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Circular 40 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/03/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 040 DE 2014

CIRCULAR 040 DE 2014

(Marzo 07)

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

Asunto:

Oficio No. 243

Auto del 06 de febrero de 2014

Ejecutivo Singular - Rdo. No.00335-2013

Demandante: PROMOTORA BOCAGRANDE S.A. PROBOCA S.A.

Demandado: SALUD TOTAL EPS S.A. - ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO - SUCURSAL CARTAGENA

Radicado SGAMB 1-2014-9252

La Secretaria del Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cartagena de Indias, D.T. y C, mediante oficio No. 243 del día 14 de febrero de 2014, radicado en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, el 28 de febrero de 2014 con el No. 1-2014-9252, comunica que mediante auto del 06 de febrero de 2014, se decretó el embargo y secuestro de las sumas de dinero presentes y futuras por concepto de los créditos por los contratos civiles y comerciales que hayan o llegaren a existir a favor de SALUD TOTAL EPS S.A., limitando el embargo en la suma de dos mil quinientos sesenta y cuatro millones once mil setecientos cincuenta y ocho pesos ($ 2.564.011.758.00) M/cte. Es importante tener en cuenta las causales de improcedencia legal de embargo señaladas en el oficio adjunto.

Por lo anterior, les solicito responder lo pertinente directamente al Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cartagena al Edificio Cuartel del Fijo - Piso 2, Oficina 219 en la ciudad de Cartagena de Indias, D.T. y C. (Bolívar).

Cordialmente,

MARIA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

Secretaria General

Anexo: Oficio No. 243 en un (1) folio.

C.C. Juzgado Octavo Civil del Circuito - Edificio Cuartel del Fijo - Piso 2, Of. 219 - Cartagena de Indias, D.T. y C (Bolívar).

Proyectó: Jorge A. Gaitán S. - Subdireccion de Contratación

Revisó: Tatiana Piñeros Laverde - Directora Gestión Corporativa

Revisó: Carlos Manuel Galván Vega - Subdirector de Contratación.