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2-2002-36376 CIRCULAR 68 DE 2002
Con el fin de atender la solicitud del asunto efectuada por la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, relacionada con la Ley 581 de 2000, de manera atenta les agradezco suministrar la información por ellos requerida, la cual consiste en indicar los funcionarios y funcionarias del nivel directivo y otros niveles decisorios. Para el efecto, la citada Ley indica en el artículo 2º que "máximo nivel decisorio", es el que corresponde a quienes ejercen los cargos de mayor jerarquía en las entidades de las tres ramas y órganos del poder público, en los niveles Nacional, Departamental, Regional, Provincial, Distrital y Municipal. Ver art. 2 Ley 581 de 2000 En el artículo 3º la misma Ley señala como "otros niveles decisorios" los que corresponda a cargos de libe nombramiento y remoción de la rama ejecutiva, del personal administrativo de la rama legislativa y de los demás órganos del poder público, diferentes de los contemplados en el artículo anterior, y que tengan atribuciones de dirección y mando en la formulación, planeación, coordinación, ejecución y control de las acciones y políticas del Estado, en los niveles nacional, departamental, regional, provincial, distrital y municipal, incluidos los cargos de libre nombramiento y remoción de la rama judicial. Ver art. 3 Ley 581 de 2000 Dicha información debe ser incorporada a más tardar el 2 de octubre de 2002 en la pagina web: ww.presidencia.gov.co donde se encuentra el formulario a diligenciar. Se deben llenar los recuadros donde aparece asterisco. Atentamente, LILIANA CABALLERO DURAN |