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CIRCULAR 43 DE 2014 (Marzo 18)
El señor Alberto Contreras mediante la comunicación del asunto, le solicitó al Alcalde Mayor información sobre la manera en que se ha dado cumplimiento al artículo 80 de la Ley 1474 de 2012, el cual dispone: " Artículo 80. Divulgación de campañas institucionales de prevención de la corrupción. Los proveedores de los Servicios de Radiodifusión Sonora de carácter público o comunitario deberán prestar apoyo gratuito al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en divulgación de proyectos y estrategias de comunicación social, que dinamicen los mecanismos de integración social y comunitaria, así como a la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción y otras entidades de la Rama Ejecutiva con un mínimo de 15 minutos diarios de emisión a cada entidad, para divulgar estrategias de lucha contra la corrupción y proteger y promover los derechos fundamentales de los Colombianos. De la misma manera los operadores públicos de sistemas de televisión, deberán prestar apoyo en los mismos términos y con el mismo objetivo, en un tiempo no inferior a 30 minutos efectivos de emisión en cada semana." Teniendo en cuenta la citada disposición, de manera atenta les solicito atender la petición, dando respuesta directa al ciudadano. Adicionalmente, les informo que la comunicación fue incorporada en el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones con el número de requerimiento 1141838, a efectos que las respuestas sean incorporadas en el mismo y puedan ser consultadas de manera virtual por el peticionario. Cordialmente, MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ Secretaria General Anexa 2 folios
Elaboró: Zulma Rojas Suárez Revisó: Luis Eduardo Sandoval Aprobó: Fernando Pardo Flórez
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