liquidado según Decreto 954 de 2001.

Que de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 64, inciso 2° del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001, mediante et cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2002

Que se requiere con carácter urgente recursos por $1.057.096.000, para el Red Distrital de Bibliotecas con destino a su operación.

Que el Instituto de Desarrollo Urbano IDU necesita adelantar los diseños de la

prolongación de la Avenida Santa Fe hasta el Proyecto Campoverde de METROVIVIENDA en la Localidad de Bosa.

Por lo anterior, es necesario levantar la suspensión en la Secretaria de Educación proyecto "Fondo red distrital de bibliotecas" yen el Instituto de Desarrollo Urbano IDU proyecto "Infraestructura vial y de espacio publico para zonas de expansión de la ciudad". La suspensión levantada en el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, se compensara con la suspensión aplicada en las Transferencias de Inversión a Metrovivienda.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTICULO 1°- Levantar la suspensión en las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARIA DE HACIENDA DISTRITAL

115.000.000

02

DIRECCION DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

115.000.000

3 3

INVERSION

115.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSION

115.000.000

3 3 2 0 1

ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

115.000.000

33201 07

Instituto de Desarrollo Urbano -IDU.

115.000.000

     

112

SECRETARIA DE EDUCACION DISTRITA

1.057.096.000

3

GASTOS

1.057.096.000

3 3

INVERSION

1.057.096.000

3 3 1

DIRECTA

1.057.096.000

3 1 11

BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado

1.057.096.000

3 3 1 11 04

EDUCACION

1.057.096.000

33111 0422

Todos a leer con gusto

1.057.096.000

331110422 7369

Fondo red distrital de bibliotecas

1.057.096.000

 

TOTAL SUSPENSION LEVANTADA

1.172.096.000

PARAGRAFO- El monto correspondiente a la suspensión levantada en las Transferencias para Inversión en la Secretaria de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto a que se refiere el presente articulo, se refleja en el Presupuesto de gastos e Inversiones del siguiente Establecimiento Publico, así:

ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

204

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO .IDU

115.000.000

3

GASTOS

115.000.000

33

INYERSIÓN

115,000.000

3 3 1

DIRECTA

115.000;000

331 11

BOGOTA para VIVIR lados del mismo lado

115.000.000

3 3 1 11 02

PRODUCTIVIDAD

115.000.000

33 1 11 0210

Bogota crece Con razón

115.000.000

33 1 11 02 107262

Infraestructura vial y de espacio público para zonas de expansión de la ciudad

115.000.000

ARTICULO 2°. El monto Correspondiente a la suspensión levantada en la Secretaria de Hacienda de que trata el articulo 1° del presente Decreto, se Compensara Con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones - del Distrito Capital, Correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARIA DE HACIENDA DISTRITAL

115.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

115.000.000

3 3

INVERSIÓN

115.000:000

332

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

115.000.000

3 3 2 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

115.000.000

3 3 2 02 05

Metrovivienda

115.000.000

ARTICULO 3°. El presente Decreto modifica el Decreto 955 de 2001 y sus decretos modificatorios, en lo pertinente.

ARTICULO 4°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE y CÚMPLASE

Dado en Bogota D.C., a los 13 días del mes de septiembre del año dos mil dos (2002).

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

EL SECRETARIO DE HACIENDA

ISRAEL RAINBOM YAKER

NOTA: Publicado en el registro distrital 2715 del 13 de septiembre de 2002